ÓSCAR M. RODRÍGUEZ VILLALOBOS: Publicidad Registral vs. publicidad proveniente de las Garantías
Mobiliarias
Finalmente, realizado lo anterior, se procurará efectuar una comparación concreta de
ambas visiones -sistema registral, garantías mobiliarias-; de manera que se puedan ubicar
las
publicidad que deviene de la Ley de Garantías Mobiliarias, para emitir las conclusiones que
se obtengan.
2.
Origen de la publicidad registral
Respecto al origen del principio de publicidad registral, es preciso remontarse al año
1539, cuando en España, con la intención de “tener control de los actos que se realizaron en
torno a los contratos de censo e hipotecas, promulgó . . . la ´Real Prágmática´. Esta ley tenía
como fin que las ciudades y villas que fueran cabeza de jurisdicción tuvieran la obligación
de
2
consecuencia
efectos
oponibles al ulterior adquiriente de la finca, ni tampoco podrían alegarse en juicio”.
3
Como puede observarse, ya desde aquel momento se vislumbraba la necesidad de
tener una legislación que regulara la publicidad de ciertos documentos y las consecuencias
que se derivarían de su no aplicación. Se ha sostenido que esta ley se creó con el ánimo de
resolver
censo
positivo”.
4
Se
fomento del crédito protegiendo a los compradores de los censos a través de la publicidad
de los mismos, pero que no atiende la situación de necesidad de los vendedores. Tampoco
existe intención de favorecer el desarrollo del mercado inmobiliario, aunque de una efectiva
publicidad de los censos se habrían de beneficiar los compradores de bienes inmuebles que
2
Continental, 2016), 41.
3
Lacruz Berdejo, citado por Guadalupe Ortiz Mora, Guadalupe, Derecho Registral Patrimonial. (San José,
Costa Rica: Editorial Jurídica Continental, 2016), 41.
4
Ibid.