GONZALO GÓMEZ RODRÍGUEZ: Resolución alterna de conflictos en modalidades de economía
colaborativa de transporte de personas: Apuntes para el debate legislativo desde la perspectiva de tutela al
consumidor
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reguladoras de mercados; sin embargo esto dependerá, entre otras variables, de la naturaleza
jurídica que por ley se le otorgue a los servicios de transporte de personas brindadas a través
de plataformas tecnológica, así como de la entidad administrativa que se determine, también
por
mandato

legislativo,

que

ejercerá

la

tutela

del

usuario

final

o

consumidor,

según

el
régimen aplicable.
A
pesar

de

las

diversas

potestades

antes

analizadas,

la

misma

ley

en

mención
establece que la Comisión Nacional del Consumidor no tiene competencia para conocer de
la anulación de cláusulas abusivas en contratos de adhesión, ni del resarcimiento de daños y
perjuicios, los cuales deberán ser analizadas por los órganos jurisdiccionales competentes,
debiendo por ende los consumidores acudir a la vía judicial. En este sentido, en el escenario
hipotético de que las plataformas estuvieran sometidas a la esfera de competencias de dicha
Comisión, los usuarios tendrían que acudir igualmente a instancias judiciales, sin que eso
implique una diferencia significativa en relación con los demás consumidores de otros tipos
de bienes y servicios.
4.2.2. Tutela administrativa en regulación de servicios catalogadas como
públicos o de interés general: Autoridades de Regulación de Mercados
Otra forma de tutela administrativa, distinta a la Comisión Nacional del Consumidor,
es la labor que ejercen las Autoridades de Regulación de Servicios Públicos o de Interés
General, conocidas en la doctrina como Agencias o Autoridades Nacional de Regulación,
enfocadas a servicios públicos (como es ARESEP), servicios disponibles al público (SUTEL)
o
mercados

regulados

particulares

(Superintendencia

General

de

Seguros-

SUGESE,
Superintendencia General de Valores -SUGEVAL). Cada una de estas Agencias tiene una
ley particular, en un contexto histórico determinado, que establece su competencia, alcance,
mecanismos de regulación y agentes económicos sometidos al régimen; sin que estén exentos
de
críticas

a

sus

funciones,

ni

tampoco

a

ideas

de

evolución

hacia

Autoridades
Administrativas convergentes.