Cuadernos Inter.c.a.mbio sobre Centroamérica y el Caribe

Vol. 20, No. 2, junio-diciembre, 2023

Territorialidad en Cañas, Liberia, Nicoya, Santa Cruz y Bagaces durante el siglo XVIII

Artículos científicos (sección arbitrada)

Territorialidad en Cañas, Liberia, Nicoya, Santa Cruz y Bagaces durante el siglo XVIII

Territoriality in Cañas, Liberia, Nicoya, Santa Cruz y Bagaces During the Eighteenth Century

Territorialidade em Cañas, Liberia, Nicoya, Santa Cruz y Bagaces durante o século XVIII

Edgar Solano Muñoz *
Universidad de Costa Rica, Sede de Guanacaste, Liberia, Guanacaste, Costa Rica

Territorialidad en Cañas, Liberia, Nicoya, Santa Cruz y Bagaces durante el siglo XVIII

Cuadernos Inter.c.a.mbio sobre Centroamérica y el Caribe, vol. 20, núm. 2, e56983, 2023

Universidad de Costa Rica

Recepción: 12 Enero 2023

Aprobación: 20 Septiembre 2023

Resumen: El artículo analiza el proceso de territorialidad en cinco comunidades de Guanacaste durante el siglo XVIII. Nuestro objetivo es caracterizar los mecanismos de acceso a la tierra con el fin de evidenciar la formación de los latifundios ganaderos. Para cumplir con este propósito, se estudió la trazabilidad de las transacciones por tierras llevadas a cabo en las comunidades implicadas. Dentro de ellas, se abordó el papel que jugaron las capellanías y cofradías como mecanismos de financiamiento. Con base en el uso de los protocolos coloniales y los expedientes del Juzgado Contencioso Administrativo, se lograron esclarecer las peculiaridades del proceso de “toma de la tierra” con fines del desarrollo de la actividad ganadera en el Pacífico norte de Costa Rica durante el siglo XVIII.

Palabras clave: Costa Rica, ganadería, territorio, colonia, población indígena.

Abstract: The article analyzes the process of territoriality in five Guanacaste communities during the 18th century. Our objective is to characterize the mechanisms of access to land in order to demonstrate the formation of cattle ranches. To fulfill this purpose, the traceability of land transactions carried out in the communities involved was studied. Within them, the role played by the chaplaincies and brotherhoods as financing mechanisms was addressed. Based on the use of colonial protocols and the files of the Juzgado Contencioso Administrativo, it was possible to clarify the peculiarities of the process of "land seizure" for the purpose of developing livestock activity in the northern Pacific of Costa Rica during the 18th century.

Keywords: Costa Rica, livestock, territory, colony, indigenous population.

Resumo: O artigo analisa o processo de territorialidade em cinco comunidades da Guanacaste durante o século XVIII. Nosso objetivo é caracterizar os mecanismos de acesso à terra para demonstrar a formação de latifúndios de gado. Para cumprir esse propósito, foi estudada a rastreabilidade das transações fundiárias realizadas nas comunidades envolvidas. Para o efeito, foi abordado o papel desempenhado pelas capelanias e confrarias como mecanismos de financiamento. Com base nos protocolos coloniais e nos arquivos do Juzgado Contencioso Administrativo, foi possível esclarecer as peculiaridades do processo de "apropriação de terras" para fins de desenvolvimento da atividade pecuária no norte do Pacífico da Costa Rica durante o século XVIII.

Palavras-chave: Costa Rica, gado, território, colônia, população indígena.

Introducción

En el siglo XVIII lo que en la actualidad denominamos Guanacaste, era un conjunto de territorios pertenecientes a la corona española. Así, unos recibían el influjo político y económico de Nicaragua –por ejemplo, la zona comprendida hacia el norte del río El Salto hasta el río San Juan–, otros eran considerados parte del Partido de Nicoya –desde el río La Flor hasta Cabo Blanco y hacia el este al río El Salto– y, finalmente desde Bagaces hacia el sureste, la gobernación de Costa Rica ejercía el control socioeconómico y político. Sus escasos habitantes se dedicaban mayoritariamente a la ganadería. El sebo, el cuero y la grasa de las reses eran productos de alta valía por aquella época. Ellos eran objeto del tráfico comercial entre esta zona y los puertos de Panamá y el norte de Centroamérica. El Camino de las Mulas (1606) fungía como la arteria principal en el intercambio comercial y presentaba la virtud de atravesar espacios llenos de hatos ganaderos y algunos puntos de ingreso a las haciendas ganaderas.

La cuenca alta y baja del río Tempisque atravesaba como un meridiano los latifundios de los territorios que posteriormente hemos de denominar la región de Guanacaste. En torno a ella, se van formando pequeños núcleos de población que son la matriz humana de los cantones de la actualidad. En ellos, emerge un tejido social ligado socioculturalmente a la hacienda ganadera. El mercado de tierras se agita en el XVII mediante el uso de mecanismos de financiación venidos de las arcas de la Iglesia Católica. La fundación de capellanías y cofradías sirven, por un lado, de mecanismo fiduciario para la conformación de las haciendas ganaderas y, por otro, como una suerte de “hipoteca espiritual” premonitoria del buen morir.

Otrora insertos dentro del patrimonio eclesial, los latifundios pasan a manos privadas –aunque con activa participación de clérigos– a lo largo del siglo XVIII y dan pie a la formación de haciendas por todo lo largo y ancho de los territorios que ya se denominan “El Guanacaste, Nicoya, Bagaces, Santa Cruz y Cañas”. Así, en pleno periodo de dominación colonial española cada uno de ellos, progresivamente se va constituyendo en espacios percibidos y vividos, esto es territorializados, por los grupos sociales que los habitan.

El objetivo de este artículo es analizar las formas de acceso a la tierra en Guanacaste durante el siglo XVIII, que conllevan tanto a la constitución de haciendas ganaderas, como a la formación de al menos cinco núcleos de población. Como se verá en las páginas siguientes, la constitución de las haciendas ganaderas pasa por varios estadios. El último tercio del siglo XVII da origen a la formación de hatos y sitios. Las primeras décadas del siglo XVIII atestiguan el surgimiento de estancias y posteriormente haciendas. Es claro que el elemento diferenciador entre dichas categorías es la cantidad de ganado y tierras. De forma paralela se advierte un patrón de poblamiento disperso suscitado por la actividad ganadera. En el proceso de adquisición de tierras para dedicarlas a la ganadería, se utilizan diversas herramientas, por ejemplo, las compraventas, herencias, denuncios y composiciones. De manera adicional, las cofradías y capellanías operaron como plataformas de financiamiento para la adquisición de latifundios.

El siglo XVIII es el espacio temporal en el cual emergen los núcleos de población de: El Guanacaste/Liberia, Nicoya, Santa Cruz, Bagaces y Cañas. Será con su incorporación al proyecto de Estado nacional –durante el siglo XIX– que el gobierno de Costa Rica les asigna una fecha de natalicio. Con base en lo anterior, este artículo se compone de seis acápites. En el primero se realiza un análisis de los antecedes y aspectos conceptuales que acompañan el estudio de Guanacaste en el siglo XVIII. En los cinco posteriores se examinan las peculiaridades de cada uno de los cinco territorios –en lo que a toma de la tierra se refiere–, así como sus efectos en términos del proceso de territorialidad. Todo ello con la finalidad de hacer un aporte historiográfico a la compresión de Guanacaste como una región histórica.

El respaldo documental de este artículo proviene en su mayoría del Archivo Nacional de Costa Rica, en particular de las series: Protocolos Coloniales, Contencioso Administrativo, Cartago, Complementario Colonial y Guatemala.

Antecedentes

Las menciones y análisis sobre Guanacaste en el siglo XVIII son dispersos en la historiografía nacional. Felipe Molina, en su obra Bosquejo histórico de la República de Costa Rica, aborda la región en medio de los efectos que tuvo la implementación del sistema de Intendencias a finales del siglo XVIII. Se concentra en los efectos administrativos y fiscales que supuso la administración temporal de León, Nicaragua sobre estos territorios y sus habitantes (1851, p. 17). En la Figura 1 se muestra un segmento del mapa de Costa Rica de mediados del siglo XIX, en el cual se ubican los cinco espacios geográficos sometidos a estudio.

Fragmento que comprende Guanacaste
Figura 1.
Fragmento que comprende Guanacaste
Fuente: Molina (1851, p. 1).

Por su parte, León Fernández nos muestra detalles de las actividades comerciales que se llevaban a cabo entre Panamá y Guanacaste durante el siglo XVIII. Para ello, se sustenta en un informe del gobernador y capitán general de Costa Rica en 1719, Diego Haya Fernández. De acuerdo con su contenido logramos caracterizar una parte importante del tránsito de productos derivados de la ganadería entre Panamá-Caldera-Nicoya-Bagaces-Cañas. La base de las transacciones era: el sebo, las candelas, el cuero y la grasa, aunque también es muy común la venta de maderas finas. En el texto se indica que:

Las fragatas pequeñas que del puerto de Panamá vienen a cargar porciones de sebo de vaca para el gasto de velas de aquella ciudad y sus provincias, toman arribo en el puerto de la Caldera, dentro del cual hace a su barlovento una pródiga ensenada y por ella navegan hasta entrar en el río del Tempisque, por el cual en tres mareas se llega al embarcadero; y a un tiempo reciben carga del valle de Bagaces de esta provincia y del dicho partido de Nicoya, respecto a que dicho río divide las dos jurisdicciones expresadas (Fernández, 1886, p. 478).

Dentro de este orden de ideas, el capitán Haya Fernández describe el entorno en el cual vivían los pobladores de estos territorios. En las márgenes del río Tempisque se asientan pequeños grupos de personas cuidando de su ganado vacuno y caballar, con sus milpas y siembras de plátanos en medio de un clima caliente y húmedo. En su decir, entre indígenas y mestizos no llegan ni a doscientas personas (Fernández, 1886, p. 492). Hacia el sureste se encuentra el valle de Bagaces, que siguiendo el camino nuevo hacia Cartago topa con la ciudad de Espíritu Santo de Esparza. Es claro que el funcionario español logra captar que sus antecesores crearon con relativo éxito una unidad territorial y administrativa que se extendía desde la antigua Villa Bruselas hasta el golfo de Nicoya.

En cuanto a los aportes sobre este tema, el antropólogo norteamericano Marc Edelman realiza algunas manifestaciones sobre Guanacaste en el siglo XVIII. Por ejemplo, nos lleva a entender la utilización de las capellanías en la financiación de las compras de tierras y, adicionalmente, nos ofrece elementos de juicio para comprender los mecanismos de denuncio y composición de tierras. Al respecto nos indica:

La promulgación, en 1754, de un edicto real estableciendo que los funcionarios locales recibirían el dos por ciento del valor de todos los títulos y composiciones registrados en jurisdicción, creo un incentivo para que los burócratas coloniales escrituraran las tierras. La existencia, de la Alcaldía Mayor de Nicoya, de una serie de importancia de títulos privados fechados en 1754 e inmediatamente después, indica que los administradores locales aplicaron esta disposición con cierto fervor. Sin embargo, la especificación detallada de los linderos de las propiedades y la ubicación de los mojones de piedra por parte de los funcionarios de la composición, un procedimiento generalizado en el siglo dieciocho en el valle de Bagaces, en Costa Rica, no parece realizado tan eficazmente en la Alcaldía Mayor de Nicoya (Edelman, 1998, p. 49).

Ciertamente, los incentivos pecuniarios a los jueces de medidas de tierras fueron un aliciente para el aumento de las titulaciones en el perímetro del Partido de Nicoya, y los territorios conexos, pero –como se verá en páginas siguientes– la formalización de las propiedades ante la Corona española anteceden en mucho a las fechas que propone Edelman. En función de lo planteado, la correlación de las titulaciones con la fundación de capellanías y cofradías supuso algo más que el culto a los santos.

En toda América Latina, las órdenes religiosas, por un lado, y las organizaciones laicas, por otro, se hicieron de propiedades, hatos de ganados y todo tipo de posesiones. En Guanacaste, surte efecto la modificación de las tradiciones religiosas de las sociedades autóctonas, que con el paso del tiempo combinan sus creencias ancestrales con los principios de la doctrina cristiana. Es aquí donde la fundación de capellanías y cofradías encuentran un campo fértil a partir de la religiosidad popular. El financiamiento de ambas instituciones contaba –además de los aportes de los fieles– con las ganancias derivadas de la época de captura de ganado cimarrón y de su posterior marcaje, ya que los activos de las haciendas ganaderas se veían acrecentados. De esta forma, emerge dentro del imaginario religioso de los pobladores del Guanacaste del siglo XVIII, una conexión entre los patrocinios celestiales de las cofradías y capellanías con las bendiciones materiales –ganado o bienes, en general– que los santos y santas proveen año con año. No en vano, buena parte de las haciendas ganaderas que se constituyen a partir del siglo XVIII en esta zona de Costa Rica refieren a nombres de santos y santas.

Visto de esta forma, el papel de las cofradías y capellanías como mecanismos de financiamiento para la adquisición de tierras en Guanacaste entre los siglos XVII y XIX, nos trae a colación los aportes de Oriester Abarca y Jorge Bartels, quienes señalan el doble sentido de tales fundaciones. Por un lado, resarcían con un número determinado de misas anuales al devocional elegido, y por otro, se reconocían las deudas –mediante gravamen– al inmueble implicado en la transacción crediticia. En torno a la noción de cofradía los autores en mención anotan que: “Las cofradías son corporaciones –es decir, personas jurídicas colectivas–, que pretenden ser perpetuas. Por diversos medios entre ellos las donaciones, inter vivos o mortis causa, llegaron a poseer muchos bienes, entre ellos tierras” (Abarca y Bartels, 2011, p. 360).

Dentro de este marco de reflexiones relacionadas con el abordaje historiográfico de Guanacaste en el siglo XVIII, los aportes de Juan Carlos Solórzano apuntan a un elemento clave, y es el papel que tuvo Guanacaste en el contexto de Costa Rica en aquella época. Así pues, el historiador señala que:

En realidad, fuera del Valle Central, solo en la región de Guanacaste ocurrió un cambio importante durante los siglos XVII y XVIII, que se percibe al término del periodo colonial: el progresivo poblamiento de Guanacaste. El resto del territorio era una inmensa selva surcada por ríos y montañas, y habitada por indígenas hostiles y aguerridos (2018, p. 57).

Se plantea entonces el tema de la formación de los pueblos en el marco de la hacienda ganadera. En ello, las progresivas migraciones de hacendados nicaragüenses juegan un papel de primer orden. Está claro que durante el siglo XVIII el concepto de “frontera” poco o nada influye en la formación de los latifundios. Esto se logra constatar cuando vemos que propietarios de haciendas de Rivas, Nicaragua, compran tierras tanto en derredor del Partido de Nicoya, Bagaces y Cañas; así como en el naciente pueblo de El Guanacaste. El resultado de ello fue que “en la región del valle del Tempisque, la hacienda ganadera llegó a ser la principal unidad económica y social, y se fortalecieron los vínculos entre este territorio y Nicaragua” (Solórzano, 2018, p. 48). No en vano, Iván Molina anota: “El crecimiento de la ganadería vacuna, que se reproducía casi de forma natural, fue la base de ese desplazamiento, que llevó a un usufructo depredatorio y originó una economía basada en la apropiación de vastas extensiones de tierra” (2017, p. 31).

Al llegar a este punto del análisis de la producción historiográfica acerca de Guanacaste en el siglo XVIII, conviene establecer su conexión con la noción de territorialidad. Desde nuestra perspectiva, se observa en toda esta zona del país un marcado proceso de territorialización determinado por la toma del suelo con propósitos relacionados con el desarrollo de la hacienda ganadera. Dicho proceso –que en palabras de Claudia Quirós inicia desde el último tercio del siglo XVII en los valles de Bagaces (1990, p. 203)– toma auge en el siglo XVIII con el arribo de ganaderos a esta zona. Por consiguiente, es necesario definir el proceso de territorialidad, y para ello, recurrimos a los aportes de Roberth Sack cuando indica que:

es una conducta humana que intenta influir, afectar o controlar acciones mediante el establecimiento de un control sobre un área geográfica específica: el territorio. La territorialidad humana cumple cuatro funciones básicas: fortalecer el control sobre el acceso al territorio, reedificar el poder a través de su vinculación directa al territorio, desplazar la atención de la relación social de dominación y actuar como contenedor espacial de hechos y actitudes (Sack, 1986, p. 19).

Los elementos descritos por Sack, nos sirven para explicar las peculiaridades del proceso de territorialización de Guanacaste en nuestro período de análisis. En él se constata la formación de una élite ganadera –de procedencia diversa– que aspira a controlar progresivamente los cinco territorios antes indicados mediante la posesión formal de las tierras y los hatos ganaderos, la formación de pequeños núcleos de población y el surgimiento del sentido de pertenencia de las comunidades emergentes que hacen de estas tierras sus puntos de referencia simbólica y material. En definitiva, es el tiempo en cual se forma el basamento sobre el que cobra sentido la noción de región en el pacífico norte.

Por todo lo anterior, se comprende que Guanacaste –concebida como una región asociada a la actividad ganadera– se hace acompañar de la integración de:

lugares vividos y espacios sociales con un mínimo de coherencia y especificidad, que hacen de la región un conjunto que posee una estructura propia distinguible de ciertas representaciones en la percepción de los habitantes y los extraños (las imágenes regionales). La región es menos netamente percibida y concebida que los lugares de lo cotidiano o los espacios de familiaridad. Pero constituye en una organización del espacio-tiempo vivido, una envoltura esencia, anterior al acceso de entidades mucho más abstractas, muchos más desviadas de lo cotidiano (Fremont, 1976, p. 128).

En síntesis, desde nuestra óptica, Guanacaste es una región conformada cultural e históricamente por el surgimiento de asentamientos humanos durante el periodo comprendido entre los siglos XVI y XX. Dichas poblaciones han desarrollado procesos identitarios en los que confluyen la tradición indígena precolombina, la influencia de la población esclava afrodescendiente, la migración de familias ganaderas provenientes de Rivas, Nicaragua y los movimientos de población procedentes del occidente del Valle Central. En el transcurso de la construcción del tejido social guanacasteco, ha jugado un papel de primer orden la actividad ganadera, que ha sido la piedra angular de los diversos procesos de construcción de los símbolos, representaciones y significados que sus habitantes utilizan como punto de referencia para definirse y establecer su relación con el resto de Costa Rica. Considerando lo anterior, nos vamos a adentrar en las páginas siguientes en el estudio de los mecanismos de acceso a la tierra en los cinco espacios guanacastecos sometidos a estudio y que, desde nuestra perspectiva, favorecen el proceso de territorialidad del espacio geográfico guanacasteco a partir del siglo XVIII.

De Bebedero a Bagaces

Existe una correlación en la territorialización de Cañas y Bagaces desde el siglo XVIII. La confluencia de los ríos Tenorio y Corobicí no solo fueron el espacio para el asentamiento de las comunidades originarias de la zona; sino también del surgimiento de las comunidades arraigadas a la ganadería. Escribe Fonseca (1984): “Los latifundios más bastos surgieron a ambos lados del río Tempisque. Esas tierras tenían gran valor no solo por contar con pastos verdes todo el año, sino también porque ofrecían facilidades de comunicación” (p. 86).

Ambas comunidades compartieron una ermita fundada en 1687 y que era sufragante de Esparza. Estos sitios poco poblados durante nuestro periodo de estudio atestiguan progresivamente el surgimiento de estancias ganaderas cuya vinculación comercial está direccionada hacia Nicoya, Nicaragua y por supuesto, la capital de la gobernación, Cartago. Desde este punto de referencia cronológico, ambas comunidades caminan lentamente hasta 1848 cuando mediante la Ley N° 36 del 7 de diciembre, se les declara el cantón cuarto de la provincia de Guanacaste (Meza, 1998). De Bebedero a Bagaces representa la ruta de la formación histórica de la población de Bagaces durante el siglo XVIII. Tal y como se muestra en la Figura 2, el espacio geográfico que va a comprender Bagaces se extiende desde el río El Salto hasta el río Tenorio.

Del río El Salto al río Tenorio
Figura 2
Del río El Salto al río Tenorio
Fuente: Adaptado de Mapas y Planos #20656. Archivo Nacional de Costa Rica.

A mediados de dicho siglo, un visitante distinguido se desplazaba por los cálidos y polvorientos caminos veraniegos de Bagaces. Se trataba de Mons. Pedro Agustín Morel de Santa Cruz, Obispo de Nicaragua y Costa Rica. Morel de Santa Cruz realizaba una visita pastoral y al pasar revisión del estado espiritual y material de su grey en estas tierras nos heredó una imagen de aquel sitio y sus gentes. Así, nos comenta el prelado que en 1751 había en Bagaces escasamente unas nueve casas pajizas sin orden alguno, que se hacían acompañar de una modesta ermita de las mismas calidades y, al respecto, añade:

Cuando pasé por ahí, se hallaba con tantos agujeros en el techo y los vientos soplaban con tal furia que era imposible mantenerse dentro. Por este motivo no prediqué, ni confirmé, ni dije misa en ella ... quedaron entendidos de construir otra de teja y según he oído consiguieron ya su consumación (Archivo Nacional de Costa Rica. En lo sucesivo A.N.C.R. Serie Complementario Colonial. #7381. F. 49).

Los datos más recientes sobre Bagaces en el siglo XVIII nos muestran una imagen más exacta (A.N.C.R. Serie Provincial Independiente. #869. Fs. 1,2,3,4,5,6,7,8,9). Por aquel entonces –al igual que Santa Cruz, Liberia, Nicoya y Cañas– el patrón de poblamiento era disperso. Los núcleos de población eran reducidos en virtud de que la dinámica socio-productiva se centraba en la hacienda ganadera. Las familias vivían dispersas en torno a los sitios ganaderos, por ello, la mejor forma de conocer con certeza la cantidad de habitantes en los pueblos guanacastecos, era contabilizar a los habitantes directamente en las haciendas, no así en los pequeños núcleos de población.

Los mecanismos más comunes para apropiarse de la tierra en esta zona durante el siglo XVIII fueron el denuncio, las herencias y la fundación de capellanías. A través de ellos, se procedió a pasar a manos privadas las tierras realengas. En su mayoría las transacciones se orientan a la consolidación de haciendas ganaderas. Este es el caso del capitán Antonio Solano –residente en Esparza, pero con tierras en Bagaces–, quien en julio de 1711 se dirigió al gobernador de Costa Rica indicando que:

En esta jurisdicción tengo y poseo un sitio estancia de ganado mayores en tierras realengas y pertenecientes a su majestad para lo cual se ha de servir Vuestra Merced de pasar a dicho sitio y medirme las caballerías que en él hubiere como así mismo amojonármelas y después pasar a otro sitio que conjunto a él está un potrero y hacer las mismas diligencias (A.N.C.R. Juzgado Contencioso Administrativo. #5531. F. 1).

Un par de años después de la solicitud del Capitán Solano, otro vecino de la ciudad de Espíritu Santo de Esparza, el Capitán Andrés Alvarado también dirigió una petitoria de medición y valoración de terrenos realengos en Bagaces. Este caso, como el anterior, pone de manifiesto una de las cualidades presentes en el proceso de apropiación de tierras en esta zona de la gobernación de Costa Rica, y es que buena parte de sus propietarios o radicaban en Cartago o en Esparza, y que debido al auge del comercio ganadero hacia Nicaragua se apresuraron a consolidar haciendas por esta zona. En virtud de lo anterior, el Capitán Alvarado señaló que:

Parezco en mejor forma que a derecho convenga y digo que tengo y poseo dos sitios de estancia de criar ganados que son baldíos realengos y para efecto de pagárselos a su majestad se ha de servir Vuestra Merced de pasar a dichos 2 sitios a uno nombrado San Vicente y el otro Tenorio y medir y amojonármelos según las caballerías que en ella hubiere que estoy pronto a pagar a su majestad el valor de ellas (A.N.C.R. Juzgado Contencioso Administrativo #5444. F. 1).

Otro miembro de la gendarmería radicada en Esparza, el Capitán Gerónimo Cubillo también hizo el respectivo denuncio de tierras en la zona de San Jerónimo de Bagaces, en su decir, su situación era de “la posesión no titulada de las tierras realengas”. Ante ello, se apresuró a solicitarle a las autoridades de Cartago:

Medir y remedir tierras en la jurisdicción de San Juan en el valle de Bagaces de las que resultaron haber 13 caballerías y 9 cuerdas de tierra las cuales se ha de servir declararlas realengas y por su verdadero valor el de 7 tostones [se estimó el verdadero valor en 8 tostones] que es el precio en que vienen avaluadas (A.N.C.R. Juzgado Contencioso Administrativo #5464. F. 1).

A medida que van aumentando los denuncios y composiciones de tierras en la zona de Bagaces durante el siglo XVIII se va reafirmando lo que se ha indicado con anterioridad, el proceso de territorialidad de estos espacios de Guanacaste está orientado hacia la formación de haciendas ganaderas. Se adquiere tierra para formar haciendas y hatos ganaderos y esta acción es determinante en la formación de los pueblos, su cultura e identidad. De los procedimientos empleados en Guanacaste para “componer y denunciar” hemos registrado al menos los siguientes pasos: petición, presentación, decreto, auto de medida, declaración de vecinos, auto de composición, pregones, auto para el remate, remate, tasación, fianza, auto de remisión, auto de oficialización, auto de costas y finalmente emisión del título.

Otro mecanismo utilizado con frecuencia para consolidar las haciendas ganaderas fueron las cláusulas testamentarias. Pongamos por ejemplo al Pbro. Juan de Guevara, quien era residente de la ciudad de Granada, Nicaragua, pero que ostentaba propiedades tanto en Cartago como en Bagaces. En marzo de 1716, hizo su declaración de bienes dentro de los cuales declaró:

Ser míos un hato de ganado mayor y menor que se compone de 500 reses vacunas, 600 yeguas, 3 burros hechores, 100 caballos mansos y 100 mulas de todas edades o más que pareciere herrado con el fierro del margen todo en el Valle de Bagaces, en el paraje nombrado El Salto cuyas tierras tengo medidas por juez competente.

Item. Declaro por bienes míos en dichas tierras otro hato en el paraje nombrado Agua Fría en dicho valle que se compone de 2000 reses de ganado vacuno, 50 yeguas y 21 burros, más trastos de dichos hatos, creciendo a la acción que tengo del cimarrón que está inmediato a dicho hato como consta en la escritura.

Item. Declaro que en dicho hato de El Salto una casa de madera de cedro, unas petacas y una canoa todo con cerradura y candados.

Item. Declaro por míos a María, Baltazara y Ventura, todos tres mis esclavos (A.N.C.R. Protocolos coloniales. #878. F. 47).

El resultado de la declaración de bienes del Pbro. Guevara nos muestra elementos significativos de la tenencia de tierras y ganado en la zona de Bagaces. Se declara una cantidad notable de ganado, 500 reses en El Salto y 2 000 en Agua Fría, además del ganado cimarrón cuya cantidad no podía determinarse de previo a la declaración. Se ostentan tierras en ambos sitios –sin anotar la cantidad– y se añade la propiedad de dos esclavas y un esclavo. Todo lo anterior es una señal inequívoca de la magnitud de la actividad ganadera en la zona en una época en la cual la población de Bagaces estaba apenas en ciernes. Nos quedan por mencionar los mecanismos de acceso a la tierra derivados de las obras pías, en este caso de las cofradías y capellanías.

El primer día del mes de noviembre de 1715 se emitió un auto desde la Ermita de San Joseph de Bagaces –que era parte de la parroquia de Espíritu Santo de Esparza– mediante el cual se sacó a pregón unas tierras con un costo de 6 tostones por cada caballería. Las tierras ubicadas en cercanías del río Abangares alcanzaban una extensión de 19 caballerías. Aquellas tierras formaban parte de los haberes de la cofradía de Nuestra Señora de la Soledad, fundada en la población de Esparza y servía de hacienda de ganado. Después de ocho pregones se le asignó a uno de los postulantes (A.N.C.R. Juzgado Contencioso Administrativo. #5461. F. 1).

Unos meses antes de la venta de las tierras antes citadas, Fray Francisco Aguirre Nerino –quien fungía como el albacea testamentario del Pbro. Gaspar Cascante de Rojas–, atendiendo la voluntad del fallecido, procedió a fundar una capellanía para honrar la memoria de sus padres. Por ello se hizo lo propio para que:

Se fundase una capellanía y memoria de misas a favor mis padres Fermín de la Fuente y María Durán de Chávez ... porque todos los remanentes que quedó de dichos difuntos fueron 375 pesos y la compra de un hato de ganado mayor y menor nombrado El Salto en la jurisdicción de Esparza de esta provincia (A.N.C.R. Protocolos Coloniales. #878. F. 63,64).

Como se ha visto en las páginas anteriores, el espacio comprendido entre el río El Salto y el río Tenorio sirvió durante el siglo XVIII para la formación temprana de haciendas y hatos ganaderos. El proceso de territorialidad de este espacio guanacasteco estuvo determinado por la actividad ganadera. De ahí que esta antecede a la formación de la población de Bagaces, por ello, Mons. Morel y Santa Cruz no dudó en afirmar en 1751 que en aquel pueblo solo habitaban unas nueve familias. Empero, lo que sucedía era que se seguía un patrón de poblamiento disperso, condición subyacente de la actividad ganadera. En aras de ir añadiendo más elementos al proceso de territorialidad en Guanacaste durante el siglo XVIII, corresponde ahora conocer las peculiaridades del proceso en Cañas.

Las Cañas Las Cañas

Los registros de las expediciones de conquistadores españoles del siglo XVI, así como los libros de viajeros por Guanacaste en el siglo XIX al hacer relación de esta zona de Guanacaste, por lo general se refieren al sitio en el cual sobresale un caudaloso río que se hace acompañar de unas dehesas cubiertas de caña fistula (Fernández Guardia, 2002). Las Cañas o simplemente Cañas, fue un sitio que en tiempos precolombinos estuvo ocupado por los indígenas Corobicí. Ya en el período de ocupación española del sitio, se tiene por aceptado que Juan Vásquez de Coronado envió a sus gendarmes acompañados de frailes a catequizar a los indígenas de la zona. Más tarde en 1739, el obispo de Nicaragua y Costa Rica Mons. Domingo de Zataraín autorizó la construcción de una ermita en Cañas. (Velásquez, 2004). Tal y como se observa en la Figura 3, Cañas es una zona que durante el siglo XVIII progresivamente se va territorializando a lo largo de un espacio comprendido entre los ríos Tenorio y Lajas. Con el paso de los años, mediante la ley N°36 del 7 de diciembre de 1848, Cañas junto a Bagaces conformaron el cuarto cantón de la provincia de Guanacaste y su separación definitiva se dio en julio de 1878.

Las Cañas
Figura 3
Las Cañas

Fuente: Adaptado de Mapas y Planos. #7146. A.N.C.R.

Nuevamente, la mirada acuciosa de Mons. Morel de Santa Cruz en 1751, nos facilita una panorámica de la situación de Cañas por aquel entonces. Al respecto, escribe el prelado:

Unas pocas familias se han agregado al sitio llamado Las Cañas distante 20 leguas de Esparza. Hay una Ermita muy pequeña e indecente de paja. Su titular es San José. 12 casas de la misma especie sembradas en el monte, sin más diversiones que un río muy hermoso de que beben los habitantes. Prediqué un sermón y confirmé a 90 personas (A.N.C.R. Complementario Colonial. #7381. F. 47).

Al igual que en el caso de Bagaces, el patrón de poblamiento que se registra en Cañas es disperso. Las familias viven en los campos, retiradas unas de otras y pendientes de las tareas derivadas del manejo de los hatos y el trabajo en las haciendas ganaderas que circundan sus casas. Aquel paisaje en palabras de Patricia Alvarenga se componía de:

Inmensas sábanas, en las que pastaban pocas cabezas de ganado en relación con la extensión de los pastizales, dominarían totalmente el paisaje, de no ser por la esporádica aparición de casas de adobe (edificaciones básicas de las grandes explotaciones ganaderas) unos cuantos ranchos distantes entre sí (casas de pequeños ganaderos y peones) y minúsculos sembradíos de granos incrustados en las interminables extensiones de pastos (1991, p. 5).

A propósito de los mecanismos utilizados por los interesados para acceder a tierra con fines de fundación de haciendas ganaderas, encontramos en la zona de Cañas la utilización de denuncios, compraventas, usufructo de bienes de difuntos y testamentos. Este es el caso de Andrés de Alvarado, vecino de la jurisdicción de Esparza, quien en 1713 acudió a las autoridades de la gobernación de Costa Rica para realizar un denuncio de tierras entre los sitios Tenorio y San Vicente. El Sr. Alvarado indicó:

Que tengo y poseo dos sitios de estancia de criar ganados que son los 2 realengos, los 2 para efecto de pagárselos a su Merced … el uno nombrado San Vicente y el otro Tenorio y medírmelos y amojonármelos según las caballerías que en ellos hubiere (A.N.C.R. Juzgado Contencioso Administrativo #5444. F. 1).

El procedimiento desarrollado por el juez de tierras resultó favorable al Sr. Alvarado, quien se acreditó entre ambos sitios cuatro caballerías de tierra “con sus anchos y largos”, y por lo cual pagó un precio de 7 tostones por caballería. Siguiendo esta línea de análisis, nos encontramos con uno de los denuncios más relevantes del periodo en esta zona de Cañas. Se trata de la solicitud que, en 1711, cursó Salvador Suárez de Lugo, ante las autoridades respectivas para obtener unas tierras en la zona colindante a la descrita con anterioridad. Las tierras ubicadas en San Francisco de Tenorio eran adecuadas para la ganadería, con la ventaja de que se encontraban justamente entre los ríos Tenorio y Blanco. En sus palabras, dichas tierras “no son buenas para sementeras y que solo son buenas para criar ganado...no son buenas para sembrar semillas y por ser tan estériles y los inviernos muy cenagosos” (A.N.C.R. Juzgado Contencioso Administrativo. #5498. F. 6). Tras las palabras del Sr. Lugo, se escondía una innegable verdad, y es que la ubicación de las tierras favorecía su valor, ya que se encuentran cerca de dos ríos navegables, con buenos pastos y con cercanía al puerto de Bebedero –todo aunado a la proximidad al camino de Nicaragua– y justamente por esas razones las autoridades fijan su valor en 10 tostones por caballería.

En aras de lograr su cometido, el Sr. Lugo se hizo representar por Sebastián Hurtado, vecino de la ciudad de Espíritu Santo de Esparza, otorgándole un poder para que se presentara al remate. La insistencia del interesado se hizo sentir en el momento previo al remate:

En virtud de su poder que debidamente presentó, solicita que se mida en el paraje nombrado San Francisco de Tenorio 10 caballerías de tierras baldías realengas y pertenecientes el real patrimonio y se declare el verdadero valor de cada caballería con reminiscencia a la mala calidad de ellas y estar en la provincia tan pobre, donde no tiene el valor que en otras partes por no haber vecinos que puedan beneficiarlas (A.N.C.R. Juzgado Contencioso Administrativo. # 5498. F. 1).

Finalmente –después de cuatro años que tomó el procedimiento–, el 1º de agosto de 1715 la puja se inclinó por la postura del Sr. Lugo, pero muy a su pesar, pues debió cancelar en vez de ocho tostones, 12 por cada caballería de tierra. En el respectivo título de propiedad expedido desde Guatemala se indicó:

Quedan medidas 10 caballerías que dan por lindero de la parte norte el río Tenorio y por la parte del poniente el río Blanco [al] capitán Salvador de Lugo vecino de la ciudad de Espíritu Santo de Esparza entero en esta real caja 126 tostones por el verdadero valor de 10 caballerías a 12 tostones caballería en el paraje nombrado San Francisco de Tenorio y despache el título en forma. 1 de agosto de 1715 (A.N.C.R. Juzgado Contencioso Administrativo. #5498. F. 6).

Añádase a estos mecanismos de acceso a la tierra, las herencias. Este es el caso de Florentina Ramos ganadera de la zona de Espíritu Santo de Cañas, quien, en 1775, se involucró en la venta de sus bienes heredados. Por ello, procedió:

Vender libremente a Gregorio Salazar vecino de esta jurisdicción 2 caballerías de tierra de 14 que tenemos compuestas y pagadas a su Majestad como consta de su título en el paraje nombrado Espíritu Santo de Cañas las que yo hube por herencia, que dan al poniente con tierras de Juana Ramos, al norte con las de Joseph Antonio Leiva y al oriente y sur con las nuestras propias, y se las vendemos a precio de 50 pesos y 8 reales de plata que tenemos recibidos a nuestra satisfacción (A.N.C.R. Protocolos Coloniales #148. F. 13-v).

Al igual que la Sra. Ramos, encontramos a Juana María Pérez, vecina de Cañas, quien en 1778 recibió de su difunto esposo, Marcos Rivera, una importante cantidad de bienes, entre los cuales se encontraba:

12 reses vacunas, 8 caballos mansos, 42 yeguas, 1 burro hecho, 6 bestias mulares, las tres que se están amansando y las otras 3 de año, con 2 ½ caballerías de tierra en el sitio de las “Cañas” que poseo con la población de casa, ajuar y demás menaje (A.N.C.R. Protocolos Coloniales. #165 F. 38-v).

En conclusión, hemos analizado algunos mecanismos de acceso a la tierra en la zona de Cañas durante el siglo XVIII. Todos ellos tienen relación con el desarrollo de la actividad ganadera. En dicha población se presenta el mismo patrón de poblamiento que en Bagaces. Las familias viven en un pequeño núcleo de población llamado Espíritu Santo de Cañas, pero en su mayoría se mantienen en las zonas colindantes a las haciendas. Así pues, corresponde ahora el análisis del proceso de territorialidad en la zona de Nicoya.

Nicoya vieja y Nicoya nueva

Nicoya posee una historia ancestral. Sus tierras durante la época precolombina fueron ocupadas por los indígenas chorotegas. Dichos pueblos originarios ocupaban un vasto territorio que cubría la zona marítima y terrestre de la península homónima (Ibarra, 1990, p. 31). Durante el periodo colonial, el perímetro de este espacio geográfico se circunscribió al de la parroquia de San Blas (ver Figura 4). Al respecto, Cabrera agrega (1924):

En la información levantada en 1770 ante el Corregidor de Nicoya Manuel de Moya, a instancias del cura del propio lugar, Pbro. Maximiliano de Alvarado, se comprueba que el límite entre el curato de Nicoya y Nicaragua (Rivas) era el lugar llamado La Flor situado a orillas del río del mismo nombre [y agrega] La parroquia de Nicoya colindaba con la de Granada antes de la erección de la de Rivas. Al crearse ésta en 1737, la jurisdicción de aquella llegó hasta el punto denominado La Flor y de aquí al río El Salto, deslindándola por otros rumbos por los demás confines de la provincia (pp. 205 y 287).

Parroquia de Nicoya
Figura 4
Parroquia de Nicoya
Fuente: Elaboración propia.

Nuevamente, los aportes de Mons. Morel de Santa Cruz registrados a mediados del siglo XVIII nos revelan las peculiaridades de esta parcialidad. El prelado señala:

Las casas se reducen a 120 pajizas y sin orden las 100 pertenecientes a indios y las 20 a ladinos estos tendrían muchas más si no fueran tan odiados ... cuando los ladinos cuyo total se reduce a 590 acuden al pueblo a cumplir con las obligaciones de cristianos, experimentan muchos trabajos porque los indios no quieren darles posada. Por este motivo se ven precisados a mantenerse en las haciendas de campo que llegan al número de 103 repartidas por todo el territorio de la provincia y escondidas en los montes (A.N.C.R. Complementario colonial. #7381. F. 66).

De las palabras de Mons. Morel se desprende que la diferenciación socio-racial es un rasgo característico de la sociedad colonial en Nicoya, tanto en el siglo XVIII como en los que le preceden. En otras palabras –al igual que en otras latitudes de América colonial–, el color de la piel determinaba la posición de los individuos en la sociedad. Esta situación ya la había advertido Claudia Quirós, al señalar que:

Entre 1550-1680 arranca la estructuración del Corregimiento con base en siete pueblos de indios tributarios de la corona: Nicoya (centro político, sede de las autoridades españolas, incluyendo las eclesiásticas) y sus dos parcialidades anexas: las de arriba y la de Abajo, Nicopassaya, Santo Domingo de Cabo Blanco, San Pedro de Cangel, Santa Catalina de Nandayure, Santiago de Chira y San Juan de Indiriá. En el transcurso de esos 134 años la encomienda fue el mecanismo principal de explotación, a partir del trabajo comunal para cosechar, recolectar y elaborar productos autóctonos (Quirós, 1997, p. 6).

Atendiendo a las palabras de Claudia Quirós, la población de Nicoya desde el siglo XVI se encontraba constituida por dos espacios: Nicoya Vieja –distrito Mansión– y Nicoya Nueva que fungía como el centro administrativo de la alcaldía mayor. En la Figura 5 se muestra la disposición de ambas localidades.

Perspectiva de las tierras que componen Nicoya
Figura 5
Perspectiva de las tierras que componen Nicoya
Fuente: Adaptado de Mapas y Planos #20656. A.N.C.R.

Durante la década de los años 70 del siglo XVIII, la ubicación de la ciudad de Nicoya sufre importantes transformaciones. En junio de 1772, el corregidor Antonio de la Peña y Medrano detectó los efectos adversos que la movilización de indígenas hacia el poniente de la ciudad supuso. La parcialidad “de arriba” o Nicoya Vieja –ubicada hacia el poniente de la actual ciudad de Nicoya– dejaba en desventaja a sus habitantes respecto al manejo de las haterías y sementeras. También era un obstáculo permanente para la asistencia espiritual y por demás, motivo del disgusto de las autoridades eclesiásticas por la dificultad que suponía para el cobro de los diezmos y demás colaboraciones celestiales. El resultado de esta situación fue:

Dejar desamparadas sus casas y viviendas y las arboledas y plantas que tenían en los mencionados solares habiendo asentados otros fuera de su patria y pueblo yéndose a vivir a las haterías de esta tan dilatada jurisdicción (por haber fallado al servicio de Dios y del Rey) … por haberse privado de la asistencia al santo sacrificio de la misa, frecuencia de los sacramentos, culto, pasto espiritual e instrucción de la doctrina cristiana y de una vida sociable y racional y al Rey por el desmedro de este dicho pueblo que tendrá quebranto de sus tributos y otros de sus reales derechos procurando como con de mi precisa obligación el obviar y reparar y enmendar lo perjudicial y dañoso (A.N.C.R. Complementario Colonial #321. F. 1).

Para finalizar con el problema, el corregidor Antonio de la Peña estimó conveniente congregar a todos los grupos humanos en la llamada Nicoya Nueva –actual localidad de la ciudad–. Los indígenas “serán traídos y castigados a proporción de su desobediencia y rebeldía”. Los españoles y ladinos que se les encontrare en esa situación “les comino y condeno a una multa de treinta pesos que les sacarán irremisiblemente aplicados por tercias partes al real fisco de justicia”, y al resto de ladinos sin tierra, ni títulos y bienes raíces y semovientes:

mantenerse y vestirse de cualquier estado y calidad y condición que sean, que vengan y se reduzcan a vivir, sociable y cristiana como está dispuesto y mandado por reales leyes y novísimas leyes de Su Majestad, de lo contrario se podrán quemar y aniquilar las casas y ranchos en que están viviendo y cualesquiera otras poblaciones cercas o fábricas que tengan ejecutando en contra de lo que haya lugar en derecho por convenir así al servicio de ambas majestades buena administración de justicia y bien de la causa pública (A.N.C.R. Complementario Colonial. #321. F. 2).

Una vez resuelto el tema de la ubicación definitiva del poblado, el proceso de territorialización de Nicoya toma auge. Para ello, se echó mano de una real cédula emitida en Guatemala el 24 de noviembre de 1775, mediante la cual se autorizaba al Corregidor de turno para que llevara adelante los procesos de privatización de tierras realengas. Lo anterior, reducía considerablemente la tramitología y el tiempo entre un denuncio y su resolución. La idea central de dicho documento consistía en:

Conceder facultad de subdelegar la comisión respecto a la práctica de las medidas y remedidas de ellas en los partidos de este Reino. Y siendo necesario que se practique en la jurisdicción del corregimiento de Nicoya y para ello nombrar personas de las calidades y circunstancias que se requieren concurriendo estas en D. Manuel de Mella corregidor de aquel partido … en consecuencia proceda a la averiguación de todas las tierras que pertenezcan a su Majestad y le tuvieren usurpadas haciendo que los que poseen cualesquiera haciendas, estancias o sitios exhiban los documentos que acrediten la legitimidad de sus pertenencias sin excluir a persona alguna aunque sean eclesiásticas, conventos cofradías ni aun los dependientes del Santo Oficio en cuanto a medir y amojonar tierras así de oficio como a pedimento de partes (A.N.C.R. Guatemala. #377. F. 6).

En relación con los mecanismos de acceso a la tierra, estos son similares a los presentes en otros sitios de Guanacaste, por ejemplo, los denuncios, la fundación de capellanías y la venta de terrenos. Por ejemplo, encontramos el caso de Damaso Doria, mayordomo de la Archicofradía de Nuestra Señora del Rosario, quien en 1778 indicó que:

Parezco ante Vuestra Merced en debida forma dando por expresadas las demás solemnidades de derecho y digo que con el incendio que hubo en este pueblo el 17 de marzo en este año en una de las casas que se me quemó, la casa de dicha Cofradía con títulos y libros [por ello] pido y suplico me haya por presentado en tiempo y lugar y forma mandando se tome una plena información de las tierras en que está situada dicha cofradía que son seis caballerías y media y que los testigos dictaren sus linderos y estaban compuestas por su Majestad (A.N.C.R. Guatemala. #3736 F. 1).

La solicitud del Sr. Doria pone de relieve una de las cualidades más visibles en el proceso de territorialidad nicoyano, el cual es la rápida formación de una élite de negocios vinculados a la actividad ganadera. Las familias con intereses en este sector productivo establecieron una red de poder y negocios familiares cuyo alcance cubría el territorio comprendido entre el río La Flor y Cabo Blanco. El capital venido de las capellanías y la actividad de las cofradías facilitó la adquisición de tierras y, en general, de los negocios conexos. A partir de la evidencia recabada, se atestigua mayor control del espacio y las personas que en otras zonas de Guanacaste (Rodríguez, 2015). En virtud de lo anterior, el 19 de febrero de 1781, el corregidor Feliciano Francisco Hargedorn, solicitó a todos los mandadores, mayordomos y cofrades de Nicoya:

Proceder en manera alguna al absoluto dominio que siempre han tenido y quieren tener en los bienes de las citadas haciendas sin que se le manifieste orden del Señor cura y mía … deban sacar bienes para ello sin dicha orden sino que deban pagarlas en reales de plata, so pena que el que lo contrario hiciere de dichos mayordomos o mandadores les conmino en la multa de 100 pesos y 2 meses de cárcel en lo que desde luego les doy por incurrir aplicando dicha cantidad por mitad a penas de cámara y gastos de justicia y se les haga saber a los referidos mayordomos y mandadores (A.N.C.R. Complementario Colonial. #457. F1-v).

La supervisión de la Iglesia y del poder civil sobre las propiedades ganaderas, aseguraba los ingresos para ambas potestades y daba sentido al proceso de ocupación del espacio geográfico, tanto en la naciente población de Nicoya como en sus alrededores. Esta es una de las razones por las que, en las transacciones por tierras, los ejecutores son en buena parte eclesiásticos. Pongamos por ejemplo al Pbro. Joseph Antonio de la Peña –difunto– a:

Cuyo cargo eran 250 pesos de un principal de capellanía perteneciente a este beneficio y considerando la disposición con que falleció dicho Padre suplico a Vuestra Merced sirva procurar en los medios que hallare para honrar el principal que se haya fincado en la hacienda de campo que el citado padre tenía por suya en propia en términos de esta jurisdicción para que se me entregue como corresponde y lo asegure en los mismos términos por tanto en nombre de nuestra santa iglesia le exhorto y requiero de la mía le suplico ruego y encargo mande hacer como pido. 3 de noviembre de 1781 (A.N.C.R. Complementario Colonial. #470 F. 1).

Una situación de naturaleza similar la encontramos con el cobro de una capellanía a favor de Tomás Antonio de Fleyta, cura de la villa de Rivas, subcolector del ramo y comisario del Santo Oficio, quien en 1783 le solicitó al corregidor de Nicoya Sebastián Fernández:

Líbrese mandamiento de consecución contra la persona y bienes de Bruno Alvarado sub-teniente de batallón de milicia de esta villa para que se satisfaga la cantidad de ciento sesenta y siete pesos que adeuda de réditos de capellanía del capital de 1670 pesos por 2 años y respecto a hallarse en la jurisdicción de Nicoya pasarle ruego y encargo al Sr. Cura Corregidor de aquel partido para que haga comparecer en este juzgado en el término de 8 días contados con la notificación (A.N.C.R. Complementario Colonial. #594. F. 1).

En suma, el empleo de capellanías sirvió para multiplicar los fundos dedicados a la ganadería en Nicoya y, de hecho, en la práctica, su formalización no requería de procedimientos complejos. Pongamos el ejemplo de Juan Antonio Vargas, quien en 1784 se dio a la tarea de:

fundar una capellanía de 240 pesos con el rédito del 5% sobre 11 caballerías de tierra en el sitio del Sardinal el cual se halla situado en esta jurisdicción sobre 25 reses, 6 yeguas, 3 caballos y otros bienes en cuyas fincas por hallarlas competentes para su subsistencia y nombro por capellán al convento de San Francisco de la villa de Nicaragua (A.N.C.R. Protocolos Coloniales #161. F. 5).

Finalmente, en el proceso de toma de posesión del suelo nicoyano durante el siglo XVIII es común hallar ventas y herencias en la consolidación de fundos ganaderos. Como ya se ha indicado, los propietarios son tanto de Nicoya como de Nicaragua y, en ese espacio entre gobernaciones coloniales, las herencias y ventas intrafamiliares son frecuentes. Esto se observa con la herencia de Andrés Antonio González de Araujo, vecino de Nicaragua, pero residente en Nicoya quien por

fallecimiento de mi suegra hube y heredé por parte de mi esposa 9 caballerías de tierra y ¾ 191 varas de tierra en el sitio nombrado San Sebastián en términos de esta jurisdicción los cuales vendo y doy ahora y para siempre a Joseph Campos en la cantidad de 268 pesos a razón de 25 pesos por caballería incluidos las poblaciones de casas y corrales (A.N.C.R. Protocolos Coloniales #157. F. 16-v).

En cuanto a las ventas de tierras entre vecinos y familiares de las localidades antes citadas, también hallamos un flujo permanente de actividad. Este es el caso de la pareja constituida por Antonio Argueta y María Hurtado, vecinos de la villa de Nicaragua, pero residentes en Nicoya, quienes el 14 de abril de 1874, indicaron: “vendemos a Joseph Marcos Hurtado 4 caballerías de tierra en el paraje llamado Santo Tomás en el precio de 200 pesos que tenemos recibidos a nuestra satisfacción” (A.N.C.R. Protocolos Coloniales #161. F.1).

En conclusión, en las páginas anteriores hemos revisado las peculiaridades del proceso de territorialización del espacio geográfico de Nicoya en el siglo XVIII, en aras del fomento de la actividad ganadera. Se ha detectado el uso de los mismos mecanismos de acceso a la tierra que en otros sitios de Guanacaste. Empero, se distinguen dos elementos respecto a otros territorios, por una parte, la formación y consolidación de una élite ganadera oriunda de la Villa de Nicaragua, pero residente en Nicoya, y por otra, una alianza permanente entre la Iglesia y el poder civil en el control del espacio y de la actividad productiva dentro de él. Toca ahora, la oportunidad de analizar las características de la territorialidad en el espacio de Santa Cruz.

De las Delicias a Santa Cruz De las Delicias a Santa Cruz

Comenzaremos por remarcar que la población de Santa Cruz, al igual que los otros territorios guanacastecos también consolidó su proceso de territorialización durante el siglo XVIII. Ladinos desprovistos de tierra, por una parte y, por otra, ganaderos consolidados de Nicoya emprendieron la formación de haciendas ganaderas hacia esta zona, desde el llamado “Paraje del Diriá” hasta el sitio llamado Siete Cueros, actualmente Filadelfia. La historia local de Santa Cruz define como su hito disparador, la llegada de Miguel Ramos y Juana Sequeira al sitio conocido como “La Hormiga”. Desde ahí, desarrollan su actividad en la ganadería y la agricultura de subsistencia. Una de sus hijas, Bernabela Ramos –residente en el sitio llamado “Las Delicias”–, donó en 1804, cuatro caballerías de tierra para la fundación de una ermita y la residencia de los primeros pobladores de lo que después se llamó Santa Cruz (Leal, 1998). La Figura 6 ilustra el espacio de la donación de la Sra. Ramos.

De las Delicias a Santa Cruz
Figura 6
De las Delicias a Santa Cruz
Fuente: Adaptado de Mapas y planos. #7146. A.N.C.R.

Tal y como se observa en la Figura 6, la población de Santa Cruz se encuentra rodeada de diversas poblaciones entre las que se encuentran: Arado, Lagunilla, San Francisco, 27 de abril y otras. Buena parte de la fundación de haciendas en dicha zona proceden del último tercio del siglo XVIII. Este es el caso del capitán Miguel Ramos y Juana Sequeira quienes, en 1777, realizaron la venta a:

Claudia Espinoza vecina de esta jurisdicción 6 caballerías de tierra en el sitio nombrado Santa Cruz, debiéndose entender que dichas 6 caballerías de tierra las ha de reconocer la compradora en 22 pesos caballería que habrá del paraje nombrado las Pilas hasta el último mojón ... en la cantidad de 150 pesos libres de escritura y de alcabala (A.N.C.R. Protocolos coloniales. #150. F. 20-v).

La misma Sra. Sequeira años más tarde, procedió a realizar una venta:

desde ahora y para siempre a Gregorio Matarrita 2 caballerías de tierra en el sitio de Santa Cruz ... en el paraje las Pilas de poniente a occidente buscando el rastrojo grande de la comunidad y el paso de los costeños que está en el río del Diriá (A.N.C.R. Protocolos coloniales. #180. F. 161).

En Santa Cruz, también se registraron compraventas de tierra mediante la ejecución de capellanías; así como por el cumplimiento voluntades testamentarias. Tal y como ocurrió con la acción interpuesta por Josefa Rodríguez y Ubaldo Ruíz, quienes se presentaron ante el cura de Nicoya por

fallecimiento de Pedro Mena vecino de la Villa de Rivas, Nicaragua, quedó en esta jurisdicción de su cargo el principal de 200 pesos de capellanía pertenecientes al curato de esta Santa Iglesia fincados en 2 caballerías de tierra en el sitio nombrado Potrero ... nos presentamos ante el Sr. cura de este partido ofreciendo afianzar y asegurar el principal y réditos con las escrituras que hubieran quedado de su pertenencia e hipoteca de los bienes (A.N.C.R. Protocolos Coloniales. #157-160. F. 119).

En cuanto a la ejecución de disposiciones testamentarias las podemos ejemplificar mediante las acciones emprendidas en 1789, por el matrimonio compuesto por Juan Domingo Dinarte y María de los Ángeles Espinoza. Los consortes estimaron ideal para su buen morir la fundación de un patronato real de legos:

A título de mayorazgo de cantidad de 100 pesos que se ha de reconocer en 50 reses vacunas dotadas al inalterable precio de 2 pesos cada una y sus réditos en de 5 pesos que se han de invertir en 5 misas rezadas todos los años aplicadas a favor de nuestras almas, de nuestros padres e hijos legítimos y en los demás descendientes por línea recta ha de recaer forzosamente este patronato prefiriendo siempre el mayor al menor sin distinción de sexos. Nicoya. Febrero 15 de 1791 (A.N.C.R. Protocolos Coloniales #180. F. 9-v).

En resumen, se han logrado analizar algunos de los mecanismos más frecuentes para la toma del suelo en Santa Cruz y cuyo uso se aceleró a finales del siglo XVIII. Dicha zona, como otras de Guanacaste ya se encontraban insertas dentro de la dinámica comercial derivada de la actividad ganadera. Al calor de ella, surge la cultura, costumbres y tradiciones que le dan forma a Guanacaste como una región histórica en los años venideros. Por ello, ahora nos corresponde pasar revisión del proceso de territorialidad en Liberia.

Del sitio del cruce de caminos a Liberia

Corrían los años 40 del siglo XVIII y en el sitio del cruce de caminos se fundaba su primer oratorio. Poco más de 30 años después –1769– se erigió una pequeña ermita bajo la advocación de San Joseph adscrita a la parroquia de San Blas de Nicoya. Al mismo tiempo el nuevo camino a Nicaragua se convertía en la arteria principal para el flujo comercial entre Nicaragua y la gobernación de Costa Rica. Así surgía un pequeño núcleo de población compuesto por casas modestas desperdigadas por los montes que eran el sitio de residencia de los mandadores y peones de las haciendas ganaderas de los alrededores. Ese grupo de personas le da origen a la población de lo que hoy es Liberia. En palabras de Claudia Quirós era: “un contingente de ochenta y siete familias de ladinos, propietarios de aquellos hatos y cultivos de subsistencia quienes se asentaron a lo largo de la zona comprendida entre la Villa de Guanacaste (Liberia) y Nicoya” (Quirós, s. f., p. 19).

Reproducción parcial del mapa de Liberia
Figura 7
Reproducción parcial del mapa de Liberia
Fuente: Adaptado de Mapas y planos. A.N.C.R. #7146.

Así pues, el proceso de territorialidad del espacio geográfico en el que se conforma la ciudad de Liberia se inicia desde el segundo tercio del siglo XVIII (Solano, 2021). Es a través de mecanismos similares a los ya analizados en otras localidades de Guanacaste, que hacendados venidos de Rivas, Nicaragua, se hacen de grandes latifundios (ver Figura 7). Por ejemplo, en febrero de 1648 se registra el “denuncio primitivo” de la hacienda Nuestra Señora del Rosario de los Ahogados, que se encontraba en manos de un grupo de indígenas del pueblo de San Juan de Nicoya. Estas tierras por hallarse en las cercanías del camino real a Nicaragua se convirtieron en el objetivo del capitán Francisco Núñez de Fermino, quien no dudó en pedir a las autoridades la medida y composición de las 27 ½ caballerías que componían dichas tierras. Los líderes de los indígenas venidos de las cercanías del pueblo del Diriá, no ofrecieron resistencia ante la petición del Sr. Fermino, quien se adjudicó el título de propiedad de las tierras, las cuales fueron sometidas a remedidas por sus herederos en 1736 y 1788 (A.N.C.R. Complementario colonial. #6515. F. 14).

Una situación similar la hallamos en la transacción que realizó Claudio de la O en 1758, cuando consolidó una capellanía en el curato de San Francisco de Nicoya:

en nombre de su cura y al presente es a los que en adelante fueren a saber la cantidad de 131 pesos de a ocho reales de plata y a un rédito de un 5% ... cargados sobre una hacienda de campo con dos caballerías de tierra y 100 reses de ganado en el sitio llamado El Guanacaste y sobre ella situada y cargada la expresada cantidad de los 135 pesos, la cual dicha hacienda no he de vender trocar ni enajenar hasta tanto que redima la expresada cantidad (A.N.C.R. Protocolos Guanacaste. #140. F. 82).

El efecto multiplicador de transacciones similares consolida propiedades ganaderas desde la hacienda Las Ánimas –en la zona próxima al límite con la gobernación de Nicaragua– hacia el sur, específicamente hasta la hacienda El Salto. Una muestra de ello, lo representa el denuncio realizado por Joseph Antonio Leiva, en julio de 1785, en lo que actualmente se denomina Peñas Blancas, en aquella ocasión recibió:

la cantidad de 300 pesos perteneciente a la cofradía de Nuestra Señora de la Concepción cita en este curato (Nicoya) de esta forma: 100 reses a dos pesos cada una, 40 yeguas a 2 pesos, 10 caballos a dos pesos, cuyos efectos ofrezco mantener existentes con el consentimiento del Sr. cura vicario Luis Demetrio Coronado o el que en adelante fuese el mayordomo ... y obligo e hipoteco mis vienes propios que poseo en el hato nombrado Peña Blanca en común con los de mi mujer de quien tengo plena licencia (A.N.C.R. Protocolos coloniales #161. F. 20).

A continuación, en el Cuadro 1 se muestra un inventario de haciendas entre el sitio denominado la Peña Blanca y el Salto realizado en 1751 por el cura párroco de Nicaragua, con la finalidad de levantar una lista de los diezmos por cobrar. Se pasó revista a todas las haciendas ganaderas, sus dueños, mandadores, cantidad de ganado y producción adicional y cuyo resultado mostramos de seguido:

Inventario de las haciendas comprendidas entre El Salto y la Villa de Nicaragua
Cuadro 1.
Inventario de las haciendas comprendidas entre El Salto y la Villa de Nicaragua
Fuente: Archivo General de Indias. Estante 101. Cajón I. Legajo 24. Fueron reproducidos en el tomo X de Documentos para la historia de Costa Rica. León Fernández.

Es evidente, como se observa en el Cuadro 1, que al menos un 85 % de las haciendas existentes en 1751 tributan tanto para Nicaragua como para Costa Rica y se ubican en el espacio territorializado por la nueva población del Guanacaste. En la formalidad, la población del Guanacaste/Liberia se fundó en 1769, cuando por medio de la solicitud de un grupo de vecinos de Rivas, se gestó la instalación de una ayuda de parroquia, pero el asentamiento humano que le da origen existía al menos unos 30 antes. Dicho espacio sufría de la influencia de tres instancias político-administrativas: la gobernación de Costa Rica, Nicaragua y del Partido de Nicoya. En suma, utilizando un espectro geográfico amplio, el Guanacaste se extendía por un grupo de haciendas comprendidas entre la Hacienda Las Ánimas hasta el río El Salto y, a nivel micro, abarcó 2 leguas cuadradas ajustadas hacia el oeste del Puente Real/cruce hacia Bagaces, y a lo largo del curso del río Liberia hacia el este. La formación de su núcleo urbano –al igual que las otras cinco comunidades– se dio hasta la segunda mitad del siglo XIX.

Conclusión

El siglo XVIII fue el escenario temporal de auge del proceso de territorialización en Guanacaste. Dicho proceso se caracterizó por la formación de una élite dedicada a la ganadería, el surgimiento de al menos cinco núcleos de población –Liberia, Santa Cruz, Nicoya, Cañas y Bagaces–, la utilización de capellanías como instrumento de financiamiento para el mercado de tierras, y la participación de las cofradías en la dinámica transaccional de los fundos.

Mediante el uso de información contenida en los protocolos coloniales y los expedientes del Juzgado Contencioso Administrativo, así como otras series del Archivo Nacional de Costa Rica, se logró reconstruir la trazabilidad en la gestación de los fundos ganaderos. La “toma de la tierra” en Guanacaste durante el siglo XVIII –y los dos posteriores– conducen a la formación de una región en la cual la cultura y el modo de vida de sus habitantes se encuentra estrechamente ligada a la actividad ganadera (Buska, 2006).

En el proceso de territorialidad del espacio geográfico de las cinco comunidades mencionadas, la formalización de su área urbana se da como consecuencia de la formación de las haciendas ganaderas. Esto es, primero se constituyen las haciendas ganaderas y posteriormente emergen sus núcleos urbanos. Esto se observa con claridad al analizar los años de fundación de las ciudades: Nicoya (1787), Liberia (1769), Cañas (1878), Bagaces (1790) y Santa Cruz (1848). Todas ellas ostentan fechas de fundación que no reflejan con certeza el nucleamiento de su población, ya que su fecha de “natalicio” ha sido determinada desde la construcción de la historia nacional y no de la historia local y regional.

Referencias

Abarca, Oriester y Bartels, Jorge. (2011). El papel económico de las cofradías en el crepúsculo de la colonia y el ascenso de las sociedades mercantiles. “Análisis de protocolos coloniales de San José. (1837-1842)”. Revista de Ciencias Económicas, 29, 357-383.

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Notas de autor

* Costarricense. Doctor en Historia por la Universidad de Costa Rica, San José, Costa Rica. Docente e investigador, Universidad de Costa Rica, Sede de Guanacaste, Liberia, Guanacaste, Costa Rica. Correo electrónico: EDGAR.SOLANO@ucr.ac.cr ORCID: https://orcid.org/0000-0002-6384-7626
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