Revista de Ciencias Jurídicas N° 162 (1-31) SEPTIEMBRE – DICIEMBRE 2023
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declaraba
así

el cese

de

pagos

(default

soberano)

de

la

deuda

pública

externa

del

país29,
aunque
a

diferencia

de

casos

posteriores

como

el

de

Argentina

(2001)

o

Grecia

(2015),
dicha decisión no se fundamentó en criterios meramente económicos.
Para Carazo, la decisión se legitimaba en una valoración político-social (por demás
muy
coherente

con

los

criterios

esgrimidos

en

el

Laudo

Talf

de

1923),

en

la

disyuntiva
entre
comer

y

pagar

la

deuda30.

Dicha

problemática

fiscal

la

analizó

Carazo

desde

tres
consideraciones:
1.
La
defensa

de

la

soberanía

nacional

frente

a

las

imposiciones

de

los

organismos
internacionales

(en

especial

el

FMI,

organismo

financiero

internacional

que

fue
finalmente expulsado del país);
2.
El enfrentamiento con la injusticia económica impuesta por el modelo de comercio
internacional (relacionada con las cuotas de exportación y las ganancias obtenidas
por los intermediarios);
3.
La defensa del nivel de vida alcanzado por los sectores populares31.
La posición tomada por la Administración Carazo Odio adquiere especial relevancia
cuando
se

considera

que

en

esa

época,

al

igual

que

hoy

con

las

reformas

tributarias
operadas
por

las

administraciones

Solís

Rivera

y

Alvarado

Quesada

(que

en

términos
generales responden a Programas de Ajuste Estructural), la reacción inmediata del FMI fue
presionar al gobierno costarricense para que redujese el gobierno y controlase los gastos32,
dando prioridad al pago de la deuda externa: es decir, que los actuales acuerdos de reforma
estructural entre Costa Rica y el FMI no son para nada novedosos.
Así

las

cosas,

para

tiempos

de

Carazo

Odio

la

posición

del

FMI

fue

tratar

de
imponer una reducción forzosa del Estado costarricense (Programa de Ajuste Estructural)
en
todo

lo

relacionado

con

el

área

social,

priorizando

al

mismo

tiempo

el

pago

de

los
créditos internacionales. Objetivos que, pese a la resistencia del gobierno de Carazo, treinta
años
después,

entre

2018

y

2022,

se

alcanzaron

plenamente

durante

la

administración
Alvarado Quesada.
29
Se debe recordar que ya entre 1932 y 1946 Costa Rica había decretado una moratoria de la deuda externa.
30
CARAZO,

Rodrigo.

Carazo: tiempo

y

marcha.

San

José

de

Costa

Rica:

Editorial

Universidad Estatal

a
Distancia. 1989.
31
Ídem.
32
Ídem.