HAIDEER MIRANDA BONILLA: Tensiones y conflictos entre las Cortes, Salas, Tribunales
Constitucionales y la Corte Interamericana de Derechos Humanos
16
más
acorde

con

los

principios

y

fundamentos

del

Derecho

Internacional

de

los

Derechos
Humanos, lo que demuestra claramente la plena vigencia del Estado de Derecho
29
.
4.2.
La

sentencia

número

TC/0256/14

del

Tribunal

Constitucional

de

la
República Dominicana
En
la
sentencia

número

TC/0256/14,
el
Tribunal
Constitucional
declaró
inconstitucional el instrumento de aceptación de la competencia de la Corte IDH suscrito en
1999
por

el

entonces

Presidente

de

la

República.

En

la

motivación

de

la

resolución,

la
mayoría de los jueces consideró:
“9.19. La aceptación de la competencia de la Corte IDH, para ser vinculante respecto al Estado
dominicano,
debió

haber

cumplido,

pues,

los

requerimientos

del

artículo

37

numeral

14

de

la
Constitución
de
2002
conllevan:
“aprobar
o
desaprobar
los
tratados
y
convenciones
internacionales que celebre el Poder Ejecutivo” 43. Sobre todo, en razón de que dicha aceptación
transfiere competencias jurisdiccionales que podrían lesionar la soberanía nacional, el principio
de la separación de los poderes, y el de no intervención en los asuntos internos del país, normas
invariables
de

la

política

internacional

dominicana.

No

bastaba,

en

consecuencia,

cumplir
únicamente con lo establecido en los artículos 62.1 y 62.3 de la CADH”
30
.
La sentencia contó con tres votos disidentes de las magistradas Bonilla Hernández y
Jiménez Martínez, así como del Magistrado Acosta de los Santos, quienes consideraron que
no era necesario la aprobación de la competencia de la jurisdicción interamericana por parte
del
Congreso,

en

razón

de

que

según

el

artículo

62.1

de

la

Convención

Americana,

la
aceptación puede hacerse sin necesidad de una convención especial y además determinaron
que la tesis de mayoría vulneraba el principio de Estoppel.
29

CORREA

FREITAS

Rubén.

Dialogo

entre

la

Suprema

Corte

de

Justicia

de

Uruguay

y

la

Corte
Interamericana
de

Derechos

Humanos,

p.

232.

En

VELANDIA

CANOSA

Eduardo

(Director

científico).
Derecho
Procesal

Constitucional.

Instrumento

facilitador

del

Diálogo

entre

Poderes.

VC

Editores

Ltda,
Universidad
La

Gran

Colombia,

Universidad

de

Córdoba,

Asociación

Colombiana

de

Derecho

Procesal
Constitucional, Asociación Mundial de Justicia Constitucional, Bogotá, 2022.
30
https://www.tribunalconstitucional.gob.do/content/sentencia-tc025614