Revista de Ciencias Jurídicas N°160 (1-34) ENERO-ABRIL 2023
5
La palabra diálogo viene del latín dialŏgus que significa discurso racional o ciencia
del discurso, hace referencia a (dos y logos), cuya interpretación suele referirse al discurso
racional
o

el

intercambio

de

palabras

entre

dos

o

más

personas.

El

diálogo

es

la

plática
entre dos o más personas, que alterativamente manifiestan sus ideas . En el ámbito jurídico
4
evidentemente esta temática hace referencia a la comunicación entre autoridades judiciales
en
las

cuales

existen

diferentes

instancias

de

protección,

es

decir,

un

constitucionalismo
multinivel . En sentido estricto, el diálogo judicial es la práctica de las cortes nacionales e
5
internacionales, a través de la cual se utiliza la argumentación de otras cortes con el fin de
construir
una

mejor

interpretación

de

las

normas

de

derechos

humanos

y,

en

general,

de
cualquier otra norma contenida en una constitución o en un tratado . Ello pone en evidencia
6
la existencia de una cooperación entre órganos judiciales de diferentes niveles y regiones
que
permite

la

creación

de

espacios

de

intercambio

y

colaboración

entre

las

distintas
jurisdicciones y jurisprudencias.
Es
así

como

en

el

ámbito

de

los

derechos

fundamentales

se

puede

establecer

la
existencia
de

un

espacio

cultural

común

que

permite

instituir

los

presupuestos

para
establecer la existencia de un diálogo judicial, cuyo surgimiento se debe a varios factores:
1)
la

globalización

económica

y

jurídica;

2)

la

internacionalización

de

los

derechos
humanos;
3)

la

existencia

de

problemáticas

comunes

en

el

ámbito

de

los

derechos
humanos .
7
En
esta

materia

se

debe

distinguir

entre

el

diálogo

horizontal,

vertical

y

el
institucional.
El

“diálogo

horizontal”

es

discrecional

y

se

desarrolla

entre

órganos

de

un
mismo
nivel,

en

particular,

entre

Cortes,

Salas

o

Tribunales

Constitucionales,

o

a

nivel
convencional
entre

la

Corte

Interamericana

de

Derechos

Humanos

y

sus

homólogos,

el
4
Diccionario de la Real Academia, término diálogo.
5
ROMBOLI Roberto. Prologo al libro de Haideer Miranda Bonilla, Diálogo Judicial Interamericano. Entre
constitucionalidad
y

convencionalidad,

Colección

de

la

Asociación

Mundial

de

Justicia

Constitucional,
mero 17, Bogotá, Nueva Jurídica, 2016, p. 18.
6
FERRER MAC GREGOR Eduardo actual juez de la Corte Interamericana de Derechos Humanos de la cual
es su ex Presidente, citado por RODRÍGUEZ REVEGGINO Bruno. ¿El diálogo como arma? La lucha de los
tribunales regionales contra la fragmentación del derecho internacional de los derechos humanos, p. 105. En
Revista Iuris Dictio, núm. 20, diciembre 2017.
7
Esta temática fue ampliamente tratada por el profesor Roberto Romboli en la conferencia que impartió el 23
de marzo del 2012 sobre el «Dialogo tra le Corti» en la Scuola Superiore Sant’Anna di Pisa.