HAIDEER MIRANDA BONILLA: Tensiones y conflictos entre las Cortes, Salas, Tribunales
Constitucionales y la Corte Interamericana de Derechos Humanos
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autocomprensión del juez, en tanto que participante en una empresa global y común, como
en la existencia de esa comunidad en torno a determinados contenidos, que al fin y al cabo
son
los

derechos

humanos,

comunidad

que,

para

existir,

debe

ser

el

resultado

de

la
superación de la distinción entre jueces que “dan” y jueces que se limitan a “recibir
14
. En
este sentido, el objeto de nuestro estudio se enfocará en la circulación del derecho a través
del diálogo judicial en derechos humanos.
En
los

últimos

años,

el

intercambio

de

experiencias

viene

focalizado

en

la
utilización y citación por parte de las cortes de materiales normativos y jurisprudenciales
externos a sus ordenamientos. La experiencia más relevante de apertura en la utilización del
derecho
comparado

es

quizá

el

artículo

39

inc.

1)

de

la

Constitución

de

la

República

de
Sudáfrica (1996) que dispone: “Interpretación de la Declaración de Derechos. Al interpretar
la Declaración de Derechos, el tribunal o foro deberá: (a) promover los valores esenciales
de
una

sociedad

abierta

y

democrática

basada

en

la

dignidad

humana,

la

igualdad

y

la
libertad;
(b)

considerar

la

legislación

internacional

vigente;

y

(c)

considerar

las

leyes
extranjeras”.
Con

base

en

ello,

la

Corte

Constitucional

Sudafricana

ha

utilizado

con
bastante
frecuencia

sentencias

del

Tribunal

Federal

Constitucional

Alemán

en

donde

ha
desarrollado
temáticas

como

la

dignidad

humana

y

el

principio

de

proporcionalidad,

así
como jurisprudencia de las Cortes Supremas de los Estados Unidos, Canadá y Australia
15
.
La Corte Suprema de los Estados Unidos, con su carga de historia y
autoridad ha
mostrado una actitud «front indifferent to hostile» a la citación del derecho extranjero
16
. A
lo interno de la Corte Suprema, se han encontrado aquellos jueces que condenan cualquier
referencia al derecho extranjero, en particular modo el ex juez Antonin Scalia para quien el
método
idóneo

para

interpretar

la

Constitución

es

el

originalista,

motivo

por

el

cual

el
14
ANSUÁTEGUI Francisco Javier. Derechos humanos y diálogo judicial entre América y Europa: ¿hacia
un nuevo modelo de Derecho, p. 13. En Rivista di scienze della comunicazione e di argomentazione giuridica,
año VII, Trieste, EUT Edizioni Università di Trieste, 2016.
15

LOLLINI

Andrea.

La

circolazione

degli argomenti:

metodo

comparato

e parametri

interpretativi

extra-
sistemici nella giurisprudenza costituzionale sudafricana, p. 453. En Rivista di Diritto Pubblico Comparato
ed Europeo, Turín, Giappichelli, 2007.
16

GROPPI

Tania.

Bottom

up

globalization?

Il

ricorso

a

precedenti

stranieri

da

parte

delle

Corti
costituzionali, p. 201. En Rivista Quaderni Costituzionali, número 11, Il Mulino, Bolonia, 2011.