Revista de Ciencias Jurídicas N° 162 (1-31) SEPTIEMBRE – DICIEMBRE 2023
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A pesar de ello, es sólo en los años 1982 (reforma de la Ley del Impuesto General
sobre las Ventas (IGV),
1988 (reforma general de la Ley del Impuesto
y
1995-1997 (reformas al Código
dichas iniciativas logran modificar
la
estructura tributaria del país, incluyendo la imposición del correlativo subsistema jurídico13. A las reformas señaladas por Rodríguez Garro se debe agregar aquella que se echa a
andar partir del año 2002, la que tiene como objetivo el paso de un sistema cedular de renta a uno de renta global o dual, así como la transformación del Impuesto General a las Ventas (IGV) en un Impuesto al Valor Agregado (IVA). Dichas medidas fueron y han sido defendidas por todos y cada uno de los gobiernos
de
(2022-2026),
argumentando
fortísimas presiones desde el
los
inversionistas al priorizar el pago de la deuda pública14. En
mediante la cual se transforma el IGV en un IVA,
aplicando un porcentaje tributario del 13% sobre cada transacción (Ley de Fortalecimiento de la Finanzas Públicas, Ley N° 9635 del 03 de diciembre de 2018). Se hace notar que en diversas ocasiones la administración Alvarado
que los organismos
internacionales requieren aumentos progresivos en dicho porcentaje, de manera que el país alcance el promedio impositivo de la OCDE, estimado en un 19%15. Aunado
dicha
reforma (la Ley N° 9635) introdujo importantes cambios tendientes a ampliar el número de contribuyentes, así como los montos de las obligaciones tributarias.
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MORALES CHAVARRÍA, S. “Hacienda da a conocer los cambios que pretende en impuestos de ventas y
renta”.
MARÍN, Claudia. “Carlos Alvarado no descarta aumentar impuestos después de 2019”.