Resumen
El artículo aborda el tratamiento del error en los delitos de omisión, desde la perspectiva de una acción performativa, con el fin de tener en cuenta las relaciones empíricas y normativas que sostienen los tipos penales. A diferencia de los delitos comisivos, que suelen verse desde el ángulo de una relación entre medio y fin, los delitos omisivos, que previamente vinculan la conducta a un deber de actuar, pero que deben configurarse sobre una relación causal, por imposición del propio Código Penal, implican otra estructura para los errores de tipo y de prohibición bajo el supuesto de una explicación propia de la dogmática causal. A la vista de ello, puede decirse que este error no es simplemente un error de tipo o de prohibición, sino un error de injusto.