Revista de Ciencias Jurídicas Nº 160 (1-27) ENERO-ABRIL 2023
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responsabilidad
condición
independientemente de la existencia de culpa, si el consumidor resulta perjudicado por razón
del bien o el servicio. También dicha normativa general, establece que los consumidores,
ante el establecimiento de cláusulas abusivas en contratos de adhesión, tiene el derecho de
acudir a las vías judiciales.
La
común
Tribunal Arbitral, para lo cual deben cubrir los gastos que se originen, podrán escoger los
árbitros de una lista o registro que deberá llevar la Comisión; aspecto que no impide que esta
última, como es entendible, conozca o continúe conociendo los aspectos no patrimoniales de
la controversia cuando estime qué está de por medio el interés de la colectividad.
En
desincentivada además por el Poder Ejecutivo quien en el Reglamento a la Ley Nº7472, en
los artículos 163 y 223, estableció que la imposición obligatoria de arbitraje por parte del
adherente en los contratos de adhesión se tendrán por no puestas en virtud del principio de
irrenunciabilidad de los derechos del consumidor.
Bajo esta perspectiva, de tutela administrativa al usuario final ejercida por medio de
la Comisión Nacional al Consumidor, se podría interpretar en principio, con base en dicha
estipulación reglamentaria, que una cláusula de arbitraje como la establecida actualmente en
los contratos de UBER y DIDI, por ser de carácter adhesiva, se tendría por no puesta en el
tanto estuvieran sometidas a este tipo de normativa. Sin perjuicio de lo anterior, el modelo
de regulación en el marco de la Ley Nº 7472
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podría ser utilizado para la regulación de las
plataformas en el tanto es una normativa “sombrilla” relativa a bienes y servicios de carácter
comercial, y que no tienen la connotación de servicios públicos atendibles por las entidades
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La sujeción a este tipo modelo general implicaría que también las plataformas estuvieran sometidas al ámbito
de regulación de la Comisión para Promover la Competencia (COPROCOM), especialmente en la fiscalización
de prácticas anticompetitivas; tema que escapa del alcance de esta investigación, pero que sin embargo ha sido
mencionado por quienes se oponen al funcionamiento de UBER y DIDI al alegar que están funcionamiento en
condiciones anticompetitivas y de competencia desleal.