Revista de Ciencias Jurídicas N° 161 (1-34) MAYO-AGOSTO 2023
que pueden servir como garantía de una transacción de crédito, garantizar la protección a
terceros y establecer un sistema de ejecución moderno, eficiente y ágil.”
86
Como se observa, desde esta Ley se marca una tendencia que procura -en principio-
armonizar
impagos en las obligaciones, mediante una normativa y un sistema que favorezca esto, más
ágil
principio
87
,
múltiples otras normas se hace alusión a este y otros, siempre desde esa visión que designa
la ley.
El artículo 10 de la Ley en análisis, establece que “los derechos conferidos por la
garantía
garantía
88
,
medio de los registros que se establezcan y la debida inscripción registral.
89
Por su parte,
esa oponibilidad mencionada, se regula con más contundencia en el ordinal 35 de aquella,
al establecerse que la “garantía mobiliaria a la cual se dé publicidad mediante su inscripción
en el Registro será oponible frente a terceros desde el momento de su inscripción.”
90
Pese
inscripción tiene una connotación diferente de como se ha comprendido normalmente esta
desde el derecho patrimonial registral, ya que se da una flexibilización de esto al establecer
-por ejemplo- que “cualquier persona podrá efectuar la inscripción de la garantía mobiliaria
autorizada
efectuar
la
inscripción
de
una
prórroga
con
la
autorización
del
acreedor
garantizado.”
91
Asimismo, la norma crea como mecanismo para procurar dar agilidad, más
facilidad
inscripciones, modificaciones y prórrogas
92
y especifica que ese Registro del cual se hace
86
Ibid.
87
Ibid., art. 10.
88
Ibid., introducción.
89
Ibid.
90
Ibid., art. 35.
91
[aprobada en Sexta Conferencia Especializada Interamericana sobre Derecho Internacional Privado (CIDIP-
VI)
del
8
de
Febrero
de
2002],
art.,
36,
consultada
el
01
de
octubre
de
2022,
92
Ibid., art. 38 y 41.