Revista de Ciencias Jurídicas N°160 (1-33) ENERO-ABRIL 2023
21
en el tiempo, por lo que el asunto cabe dentro de la competencia temporal de la Corte y así
lo declaró, rechazando la objeción presentada.
Sobre la objeción por incumplimiento de la regla 40, inciso 5, de las Reglas de la
Corte,
que

tiene

que

ver

con

el

agotamiento

de

los

recursos

internos

por

parte

de

la
Comisión, de previo a la interposición de la demanda ante la Corte
43
, dispuso aquella que
toda demanda presentada debe cumplir con el requisito de agotamiento de remedios locales.
Consideró
que

la

regla

del

agotamiento

de

los

recursos

internos

refuerza

y

mantiene

la
primacía del sistema interno en la protección de los derechos humanos frente a la Corte.
Sobre
esto

mismo,

la

Corte

refirió

a

sentencias

anteriores,

donde

la

misma

ha
impuesto
como

requisitos

que

para

agotarse

la

exigencia

sobre

el

agotamiento

de

los
recursos
internos,

estos

deben

estar

disponibles,

ser

efectivos

y

suficientes

y

no

deben
prolongarse indebidamente.
44
Una vez que la demandante prueba que un asunto ha pasado
por los procedimientos judiciales internos correspondientes, el requisito de agotamiento de
los recursos internos se presumirá.
45
En
el

análisis

del

caso

en

concreto,

la

Corte

determinó

que

la

Comisión

aportó
prueba de que los miembros de la comunidad Ogiek han litigado en varios casos ante los
tribunales nacionales de la demandada, incluso algunas sentencias se han dictado contra la
población
involucrada

y

existen

otros

pendientes.

Siendo

esto

así,

el

Estado

demandado,
tuvo
la

oportunidad

de

abordar

el

asunto

antes

que

se

presentara

la

demanda

ante

el
Tribunal.
Sumado a esto, la Corte apuntó que, en los registros disponibles, se evidenció que
los casos sometidos a conocimiento de los tribunales internos de Kenia se prolongaron de
manera
indebida,

algunos

tardaron

de

diez

a

diecisiete

años

antes

de

ser

completamente
resueltos y otros se encontraban pendientes al momento de presentar la demanda.
46
De esa
forma,
la

Corte

observa

que

la

naturaleza

de

los

procedimientos

judiciales

y

el

papel
43
Corte Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, “Reglas de la Corte, Regla 40.5, (véase la nota
38). Traducción propia.
44

Citación

del

caso

Lohé

Issa

Konaté

vs.

Burkina

Fasa

(Sentencia

de

Fondo)

5

de

diciembre

de

2014,
párrafos 96 a 115; Caso Norbert Zonga (Sentencia de Fondo) 28 de marzo de 2014 párrafos 56 a 106 ” por la
Corte Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos, “Juzgamiento: caso 006/2012; 26 de mayo de 2017”,
párrafo
93,
consultada
el
01
de
junio
de
2022,
https://www.african-
court.org/cpmt/storage/app/uploads/public/5f5/5fe/9a9/5f55fe9a96676974302132.pdf
45
Corte Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos,
“Juzgamiento: caso 006/2012; 26 de mayo de
2017”, párrafo 94, (véase la nota 8). Traducción propia.
46
Ibid., párrafo 96.