ÓSCAR RODRÍGUEZ VILLALOBOS: Caso de la Comunidad Ogiek vs. Kenia, ante la Corte Africana de
Derechos Humanos
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siguientes criterios para
determinar si una comunidad debe ser entendida como indígena,
estos son: a. autoidentificación; b. apego especial y uso de su tierra tradicional, el cual tiene
una importancia fundamental para su bienestar físico y cultural; c. estado de subyugación,
marginación,
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culturas, formas de vida o modo de producción, en relación con el modelo hegemónico y
dominante.
La Corte consideró, a partir de un trabajo realizado por el Relator Especial de las
Naciones
poblaciones
reconocido y aceptado por estas poblaciones como uno de sus miembros (aceptación por
parte del grupo),
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lo cual, permite a la misma comunidad preservar el derecho soberano y
la potestad de decidir quién les pertenece, sin interferencia.
A
tiempo, por la ocupación que ha realizado de la selva Mau, tierra ancestral de estos, de la
cual dependen para su residencia y es su fuente de sustento. Se determinó que a pesar de
que
tienen su propio idioma, aunque actualmente se habla por muy pocos, y más importante,
conservan
vecinas,
quienes a su vez han mantenido interacción. Además de ello, se verificó que la comunidad
Ogiek ha sufrido marginación y despojo, producto del desalojo de sus tierras ancestrales y
por la falta del reconocimiento de su estatus como tribu. Es decir, el tribunal reconoce a la
comunidad
protección especial que se deriva de su vulnerabilidad.
27
Discriminaciones y Protección a las Minorías E/CNA/Sub.2/1986/7/AddA, párrafo 379”, citado por la Corte
Africana
párrafo
106,
consultada
el
01
de
junio
de
2022,
28
Traducción propia de “Opinión Consultiva de la Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos
sobre la Declaración de las Naciones Unidas sobre los Derechos de los Pueblos Indígenas, adoptada por la
Comisión Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos en su 41ª Sesión Ordinaria celebrada en mayo de
2007 en Accra, Ghana, en la página 4”, citado por la Corte Africana de Derechos Humanos y de los Pueblos,
“Juzgamiento:
caso
006/2012;
26
de
mayo
de
2017”,
consultado
el
14
de
julio