EDUARDO SOLANO SOLANO: El control político en Costa Rica y una propuesta desde el sistema
parlamentario británico
hechos, se deriva un tipo de responsabilidad pública, más claramente una forma
de delito político, -se reitera no tipificado en la legislación penal-que no puede
quedar impune.
5
Como se observa de la anterior cita, hay aspectos y actuaciones que no son de interés
judicial, pero
que

tienen

una

alta

responsabilidad política,

de

allí,

que

encuentran
amparo
en

el

control

político

para

ser

indagadas.

Se

entiende

que

la

institucionalidad
democrática representativa basa su fe en la elección popular (el voto); por tal motivo,
cuanto más informada esté la persona electora, mejor será su decisión, de allí que el
control
político

se

convierte

en

una

herramienta

para

brindar

mejores

insumos

a

la
ciudadanía
para

votar

(o

para

exigir

el

cumplimiento

de

sus

derechos,

entre

períodos
electorales).
Otro aspecto que resulta clave indicar sobre el control político, es que no debe entenderse
como un menoscabo al principio de la separación de poderes, o un intento de arrogarse
potestades del Poder Judicial, pues el control político es una legítima potestad del Poder
Legislativo y que forma parte del sistema de pesos y contrapesos.
Otro aspecto y concepto clave
es el de la responsabilidad política, la cual solo puede
determinarse bajo los procesos que tiene el control político. Tal concepto no es de interés
del Poder Judicial, pero resulta esencial para la vida democrática de un país, y como se
podrá
ver

más

adelante,

tiene

distintas

consecuencias

si

se

está

en

un

régimen
presidencialista o en uno parlamentario, también se puede indicar lo siguiente:
La
actividad

parlamentaria

encaminada

a

través

de

una

multiplicidad

de
mecanismos,
a

la

comprobación

de

la

actividad

del

Poder

Ejecutivo

y

la
verificación de su adecuación a los parámetros establecidos por el Parlamento,
susceptible
de

producir

consecuencias

diversas,

y

entre

ellas

la

exigencia

de
responsabilidad política del gobierno, eventualmente generadora de una influencia
viable sobre el comportamiento del sujeto controlado.
6
5
Alex Solís Fallas. “Control político y jurisprudencia constitucional”. (San José, 2000) 151
6
Joaquín García Morillo. “Aproximación a un concepto de control parlamentario” Revista de la Facultad
de Derecho de la Universidad Complutense . (Madrid, 1986) 57