¿El Tribunal de Derecho Consuetudinario de Cabagra como reactivación de la tradición?: un análisis etnográfico de “justicia indígena” en Costa Rica
Yumi Nukada
Museo Nacional de Etnología (Minpaku), Suita, Japón
Julio-Diciembre 2020, 30(2)
Recibido: 11-07-2020 / Aceptado: 06-08-2020
Revista del Laboratorio de Etnología María Eugenia Bozzoli Vargas
Centro de Investigaciones Antropológicas, Escuela de Antropología, Universidad de Costa Rica
ISSN 2215-356X
Resumen: El objetivo de este artículo es analizar un tribunal de derecho consuetudinario que está en función desde aproximadamente el 2000, en el Territorio Indígena de Cabagra de la zona sur de Costa Rica, y describir sus características dinámicas que no se han presentado en estudios anteriores. El Tribunal de Derecho Consuetudinario de Cabagra (TDCC) es un grupo cuyos miembros son los habitantes de dicho territorio indígena, el cual tiene como objetivo atender y resolver conflictos ocurridos en este lugar específico. El análisis se basa en el trabajo de campo de la autora, realizado a intervalos entre 2014 y 2016, con alguna información complementaria de los informes anteriores e investigación adicional, efectuada en el 2019. Con base en una mirada crítica hacia los estudios existentes sobre el TDCC, establecemos una distancia del punto de vista ya presentado en ellos y describimos otro nuevo, cómo se formó el TDCC, cómo son los miembros, en dónde y cómo trabajan ellos, cuál es el proceso para solucionar conflictos en el TDCC, etc. Lo que descubrimos gradualmente es que la formación del TDCC y su desarrollo hasta hoy no han sido posibles sin colaboraciones intergeneracionales e interterritoriales y que no es suficiente interpretarlo solo como un grupo autóctono nacido y desarrollado independiente dentro del Territorio Indígena de Cabagra. Es indispensable considerar la dinámica de interrelación entre las personas quienes viven en y fuera de Cabagra, y entre el pasado y el presente, que permitió su formación y fortalecimiento. A partir de esta posición, señalamos el límite de la interpretación existente al TDCC y, en lugar de esta, lo consideramos como un esfuerzo innovador en cooperación entre cabagreños y no cabagreños para buscar lo que podría llamarse “la manera cabagreña” que nunca había existido en el pasado.
Palabras clave: derecho consuetudinario; justicia alternativa; justicia indígena; bribri; Cabagra.
Is Tribunal de Derecho Consuetudinario de Cabagra a reactivation of tradition?: an ethnographic approach to “indigenous justice” in Costa Rica
Abstract: The objective of this article is to analyze a customary law court, which has been in operation since approximately the year 2000 in Cabagra Indigenous Territory located in the southern area of Costa Rica, and to describe its dynamic characteristics that have not been presented in previous studies. The Court of Customary Law of Cabagra (TDCC, for its acronym in Spanish) is a group whose members are the inhabitants of Cabagra and it is oriented mainly towards conflict resolution in the territory. The analysis is based on the author’s field work carried out at intervals between 2014 and 2016, with some complementary information from the previous reports and additional field work conducted in 2019.
Keywords: customary law; alternative justice; indigenous justice; bribri; Cabagra.
Introducción1
El Tribunal de Derecho Consuetudinario de Cabagra (TDCC) es un grupo comunitario que nació en el Territorio Indígena de Cabagra cuyo nombre se ha dado a conocer poco a poco en los últimos diez años entre los investigadores y abogados. Esto, hasta cierto nivel, se debe al crecimiento internacional y nacional de la atención a partir de los años 90 hacia el concepto de “pluralismo jurídico” o las prácticas de “justicias indígenas” (Sieder, 2011, 2016; Sierra, 2005; Stavenhagen, 1991; Stavenhagen e Iturralde, 1990).
Un estudio titulado “El derecho penal indígena en el pueblo de bribri” de Muñoz y Portilla (2002), presentado a la Facultad de Derecho de Costa Rica, es una disertación pionera en Costa Rica que reportó la situación de la resolución de conflictos dentro de los territorios indígenas de ese entonces. En esta tesis, dos estudiantes de la Facultad de Derecho, Muñoz y Portilla, informaron las prácticas del procesamiento de disputas de los bribris y después las analizaron desde el punto de vista jurídico (Muñoz y Portilla, 2002). Así los autores describieron varias actividades en los territorios indígenas de la zona sur y, entre ellas, introdujeron el TDCC del Territorio Indígena de Cabagra como el ejemplo de justicia indígena bribri “mejor estructurado” en el país (Muñoz y Portilla, 2002, p. 204)2.
Parece que Muñoz y Portilla visitaron Cabagra más de una vez para redactar su trabajo. Asimismo, al finalizar el borrador de su tesis, le enviaron una carta a la persona quien trabajaba como coordinador del TDCC en ese entonces, solicitándole sus comentarios e impresión sobre el borrador3. En la disertación presentada después de una serie de este tipo de intercambios con sus colaboradores en Cabagra, Muñoz y Portilla (2002) conceptuaron el TDCC como un caso ejemplar de “reactivación” y “resurgimiento” de lo que se llama derecho indígena bribri4 y se lo conocieron como el caso más organizado del país. Esta interpretación y evaluación de Muñoz y Portilla sobre el TDCC se basa en su sorpresa en el hecho de que aún no está extinto el derecho indígena que se creía que ya había desaparecido debido a las políticas para la “modernización” y la asimilación forzadas a los pueblos indígenas por el Estado. Su admiración se basa también al conocer que el derecho indígena se volvería a respirar en la década de 90. Este tipo de entusiasmo ante la creciente manifestación de los pueblos indígenas y su derecho desde los años 90 fue un punto de partida para que muchos autores e investigadores de la época, en todo el mundo, comenzaran a publicar sus trabajos, gradualmente a partir del año 2000. Esta tendencia fue compartida también con los autores de un país que se conoce como un caso “exitoso” en la integración nacional por el blanqueamiento y donde la existencia de los pueblos indígenas ha estado oculta durante mucho tiempo. El país en cuestión es, por supuesto, Costa Rica. Por lo tanto, se propone aún que el TDCC siga siendo apreciado como un buen ejemplo de “reactivación” y “resurgimiento” del derecho consuetudinario bribri.
Considerando que ya han pasado más de diez años desde que Muñoz y Portilla (2002) presentaron su trabajo, valdrá la pena reanalizarlo y hacernos las siguientes preguntas: ¿hasta qué punto es adecuada dicha interpretación de ver el TDCC como una reactivación de tradición? ¿Existe la posibilidad de pasar por alto puntos importantes si lo interpretamos solo como un resurgimiento del derecho indígena bribri que estaba en peligro de desaparición? Si es así, ¿cuáles serían esos puntos que se nos han escapado en los estudios existentes y cómo podríamos capturar e interpretar nuevamente el TDCC?.
Teniendo en cuenta las preguntas antes mencionadas y con la información recogida por la autora sobre el TDCC, entre otras, vamos a explorar este grupo más en conjunto. La situación actual del TDCC y su desarrollo histórico, que veremos ahora en adelante, nos enseñarán la otra cara del grupo que no ha sido mencionado todavía en los estudios anteriores.
Desarrollo del TDCC
Movimiento indígena costarricense de los años 90
Se puede entender que el TDCC nació en el fondo del movimiento de los pueblos indígenas en el país, que había comenzado a desarrollarse alrededor de los años 90, con la iniciativa de personas quienes vivían dentro de los territorios indígenas, y de los activistas e investigadores partidarios. Primero, revisemos brevemente cómo estaba la sociedad costarricense en la década de 1990 y cómo nacieron en esa época varias organizaciones de pueblos indígenas en el país cuyo propósito era negociar con el gobierno para mejorar las condiciones de la población indígena.
En los países de América Latina, desde la misma década, los movimientos de los pueblos indígenas y su participación política se han vuelto prominentes con el impulso internacional por los derechos de los pueblos indígenas y por el flujo de democratización en muchos países de la región (Araki, 2014). No es nada fácil averiguar en qué año exactamente nació el movimiento indígena de Costa Rica, pero hay una tendencia de poner énfasis en 1989 y 1993. El año 1989 es cuando la Organización Internacional del Trabajo adoptó el Convenio 169 y en 1993 el gobierno de Costa Rica lo ratificó. Desde un poco antes y después de su ratificación, los pueblos indígenas de Costa Rica comenzaron a mostrar su presencia más que nunca en el país y en el extranjero. A nivel internacional, por ejemplo, se puede mencionar una “participación destacada en el liderazgo del Consejo Mundial de Pueblos Indígenas y en su filial para Centroamérica” (Guevara, 2002, p. 20). A nivel nacional, se crearon varias organizaciones indígenas a partir de la década de los años 90 y se han visto muchas “publicaciones emanadas de líderes y asociaciones” (Guevara, 2002, p. 20). A través de dichos movimientos, los pueblos indígenas realizan “sus reclamos de tierra, salud, educación y otros” (Guevara, 2002, p. 21), conforme a sus identidades propias, y buscan respuestas del Estado a estas solicitudes.
En el caso del movimiento indígena en Costa Rica, Cse ha notado una convergencia5 de intereses y perspectivas de organizaciones indígenas y dirigentes de todos los pueblos” (Guevara, 2002, p. 23). Esto posiblemente ha activado aún más la movilización de los pueblos indígenas y les ha motivado a reclamar sus derechos indígenas ante la sociedad. Aunque falta mucho para que los reclamos y objetivos del movimiento sean satisfechos plenamente, no se puede negar que durante las últimas décadas se hizo posible que cada individuo se expresara y se identificara, más que nunca, como “un indígena costarricense” y “un costarricense indígena”. De igual forma, se hizo evidente que los grupos marginales en este país se volverían, bajo el concepto de pueblos indígenas, en nuevos sujetos reconocidos oficialmente para la negociación con el Gobierno y que ahora tendrían la posibilidad de poder influir más que nunca en las políticas y la administración del Estado.
Otro punto que caracteriza al movimiento indígena en Costa Rica, como veremos después, es que, en plena marcha desde los años 90, contaba con las iniciativas no solo de la gente de los territorios indígenas, sino también de las personas fuera de ellos; es decir, partidarios6 que se autoidentificaban como “blancos” o “no indígenas.” De esta manera, no es exagerado decir que el movimiento indígena en Costa Rica era y sigue siendo de carácter social, promovido por los ciudadanos de un país conocido internacionalmente por su impulso a la protección de los derechos humanos, y que es uno en el cual estos ciudadanos, tanto los indígenas, de y fuera de los territorios, como los no indígenas, trabajan juntos bajo el lema de “pueblos indígenas” y buscan respuestas positivas. En otras palabras, es posible resumir que el movimiento indígena de Costa Rica se considera como un movimiento social en el cual las fronteras étnicas entre ser indígena y no indígena no son tan esenciales ni relevantes; al contrario de lo visto en este tipo de movimientos.
Movimiento indígena en el Territorio Indígena de Cabagra de los años 90
Ahora, concentrémonos en el caso del Territorio Indígena de Cabagra y verifiquemos dicha característica del movimiento indígena costarricense en este.
Entre las varias experiencias y organizaciones formadas en Cabagra en la década de los años 90, lo que particularmente es importante en relación con el TDCC es la organización Shkëkëpa Siwa Blu. Esta se encontraba compuesta por los cabagreños, y era comúnmente conocida en Cabagra como Shkëkëpa. Este grupo se lanzó a mediados de la década de los años 90 y los mayores recuerdan este grupo como el antecesor directo del TDCC, pues era una unión que se involucraba en resolución de conflictos en Cabagra7. Con respecto a la formación del Shkëkëpa, los mayores que lo habían conocido lo explicaban en las entrevistas realizadas durante el trabajo de campo de la autora.
En la década de los años 60, solo había unas pocas personas viviendo en el área que hoy corresponde al Territorio Indígena de Cabagra (Figura 1). En esa época, solo había casas humildes, dispersas en las exuberantes montañas verdes, con los trillos. Los conflictos eran muchísimo menos frecuentes, ya que no había mucha gente en el área. En caso de que ocurriera algún problema, existían dos opciones: la primera era solucionarlo a nivel familiar donde los ancianos këkë o këkëpa de cada familia jugaban un papel importante. La otra era consultar con un médico tradicional awá o awápa. A partir de la década de los años 708, la influencia del Estado se expandió gradualmente en Cabagra. Un evento que simbolizó esta tendencia fue la creación de la Asociación de Desarrollo Indígena o Integral de Cabagra (ADIC) y a esta le fue otorgada, por el Estado, el papel público equivalente a un gobierno local. Tanto la ADIC como las ADI de otros territorios indígenas en el país, aunque se consideraba en las leyes como los representantes de las comunidades indígenas, eran entidades creadas desde 1977 por los impulsos de parte del Gobierno; es decir, de manera unilateral desde “arriba” hacia “abajo,” y no por el consentimiento ni demanda de la gente de la comunidad. En Cabagra, esta situación fomentó la creación de nuevas organizaciones propias cuyo motivo era reemplazar a la ADIC. Cuando el gobierno de Costa Rica ratificó en 1993 el Convenio No.169 de la OIT, estas acciones lograron ser aún más visibles. Un caso entre otros fue el nacimiento de la organización Shkëkëpa9.
Como se puede ver en la descripción arriba indicada, Shkëkëpa nació como una organización “propia” de los cabagreños contra la ADIC, porque la última fue establecida por el Gobierno sin consultar adecuadamente con la población indígena de Cabagra. Por lo tanto, si nos enfocamos solo en este aspecto de desarrollo del grupo, Shkëkëpa se puede considerar como una organización literalmente “local” que reemplazaría a la ADIC, la organización “local engañosa” creada desde “arriba” por el Estado. Muy probablemente, debido a esta historia del Shkëkëpa, conocido como antecesor del TDCC, Muñoz y Portilla (2002) interpretaron el TDCC como “reactivación” o “resurgimiento” de la tradición de Cabagra, enfatizando el antagonismo de “Cabagra” ante el “Estado” o el de la “tradición” ante la “modernidad.”
Sin embargo, cuando nos enfocamos en otros aspectos de desarrollo del grupo, nos quedará claro que ha habido muchos esfuerzos también desde fuera del territorio para el lanzamiento del Shkëkëpa; por ejemplo, es muy probable que las actividades de una organización no gubernamental (ONG) Iriria Tsochok10, cuya sede estaba en San José, hubiera tenido un impacto bastante directo. Iriria Tsochok, una ONG costarricense, comenzó a trabajar alrededor de los años 90 con la ayuda de antropólogos11 y lingüistas, y estaba compuesta de las personas que no eran residentes del Territorio Indígena de Cabagra.
Según los documentos obtenidos de un asesor de dicha ONG y los registros encontrados por la autora en la oficina del TDCC, Iriria Tsochok organizó una serie de talleres en Cabagra desde principios esa década. Un informe escrito después de un taller de ese entonces nos enseña que los participantes experimentaron la experiencia de shkëkëpa a través de las actividades del taller. Según el mismo informe, Shkëkëpa se entendía como la adaptación indígena de la justicia que había existido ante la imposición de la ADI en Cabagra y que incorporaba la noción tradicional de justicia basada en la comunidad (Guevara y Levine, 1996). Al final del taller, según el documento, siete representantes, llamados Shkëkë, fueron elegidos, y dentro de ellos había tres mujeres. Los Shkëkë elegidos organizaron luego varias reuniones en las comunidades dentro del territorio para establecer un consenso con los residentes de cada comunidad y para emprender el Shkëkëpa en escala completa (Guevara y Levine, 1996).
En resumen, el Shkëkëpa se lanzó con el objetivo de resistir y reemplazar la ADIC, la organización “local engañosa” que fue impuesta por el Estado, sin consentimiento del pueblo de Cabagra12. Sus actividades eran para resolver conflictos ocurridos en este lugar; además, el grupo ayudaba a los prisioneros de Cabagra en las cárceles fuera del territorio; sin embargo, estas se estancaron gradualmente después y, para el 2000, se suspendieron13. Alrededor de ese año, fue cuando se estableció el TDCC.
Como hemos visto hasta ahora, se puede decir que el Shkëkëpa era una organización compuesta de los cabagreños y que estaba más activa en la década de 1990, antes del TDCC. Además de esto, se propone que incorporaba la noción tradicional de justicia basada en la comunidad. Solo teniendo en cuenta estas características, es posible decir que el TDCC y el Shkëkëpa son dos grupos meramente “locales” y “tradicionales” de Cabagra.
Sin embargo, los mayores, al mismo tiempo de compartir con la autora dichas características, contaron también que ha habido apoyo y colaboración desde fuera del territorio. Por lo tanto, no es posible ignorar la colaboración entre los residentes de Cabagra y el resto del país; esto ha sido un impulso vital en el desarrollo de estas organizaciones, aunque este tipo de cooperación se ha pasado por alto muchas veces en los estudios anteriores, consciente o inconscientemente.
Formación del TDCC y su desarrollo del año 2000
La colaboración entre los cabagreños y el resto del país también ha sido un factor importante en la formación y el desarrollo del TDCC en la década de 2000. Especialmente era notable el papel desempeñado por un abogado y profesor de San José, Ruben Chacón14. Chacón ha sido un asesor del proyecto de Pueblos Indígenas de la Iglesia Luterana de Costa Rica (ILCO) y él ha estado trabajando y apoyando al movimiento de pueblos indígenas con sus conocimientos jurídicos. Según los registros encontrados en la oficina del TDCC, alrededor del 2000, Chacón invitó a unos residentes de diferentes territorios indígenas en la zona al centro de Buenos Aires y realizó unas sesiones de capacitación para ellos. Al mismo tiempo, les explicó sobre los derechos de los pueblos indígenas asegurados en el Convenio 169 de la OIT, mencionando también el derecho consuetudinario.
No fue solo Chacón quien aportó su contribución al TDCC. El grupo también ha establecido unos contactos temporales y otros continuos con simpatizantes fuera del territorio y algunas ONG internacionales. Todo esto nos afirma que la presencia de personas y grupos de apoyo fuera de Cabagra ha dejado un impacto considerable en el nacimiento y el crecimiento del TDCC.
Con esta colaboración entre la gente de y fuera de Cabagra, las actividades del TDCC progresaron y se ampliaron gradualmente; por ejemplo, alrededor del 2011, se formó el Comité de Seguridad Comunitaria de Cabagra, también conocido como Los Negros. Los Negros es una organización de vigilantes formada por más de 10 hombres y mujeres nativos de esta región cuyas edades rondan entre 20 y 40 años. Sus actividades principales son la vigilancia de turno desde la tarde hasta la mañana siguiente en el área residencial, la de incendios forestales y de deforestación en todo el territorio, entre otras. Además, también desempeñan un papel como organismo de investigación judicial del TDCC.
En suma, la existencia de hoy del TDCC ha sido un producto de la colaboración entre personas dentro y fuera de Cabagra, y todavía se encuentra en marcha sin importar mucho si se es indígena o no. Por lo tanto, puede llevar a malentendidos expresarlo en tales términos, que están más vinculados con el pasado o tradición y con el territorio limitado como “reactivación” y “resurgimiento.” Con estos, puede ser que muchos de quienes los vieron o escucharon tenderían a capturar el TDCC con una imagen de “vuelta al pasado” para reproducir o repetir la manera de resolver conflictos existida antes, que no necesariamente refleja bien la actualidad de dicho grupo, causando, entonces, una nueva conflictividad entre los cabagreños por la autenticidad.
A continuación, veamos sobre los miembros del TDCC y sus actividades más detalladamente.
Los miembros y coordinador
El TDCC ha sido compuesto principalmente por unos diez mayores, hombres y mujeres. En diciembre de 2015, eran nueve miembros en total, seis hombres y tres mujeres que asumieron el cargo desde noviembre de 2014, junto con un joven coordinador15 quien participaba activamente en las actividades desde alrededor del 2010. En general, los miembros del TDCC tendían a ser hombres y mujeres de aproximadamente 60 a 70 años16 y eran de diferentes comunidades y clanes (Figura 2).
Aunque la gran mayoría de los ancianos del TDCC no había estudiado en colegios, todos tenían al menos uno o dos años de experiencia de haber asistido a escuelas primarias en Cabagra. Todos hablaban español, pero algunos tenían dificultad en escribirlo.
La mayor, doña OM, es una mujer en sus 70, del clan Kolsuwak, que vive con su hijo menor en una pequeña casa en las afueras de la comunidad de San Rafael17. Fue impresionante verla venir casi siempre a tiempo para asistir a las reuniones del TDCC, a pesar de que había dos quebradas sin puentes y unas pendientes pronunciadas entre su hogar y la oficina, se tardaría unos treinta minutos en caminar (Figura 3).
De pelo largo y negro, siempre recogido, doña OM es una señora mayor de poca altura y delgada. Su presencia le recordaba a la autora a su bisabuela japonesa.
Don VG, de alrededor de 60 años, es el pilar de una familia numerosa, vive con su esposa y muchos hijos en Capri, una comunidad ubicada al noroeste del territorio. Aunque el propio don VG pertenece al clan de sus padres, que eran bribris, decía que tenía unos parientes ngöbes. Para participar en las reuniones, don VG se trasladaba en su caballo entre su comunidad Capri y San Rafael, en donde estaba la oficina del TDCC. En una ocasión, un caballo callejero, el que no se sabía de donde había huido, estaba a punto de estrellarse en el camino frente a la oficina del TDCC, con una rienda colgando. Don VG, quien venía en su caballo, se quedó sorprendido de ver al otro animal suelto, pero después de un rato, recogió fácilmente su correa que colgaba de él, lo ató rápidamente a un árbol en los terrenos del TDCC y al final calmó el alboroto.
Algunas de las hijas de don VG son de la misma generación que la autora. Él tomaba fotos de la autora y sus hijas con su cámara favorita del teléfono móvil. De igual manera, él la visitaba en San Rafael para ver si se encontraba bien sola. Es una de las muchas personas simpáticas que trataban de estar pendientes de ella en Cabagra.
Don AM es un hombre de clan Kolkiwak y tiene como 50 años, vive con sus hijos en la comunidad de Brazo de Oro, cerca de San Rafael. Es padre soltero, aunque hacía muchos años vivía con una mujer, su pareja de unión libre y la madre de sus hijos. De vez en cuando, él visitaba las casas en San Rafael, vendiendo frutas, como mamones, y verduras cosechadas en su propia tierra. Es también buen pescador y en verano vende también pescados del río.
Doña PR es una mujer en sus 50 del clan Duriwak, que vive también en la comunidad de Brazo de Oro. Doña PR y don AM fueron los primeros miembros del TDCC poco después de su creación. Le explicó a la autora, en las reuniones, cómo habían sido las actividades del TDCC antes, qué tipo de problemas del grupo se deberían mejorar en el futuro, entre otros.
Don ED cuenta con unos 70 años y vive con su esposa en la comunidad de Las Brisas, ubicada en la frontera del Territorio Indígena de Cabagra. La mayoría de sus hijas e hijos ya tiene más de 30 años y vive en sus respectivos vecindarios. Los hijos de don ED llevaban con frecuencia a sus niños a ver a sus abuelos, por lo que don ED pasaba rodeado de su numerosa familia. Mostró una personalidad extremadamente sociable desde el principio. De hecho, fue uno de los primeros miembros de la Junta Directiva de la ADIC. Cuando la autora volvió a Cabagra en diciembre del 2016 y de agosto a setiembre del 2019, se le permitió quedarse en su casa y le ayudó mucho. Recordaba aquellos días lejanos de su juventud y le enseñaba mucho sobre esa época.
Tiene una buena relación con todos sus vecinos, y muchos ancianos, jóvenes, hombres y mujeres, visitaban su casa. Un visitante que la autora recuerda con frecuencia era un vecino sin clan que tenía un problema alcohólico. Este aparecía en algunas ocasiones por la noche en la casa de don ED, quien junto con su esposa le invitaban agua y comida. Ambos le comentaron a la autora más adelante que don ED también había vivido una vida dependiente del alcohol hacía unos diez años y los dos habían sufrido mucho por esta situación.
Aparte de estos miembros, estaba a cargo RZ, que tiene como 30 años, quien fue el coordinador del TDCC en 2015; y DF que tiene como 50 años, quien se convirtió en coordinador en vez de RZ después de diciembre de 2016. Los dos viven en la comunidad de San Rafael con sus esposas e hijos, y participaban activamente en varias actividades en general, realizadas en Cabagra, incluyendo las del TDCC.
RZ de clan Kabékirwak, un joven que había estudiado en el colegio en Buenos Aires mientras alquilaba un cuarto en la casa de don ED en Las Brisas cuando era más joven, se puede decir que es parte de la élite de Cabagra. Después de trabajar como coordinador del TDCC, iba más de tres horas en moto por semana a Pérez Zeledón para aprender Derecho en una universidad.
DF, del clan Duriwak, es uno de los hijos del último awá en el Territorio Indígena de Cabagra, y es un hablante bilingüe de bribri y español. A partir de 2015, estaba trabajando como secretario de la ADIC y también como miembro de Los Negros; con la salida de RZ como coordinador del TDCC, DF lo reemplazó y ya en diciembre de 2016 estaba trabajando en su nuevo puesto.
Como vemos, no se puede decir que todos los miembros y coordinadores del TDCC tienen algún carácter específico en común; existe variación en la edad y en su estilo de vida. Sin embargo, de ser necesario encontrar alguna tendencia común, es posible expresar que ninguno de ellos está satisfecho de la condición actual de Cabagra y la mayoría tiene voluntad de trabajar para mejorar las condiciones de las comunidades, el lugar donde nacieron y se criaron, aunque esto no necesariamente significa que todos tienen las mismas opiniones de cómo mejorar.
El Tribunal
En la comunidad de San Rafael, hay un edificio de una sola planta que era conocido por los residentes de Cabagra como “tribunal” y una sala de este se conocía como oficina del TDCC (Figura 4); hace unos 10 años, con la ayuda de una ONG fuera del país, fue construido. Este edificio era el centro de varias actividades del TDCC: reuniones regulares donde los miembros y coordinadores se reunían aproximadamente dos veces al mes, procesos de resolución de conflictos; por ejemplo para responder a las personas sus problemas o para realizar diálogos en los cuales se reunían las partes en disputa, etc. Todo esto se efectuaba usando la oficina o el corredor del tribunal.
Además de eso, era utilizado en muchas otras ocasiones; por ejemplo, para las reuniones en donde se recibían a las personas quienes visitaban la comunidad desde las otras comunidades del territorio o las de fuera del territorio. De igual manera, se empleaba como un lugar para celebrar varias reuniones para un cierto número de los residentes. El “tribunal” de Cabagra se puede entender como un sitio no solamente para disminuir conflictos, sino también para crear armonía y unidad de la gente en el territorio.
En los últimos años, el TDCC, es decir tanto los miembros como los coordinadores, no recibe ningún fondo ni salario, aunque en ocasiones sí lograba apoyo financiero de diferentes ONG nacionales e internacionales. De un tiempo para acá, la ADIC ha venido pagando, como mínimo, por el consumo de refrigerio en las reuniones del TDCC, y el uso de papel para copias e impresiones. Por esta razón, algunos residentes consideraban que el TDCC era un grupo bajo el mandato de la ADIC. En cambio, los miembros, coordinadores y las personas que laboraban más cerca del TDCC consideraban que el TDCC y la ADIC funcionaban independientemente entre sí, y la relación entre ellos era solamente cooperativa.
En ese entonces, diciembre de 2016, aunque todavía estaba en la etapa de planificación, había un plan para la edificación de una cárcel en el terreno ubicado detrás del tribunal. Con respecto a los costos de construcción, se decía que habría una posibilidad de recibir ayuda del Estado y que el excoordinador del TDCC, RZ, había estado discutiendo en repetidas ocasiones con los funcionarios del penitenciario de Pérez Zeledón. Esto fue un episodio que mostraba una posibilidad de que en el futuro el TDCC podría tener una actuación similar a la del tribunal de primera instancia jurídica, que funcionaría, por consecuencia, como un tribunal local dentro del sistema judicial estatal y oficial18.
Los usuarios del TDCC eran habitantes de Cabagra; incluían a los residentes de la comunidad de San Rafael, donde estaba el tribunal, así como a los de las otras comunidades distantes que no podían moverse sin caballo para llegar a San Rafael. En resumen, el TDCC era un grupo muy conocido, al menos su existencia, por la mayoría de los cabagreños que vivían en el territorio.
Proceso de resolución de conflictos
A continuación, veremos el procedimiento específico del TDCC para resolver conflictos.
El TDCC ante el sistema jurídico estatal
El TDCC se está dando a conocer entre los residentes de Cabagra y también entre los funcionarios jurídicos del Estado en Buenos Aires y San José, pero esto no significa que se ha incorporado oficialmente al sistema de tribunales públicos de Costa Rica. Por lo tanto, cuando conflictos o disputas entre los residentes ocurrían en el territorio, es la decisión de cada persona si quiere poner una denuncia ante el TDCC o prefiere un tribunal estatal, por ejemplo, en Buenos Aires centro.
Ahora echemos un vistazo al esquema del sistema jurídico de Costa Rica (Figura 5) para entender mejor la posición del TDCC ante el sistema oficial.
El sistema jurídico de Costa Rica es un sistema de tres juicios, similar a otros países como Japón, cuyo cuerpo más alto es la Corte Suprema de Justicia en Tokio, la capital; así como lo es en la capital de Costa Rica, San José. El TDCC, por el momento, se posiciona fuera de este sistema judicial oficial.
Justicia en el TDCC explicada por los miembros y coordinadores
El objetivo del TDCC, como su nombre lo indicaba, era manejar y resolver los conflictos, de acuerdo con el derecho consuetudinario de Cabagra; sin embargo, esto no significaba que lo que se entendía por “derecho consuetudinario” ya estaba determinado y compartido de antemano entre los miembros y otros cabagreños. Por lo tanto, es mejor decir que solo se compartía el concepto de manera flexible y no estrictamente definido de antemano. Por ejemplo, los mayores tendían a explicarle a la autora, que según su derecho consuetudinario, un conflicto estaba íntimamente vinculado no solo a las partes interesadas, sino también a sus familiares y por lo tanto, los conflictos y su resolución no tienen significado negativo como crisis; al contrario, fortalecerán la unidad entre ellos.
Don MT de Cabagra, quien era exmiembro de Shkëkëpa y también se había desempeñado como miembro del TDCC alrededor del 2001, adoptó la palabra “curación” para expresar la manera de manejar los conflictos y el proceso de resolución en Cabagra. De igual manera, RZ, quien participaba en las actividades del TDCC como coordinador en el 2015, explicó que el solucionar conflictos ocurridos en las comunidades significaría “fortalecer nuestra cultura”, ya que cada conflicto se relaciona no solo con los litigantes, sino con sus clanes en su conjunto. Además, según lo dicho por don ED, un miembro del TDCC, hay una teoría consistente en los tribunales del Estado, pero no una en el TDCC. Además, hay algo que saben mejor los miembros del TDCC que los jueces ordinarios, conocimientos de quién es quién; es decir, la personalidad de los involucrados, cuál será la raíz o el problema esencial escondido debajo de la superficie de los conflictos, entre otro tipo de información importante. Los miembros tienen tales conocimientos vividos por ser cabagreño, mientras los funcionarios jurídicos no los tienen.
De esta manera, cuando los miembros y coordinadores del TDCC explicaban sobre el grupo, ellos solían diferenciar la “justicia” e “igualdad” del TDCC de las del sistema jurídico estatal. Ellos a menudo enfatizaban que la filosofía de su sistema era muy diferente de la del oficial.
Tipos de conflictos
Con respecto a los tipos de conflictos en el TDCC, eran más frecuentes los relacionados con la tenencia de tierra; en estos casos, usualmente las mujeres eran las denunciantes. Los denunciados incluían no solamente a los bribris de Cabagra, sino también a pueblos indígenas no bribris y a los no indígenas.
Aparte de los conflictos por la tierra, también había casos de índole sexual y otros de tipo familiar. Entre ellos, había uno de un hombre a quien se le había indicado pagar una pensión alimentaria a una mujer y se pagó esta pensión según la pena dictada en el TDCC. De igual forma, se nos comentó de un caso similar en el cual padres de familia con problemas de alcoholismo y el Patronato Nacional de la Infancia (PANI) debatían sobre la custodia de los niños de la pareja, y el TDCC actuó como árbitro.
Flujo de resolución de conflictos
Cuando ocurre un conflicto en el territorio y cuando un futuro denunciante desea consultar con el TDCC, en lugar del Poder Judicial, esa persona acudirá directamente a la comunidad de San Rafael donde está el tribunal; les informará oralmente a los miembros o coordinador, que están pendientes en la oficina, sobre los problemas que tiene y cómo le gustaría solucionarlos.
Los miembros o coordinador consultados escribirán su reclamo en una “hoja de denuncia” en español. Los contenidos escritos aquí se compartirán más adelante con los otros miembros en una reunión donde todos estén presentes, y allí se llevará a cabo la identificación de ambas partes involucradas y la confirmación de la denuncia. Al mismo tiempo, se discutirán la fecha y la hora, etc., para realizar un diálogo o una sesión con ambas partes. Al decidirlas, el coordinador emitirá una resolución escrita para que ellas sepan la fecha y la hora de la primera sesión. Dicha hoja de resolución será entregada a Los Negros.
Se requiere que ambas partes se presenten en el tribunal en la fecha y hora indicadas en la resolución impresa y enviada por Los Negros. De esta manera, se celebrará una sesión, un diálogo, para resolver el conflicto.
En esta etapa de diálogo de los involucrados junto con los miembros del TDCC, estos últimos escucharán los argumentos de ambas partes. Las discusiones continuarán hasta que se alcance un acuerdo. Cuando llegasen a un acuerdo, el coordinador preparará un escrito. Este acuerdo se considerará como una solución, con la condición de que ambas partes involucradas en el conflicto y los miembros del TDCC lo firmasen.
No hay una definición estricta del idioma empleado en ninguna etapa. Es posible utilizar español, bribri o una combinación de estos dos19.
Hemos recorrido hasta aquí la historia del TDCC, desde su nacimiento hasta su estado actual. De aquí en adelante, concluimos con una propuesta de cómo interpretarlo, en lugar de verlo solo como “reactivación” y “resurgimiento” de la tradición de Cabagra.
El TDCC como justicia alternativa
Como se mencionó al comienzo de este artículo, el TDCC ha sido considerado en general como un ejemplo de “reactivación” y “resurgimiento” del derecho consuetudinario de los bribris, en trabajos de investigación anteriores. Se estima que esta interpretación no está equivocada y se podría considerar que el TDCC es un grupo literalmente tradicional. Sin embargo, lo que se debe tomar en cuenta aquí es otra posibilidad, la existencia de interpretaciones diferentes de la arriba mencionada, especialmente cuando nos enfocamos en aspectos que no se han analizado mucho en los estudios anteriores; por ejemplo, su carácter dinámico en la formación, el desarrollo y la función presente.
Lo que se desprende de las descripciones presentadas hasta aquí es que el nacimiento del TDCC y su desarrollo hasta hoy no habrían sido posibles sin la colaboración entre los cabagreños y los simpatizantes fuera del territorio, y sin la voluntad constante de los miembros para trabajar para el grupo y la comunidad. Aunque los estudios anteriores no se enfocan mucho en dicho tipo de colaboración, que excede la frontera del territorio indígena, o, mejor dicho, la de “indigeneidad,” la colaboración ciertamente existe y juega un papel importante para el TDCC. Por lo tanto, no se lo puede negar ni ignorar si queremos entender y analizar bien este grupo.
Vale la pena añadir que el trasfondo de dicha colaboración estaba ciertamente relacionado con las tendencias nacionales e internacionales; por ejemplo, la promulgación de la Convención Internacional de Derechos Humanos sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, al impulsar la protección de estos. En otras palabras, el TDCC se formó como resultado de la interrelación cooperativa de la gente de y fuera de Cabagra, gracias a la situación de los últimos años, especialmente desde la década de 1990 en adelante.
Si se reflexiona con calma, lo mencionado arriba es algo muy normal. Algunos sentirán que sería molesto discutir un asunto tan elemental en un artículo académico; sin embargo, cuando se hace dominante interpretar el TDCC solo como un ejemplo de “reactivación” y “resurgimiento” de derecho consuetudinario y la tradición bribri, se puede olvidar fácilmente lo que antes parecía muy normal, su carácter dinámico. Además, como resultado de dicha transformación inconsciente, se podría producir una contradicción más grave al considerar el TDCC como un retorno drástico al “pasado.”
En un momento cuando la autora intentaba reanudar la investigación en Cabagra, recibió un mensaje de uno de los antropólogos de Costa Rica que ya la había contactado y se enteró que la autora ella interesada en el TDCC. En el mensaje se le comunicaba que sería mejor no creer que el TDCC es un verdadero tribunal de derecho consuetudinario en Cabagra. Al ver dicho consejo, lo interpretó como que no habría que creerse las palabras de explicación del TDCC como “reactivación” y “resurgimiento” del derecho consuetudinario bribri.
Sin embargo, ahora piensa que ese consejo puede interpretarse como una advertencia de dudar; en primer lugar, la premisa de que debe existir “un verdadero tribunal de derecho consuetudinario”. Se entiende así, pues, en ese entonces, diciembre de 2016, había tres grupos diferentes en Cabagra, todos compuestos de los residentes, y estos estaban en conflicto entre sí. Aunque no se había convertido en un problema interno tan violento, no había duda de que tal situación era una fuente potencial de tensión en el territorio. Las circunstancias conflictivas entre estos grupos a menudo formaban parte de las conversaciones diarias de los cabagreños durante la estadía de la autora en el territorio.
Lo que llamó su atención era que estos grupos competían por la autenticidad de ser más “tradicionales” e “indígenas”. Este conflicto por la autenticidad era una de muchas otras situaciones por las cuales ellos competían, pero era innegable que a ellos les importaba mucho cuál grupo representaba más el derecho consuetudinario bribri de la época antigua.
Los tres grupos en conflicto se conformaban de la siguiente manera: el primer grupo era el TDCC junto con la ADI y Los Negros; el segundo, el Consejo de Ancianos, llamado Iriria Jtech Wákpa, cuyo líder era exmiembro del TDCC; el último, la Autoridad Tradicional Étnica, cuyos líderes eran los expresidentes de ADIC.
Tanto la Iriria como la Autoridad Tradicional Étnica se formaron después del TDCC. Por lo tanto, eran menos conocidos que el TDCC, sobre todo fuera del Territorio Indígena de Cabagra. Sin embargo, ambos complejos estaban desarrollando afirmaciones para practicar el derecho consuetudinario bribri. En consecuencia, les importaba cuál grupo sería más tradicional, y fue levantado el argumento de cuál derecho consuetudinario reclamado por cada uno sería el más prestigioso y “correcto” entre ellos. Por ejemplo, un líder de la Autoridad Tradicional Étnica le comentó a la autora que el TDCC era donde el joven coordinador estaba involucrado en la actividad y por eso no podría manejar bien los conflictos de acuerdo con el derecho consuetudinario bribri, ya que el coordinador joven no sabría nada. De igual manera, el mismo líder criticó la Iriria diciendo que había un niño de doce años en el grupo, a pesar de que este se llamaba el de “Ancianos.”
Aunque la autora no tuvo oportunidad de escuchar directamente opiniones sobre otros grupos desde el líder de la Iriria, una página web nos muestra un poco sobre su posición crítica hacia otros grupos de Cabagra. La información presentada en esta página declara: Manifestamos que la ADI, no representa nuestro territorio, mucho menos un “tribunal de derecho consuetudinario” (Consejo de Ancianos Iriria Jtechö Wakpa y habitantes indígenas originarios de este territorio, 2013).
Los miembros del TDCC también criticaban otros grupos, aunque en tono liviano y con menos frecuencia. Doña PR, una cabragreña, manifestó con desdén que si se presentaba una denuncia ante la Iriria, iría a tener muchos problemas, ya que esta era de unas seis personas, de entre sesenta y sesenta y cinco años, y ellos no entenderían nada, ni los reconocerían en los tribunales de Buenos Aires y Pérez Zeledón. Añadió también que los miembros de la Iriria solo complicarían más el problema sin lograr alcanzar ninguna solución.
Don ED también tenía opinión crítica. Él manifestó que el líder de la Iriria pensaba que en Cabagra no necesitarían la ADIC ni el TDCC. Dijo al mismo tiempo que él no tenía la intención de criticarlo, pero estaba seguro de que no era una buena persona adecuada para ser el líder y hacer justicia en Cabagra, pues era una “persona sucia”.
La confrontación por la “autenticidad” entre estos tres grupos parecía ser una controversia interminable sin respuesta alguna; muchos de los cabagreños sí estaban conscientes de que era una batalla sin fin al competir entre ellos por el grado de autenticidad indígena. Por su lado, los miembros del TDCC no consideraban que sus actividades estaban conectadas solo con el “pasado” ni con una “reactivación” y “resurgimiento” de la justicia bribri que antes había existido. Al contrario, tanto los miembros de TDCC como los coordinadores estaban conscientes de que ellos habían comenzado sus actividades y continuaban hasta hoy, bajo las influencias de la sociedad actual y gracias a la colaboración de personas quienes vivían fuera de Cabagra. Para los miembros y coordinadores de TDCC, no necesariamente era incoherente ni incompatible, por un lado, admitir los aspectos novedosos y dinámicos del TDCC en su nacimiento y desarrollo con la colaboración interna o colaboración externa y, por otro lado, admitir los aspectos tradicionales y su continuidad desde el pasado. Un problema era que se volvería de repente un punto más relevante sobre cuál grupo sería más tradicional y autóctono de Cabagra, a la hora de negociar con el Estado y de comparar entre ellos mismos la legitimidad de cada uno ante este.
Guevara (2000) señala unos problemas que rodeaban a las ADI de muchos territorios indígenas en Costa Rica. Uno de ellos, el cual sigue siendo vigente, es que la evaluación de ADI en cada territorio se diferencia mucho en la actualidad, aunque inicialmente hubo solo críticas fuertes en los territorios de que estas eran órganos obligatorios establecidos por el Estado. En otras palabras, hay algunas que han logrado transformar dicho carácter impuesto desde “arriba,” dejando su nombre superficial de ADI. En este tipo, han tenido cierto éxito de mejorar la situación del territorio, haciendo uso estratégico de la legitimidad de ser “aprobada por el Estado” para apelar sus demandas. En otros casos, se han lanzado organizaciones nuevas completamente diferentes; y bajo la iniciativa de estas, buscan transformarse en nuevos gobiernos locales y conseguir una nueva aprobación por el Estado.
Tomando este tipo de argumento como una pista, es posible decir que, para un grupo como estos, la “autenticidad” o “tradición” basadas en la continuidad del pasado funcionan más efectivas como una lógica en la búsqueda de una nueva aprobación y legitimidad por el Estado. Puede ser asociada con esta perspectiva la interpretación que enfatiza la “reactivación” y el “resurgimiento” del derecho consuetudinario bribri y la adaptación de esta hasta cierto punto por la gente de Cabagra. Sin embargo, tal interpretación solo se debería aceptar en contexto; por ejemplo en el político, y no es suficiente para entender el panorama más amplio del TDCC porque, con dicha interpretación, es posible que se nos escape ver y analizar la situación actual y muy dinámica de dicho grupo.
Entonces, ¿qué podemos hacer para orientar dicho dinamismo y flexibilidad para el análisis del TDCC? Aquí vale la pena introducir un concepto, “justicia alternativa.”
La justicia alternativa es un término analítico presentado por el antropólogo social japonés Shinichiro Ishida20 y sus compañeros (2011). Este funciona para expresar “varios enfoques alternativos al sistema judicial convencional” y es creada para analizar varios fenómenos relacionados con la búsqueda de justicia en el mundo desde un punto de vista más amplio. La palabra “alternativa” en este contexto tiene el matiz de “romper la manera establecida / convencional”. Por lo tanto, la posición de ver al TDCC como justicia alternativa no es solo entenderlo como una alternativa al sistema jurídico estatal, sino también como una a la justicia tradicional bribri de la época antigua. En otras palabras, desde este punto de vista analítico, el TDCC no se trata de restablecer el mecanismo de solución de conflictos antes existente en Cabagra, ni de restablecer ese mecanismo tradicional en el presente, como lo denominado por los autores costarricenses como “reactivación” y “resurgimiento” en los estudios anteriores. Al contrario, este punto analítico nos permite interpretar el TDCC como una figura actual llena de posibilidad y creatividad de la gente de Cabagra, junto con las personas interesadas fuera de aquí, en busca de la justicia que no se ha cumplido todavía en el país. Si analizamos el TDCC desde la última posición de verlo como un ejemplo de justicia alternativa, podemos decir que es un ejemplo que sigue en marcha hoy21.
En este artículo, aclaramos el tipo de personas que pertenecen al TDCC en Cabagra, con base en las investigaciones anteriores y el trabajo de campo realizado por la autora. En conclusión, se señaló que el TDCC debería entenderse más como justicia alternativa que como la “reactivación” y “resurgimiento” del sistema de justicia indígena existente en el pasado.
Agradecimientos
Fue posible llevar a cabo esta investigación y la adicional en el 2019 gracias al apoyo financiero de JSPS KAKENHI Grant Number 14J00665 y 19J01311, respectivamente. De igual manera, este artículo y su publicación en español no habrían sido posibles sin la ayuda de mis amigos, colaboradores y mentores de Cabagra, San José, Osaka, entre otras. Se agradece a todos, por todo su apoyo y soporte.
Referencias bibliográficas
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Consejo de Ancianos Iriria Jtechö Wakpa y habitantes indígenas originarios de este territorio. (8 de junio de 2013). Respuesta del Consejo de Ancianos Iriria Jtechö Wakpa ante el pronunciamiento público de la ADI-KABACOL con fecha 26 de mayo de 2013. Ditsö. Recuperado de http://ditso.blogspot.com/2013/08/respuesta-ante-el-pronunciamiento.html
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1 La versión original de este artículo fue publicada en japonés, en el 2019 como un capítulo de Houtei ni oite Bunka to Mukiau [Lo cultural en los ámbitos jurídicos: ensayo etnográfico sobre los tribunales en Costa Rica], la Primera edición especial de Co* Design del Center for the Study of Co* Design, Universidad de Osaka. Esta versión en español fue ampliada, respecto de la publicada en japonés.
2 Los otros informes o trabajos de investigación que se han publicado después del estudio de Muñoz y Portilla (2002) hacen a menudo referencia al estudio de ellos y evalúan, de igual manera, el TDCC (e.g. Castañeda, 2011; Guevara y Rodriguez, 2006).
3 La autora encontró en Cabagra una carta enviada por Muñoz y Portilla al TDCC y una copia de la respuesta enviada por el coordinador del TDCC de ese entonces.
4 En la tesis de Muñoz y Portilla (2002), en realidad, no solamente aparece el término "derecho indígena bribri", sino también aparecen varios términos diferentes para evitar la repetición de palabras: "derecho indígena costarricense," "sus propios sistemas de resolución de conflictos," "derecho tradicional," "derecho consuetudinario ancestral," entre otros.
5 Se supone que una de las posibles explicaciones para este tipo de convergencia es la población relativamente pequeña de pueblos indígenas costarricenses (menos del 3 % de la población total).
6 Por ejemplo, el antropólogo costarricense Marcos Guevara Berger también se considera uno de los investigadores involucrado directa e indirectamente en el movimiento indígena de este país desde la década de los años 90.
7 Incluso algunos cabagreños expresaron que el TDCC era un grupo que pasó a llamarse Shkëkëpa alrededor del año 2000. A esto se debe añadir otra explicación que la formación del TDCC, como se verá más adelante, es el resultado de procesos de capacitación implementados por Ruben Chacón desde mediados de los 90, y que ambos procesos de Shkëkëpa y del TDCC fueron casi simultáneos y, por eso, participaron en cada uno personas diferentes (M. Guevara, comunicación personal, abril, 8, 2020).
8 Se promulgó la ley No.6172 del 29 de noviembre de 1977, conocida como la Ley Indígena; y por primera vez, se afirmó que el Estado tutelaría los derechos de los pueblos indígenas en cuanto a su organización, tierras e identidad.
9 Muchos de los mayores de Cabagra recordaban también a Shkëkëpa con el nombre español "Consejo de Justicia."
10 Iriria Tsochok es el nombre en bribri; mientras su nombre en español es la Fundación para la Defensa de la Tierra.
11 Todos esos antropólogos eran personas no indígenas.
12 Muchos vecinos de Cabagra recordaban que la ADIC, en los primeros años de su fundación, no había sido una organización legítimamente representativa de Cabagra porque en su seno había habido muchos afiliados no indígenas sin clan, lo cual cambió posteriormente cuando se estableció y aprobó que solo podían ser parte vecinos indígenas con clan (Guevara, B., comunicación personal, abril, 8, 2020).
13 Muchos cabagreños dijeron que el estancamiento de Shkëkëpa se debió al hecho de que el líder y su hijo se habían apropiado de los fondos de una ONG europea.
14 De los testimonios de los residentes que habían participado en las actividades del TDCC desde su creación, se puede confirmar la importancia del aporte de Chacón.
15 El coordinador estaba a cargo de organizar una reunión regular con los miembros (generalmente se llevaba a cabo aproximadamente dos veces al mes), ser facilitador en las reuniones, elaborar documentos como actas y resoluciones, entre otras cosas.
16 Aunque no había regla estricta con respecto a la edad de membresía, había regla implícita, según algunos miembros, de preferir a una persona que tuviese 35 años o más.
17 Todos los nombres de los miembros y coordinadores del TDCC se han escrito en sus siglas.
18 Esta situación no ha cambiado mucho hasta hoy, y aún sigue en proceso.
19 En la mayoría de los casos que observó la autora, los involucrados usaron el idioma español. Sin embargo, hubo un caso donde la denunciante le explicó su problema todo en bribri a uno de los miembros del TDCC, quien también manejaba bien este idioma.
21 En el 2019 se observó menos activo el TDCC; no se realizaban las reuniones regulares en el Tribunal, los miembros no se veían para compartir y discutir asuntos tan frecuentemente como antes, etc. La autora espera que el presente artículo sirva como un pequeño documental del TDCC durante el 2014 y el 2016, y que les acompañe de alguna manera a los vecinos de Cabagra en su proceso, siempre en marcha de buscar una justicia más equitativa.