HAIDEER MIRANDA BONILLA: Tensiones y conflictos entre las Cortes, Salas, Tribunales
Constitucionales y la Corte Interamericana de Derechos Humanos
10
obligatorio
cuando

estamos

en

presencia

de

un

diálogo

vertical,

el

cual

se

realiza

entre
órganos
de

diferente

jerarquía

que

forman

parte

de

un

sistema”,

es

decir,

dentro

de

un
organismo
de

carácter

convencional

o

supranacional,

o

bien,

facultativo

en

el

caso

del
diálogo horizontal, el cual, se desarrolla entre órganos judiciales del mismo nivel, el cual
tiene
como

principal

característica

su

discrecionalidad.

Asimismo

puede

ser

bi,

tri,
multidireccional, pues se tiene que llevar a cabo entre dos o más órganos judiciales, y no se
mide en términos cuantitativos, no debe existir un número mínimo de sentencias citadas o
que se trate sobre las mismas temáticas para que pueda ser acreditado, pues en relación a
esto último, la praxis evidencia que la interacción en la mayoría de los casos se presenta
sobre
temáticas

diferentes

en

derechos

humanos

18
.

Tiene

que

existir

una

verdadera
interacción que conlleve una cross fertilization. Otra de sus características es que puede ser
explícito o implícito.
Por otra parte, esta temática no es ajena a los conflictos y desacuerdos muy comunes
entre órganos judiciales donde se encuentran de por medio cuestiones interpretativas. Los
enfrentamientos
judiciales

siguen

siendo

frecuentes

en

la

vida

del

ordenamiento

jurídico
caracterizado por un constitucionalismo multinivel de normas y garantías en la protección
de los derechos fundamentales
19
. Tal y como evidencia la experiencia multinivel europea
en donde se han presentado conflictos y tensiones entre jurisdicciones constitucionales con
el
Tribunal

Europeo

de

Derechos

Humanos

y

con

el

Tribunal

de

Justicia

de

la

Unión
Europea.
Esto es coherente con las explicaciones dadas por los estudiosos interesados en los
conflictos:
a

pesar

de

que

los

agentes

que

operan

en

este

campo

ahora

compartan

la
necesidad de respetar los bienes constitucionales (los derechos fundamentales) concebidos
18

MIRANDA

BONILLA

Haideer.

Diálogo

Judicial

en

Derechos

Humanos,

p.

1632.

En

Cultura
Constitucional y Derecho Viviente. Escritos en honor al profesor Roberto Romboli. Gorki Gonzales Mantilla
(Coordinador). Tribunal Constitucional del Perú. Centro de Estudios Constitucionales, Lima, 2021.
19
MIRANDA
BONILLA
Haideer.
Diálogo
Judicial
Interamericano.
Entre
constitucionalidad
y
convencionalidad, p. 318.