Resumen
La norma jurídica, regula coercitivamente la conducta externa humana; sin ella es impensable el Estado y la sociedad misma, aun cuando el Estado es, a su vez, indispensable para la vigencia de la norma jurídica, o sea, del derecho; dicho de otra manera: Estado y derecho se necesitan indispensable y mutuamente. Mas la norma jurídica no puede abarcar toda la conducta externa humana, pues debe respetar un ámbito mínimo de irrestricta libertad del ser humano considerado como ente con su propio fin. El inextinguible e irrenunciable ámbito mínimo de libertad humana representa sus derechos subjetivos conocidos como derechos fundamentales.Citas
ARISTÓTELES, Política, trad. Antonio Gómez Robledo, 9ª ed. México, Porrúa, 1981.
BURGOA, Ignacio Las garantías individuales, 20ª ed. México, Porrúa, 1986.
CABANELLAS, Guillermo, Diccionario de derecho usual, 6ª ed., Buenos Aires, Bibliográfica Omeba, 1968,.
CHINCHILLA HERRERA, Tulio Eli, ¿Qué son y cuales son los derechos fundamentales? Bogotá, Temis.1999.
DE BONALD, Louis Gabriel Ambroise, vizconde de, Demonstration philosophique du principe constitutif de la societe, París, Le Clare, 1840.
DÍAZ MULLER, Luis, Manual de derechos humanos, México, Comisión Nacional de Derechos Humanos, 1991.
DUGUIT, León, Manual de derecho constitucional. trad. José G. Acuña, 2ª ed., Madrid, Librería Española y Extranjera, 1926.
GARCÍA MÁYNEZ, Eduardo, Introducción al estudio del derecho, 34ª ed., México, Porrúa, 1982.
HEGEL, Jorge Guillemo Federico, Filosofía de la Historia Universal, trad. José Gaos, Madrid, Revista de Occidente, 1928.
JELLINEK, Georg, La declaración de los derechos del hombre y del ciudadano, trad. Adolfo Posada, Madrid, Librería de Victoriano Suáres, 1908.
LOCKE, John, Ensayo sobre el gobierno civil, trad. Armando Lázaro Ros, México, Aguilar, 1983.
LUQUE, Rodolfo N., “Derechos individuales”, Enciclopedia Jurídica Omeba, Buenos Aires, Editorial Bibliográfica Argentina, 1968. MASSIP ACEVEDO,
Julio, El silencio en el derecho administrativo español, Oviedo, Universidad de Oviedo, 1934.
MONTESQUIEU, Charles de Secondat, Barón de la Brede et de, El espíritu de las leyes, trad. Mercedes Blázquez y Pedro de Vega, Madrid, Tecnos, 1988.
PAINE, Thomas, Los derechos del hombre, Barcelona, Ediciones Orbis, S.A., 1985.
PASCAL, Blaise, Pensamientos, trad. Xavier Zubiri, Madrid, Alianza, 2004.
RECASÉNS SICHES, Luis, Filosofía del derecho, México, Porrúa, 1979.
SABINE, George H., Historia de la teoría política, trad. Vicente Herrero, México, Fondo de Cultura Económica, 1970.
SÁNCHEZ AGESTA, Luis, Los documentos constitucionales y supranacionales, Madrid, Editora Nacional, 1972