Revista de Ciencias Jurídicas N° 164 (1-25) MAYO-AGOSTO 2024
sistema japonés 3.1. Sobre la libertad condicional 3.2. Características del sistema japonés 4.
Comparación entre Costa Rica y Japón 4.1. Consideraciones para una futura propuesta de
ley 5. A manera de conclusión.
Introducción. Problemas en la regulación de la libertad anticipada en Costa Rica
Durante más de tres décadas, el sistema penitenciario costarricense ha sido
fundamentado en las disposiciones dispersas de leyes de distinto nivel, incluyendo la
Constitución Política, el Código Penal, el Código Procesal Penal, la Ley Orgánica del
Ministerio de Justicia y Paz, así como reglamentos institucionales, tratados internacionales
de Derechos Humanos y jurisprudencia nacional e internacional. Sin embargo,
notablemente ausente en este conjunto normativo está una Ley de Ejecución Penal de
Adultos. Aunque en este momento se esté discutiendo un proyecto de Ley de Ejecución de
la Pena en la Asamblea Legislative (Expediente No. 21800), es necesario examinar el
trasfondo legal y práctico de la administración penitenciaria en los últimos treinta años para
tener una mejor comprensión de los retos y oportunidades para una futura ley.
Ante la falta de una ley de ejecución penal por más de treinta años, la Dirección
General de Adaptación Social (DGAS), responsable de la administración del sistema
penitenciario, ha recurrido a reglamentos vía decretos ejecutivos para cumplir con sus
obligaciones. Sin embargo, el alcance de dichos reglamentos ha sido motivo de
controversia entre las instituciones del sistema de justicia. Desde la reforma penitenciaria
de 1993, año a partir del cual el actual modelo penitenciario costarricense comenzó a
operar, las autoridades judiciales han cuestionado la capacidad de la DGAS y del Instituto
Nacional de Criminología (INC) para modificar la modalidad de custodia de la población
privada de libertad mediante programas desarrollados en la comunidad. Las autoridades
judiciales han en reiteradas ocasiones señalado que consideran la capacidad del INC de
modificar la modalidad de la custodia como una injerencia por parte del ejecutivo en la
función de los tribunales de justicia. Aunque esta discrepancia ha sido resuelta en la
jurisdicción constitucional, la ausencia de un cuerpo normativo penitenciario sigue siendo
motivo de conflicto entre instituciones del sistema de justicia