FRANCISCO JIMÉNEZ SOLANO: El artículo 48 de la Ley de armas y explosivos, una norma olvidada: ¿aplicación analógica a favor del imputado o interpretación contraria al principio de legalidad?
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ideal
inalcanzable al que, sin embargo, deben acercarse lo más posible los tipos penales. De igual forma,
una
violación del principio
de legalidad. La persona operadora del derecho
puede, a través de
los métodos tradicionales de interpretación, darle sentido a una norma, pero siempre dentro del sentido
de las palabras contenidas en el tipo
penal. La persona juzgadora no
puede ir
más allá del sentido
de las palabras empleadas por quien
en una
analogía: “Es dentro del límite del sentido posible de las palabras o, más bien, dentro de las posibilidades del lenguaje, que debe investigarse el fin y la finalidad de la norma, es decir,
la
interpretación está cubierta por las palabras de la ley”.12 A modo de resumen, puede señalarse que el principio de legalidad es un parámetro
trascendental
raigambre
constitucional,
Un
supuesto en el que tradicionalmente se flexibiliza el principio de legalidad es el fenómeno de la ley penal en blanco. 1.2.
Las leyes penales en blanco y el test de legalidad
Pueden
la
constitucionalidad de las leyes penales en blanco a los supuestos en los que la remisión se da a normas de igual o
superior rango (leyes, convenciones o
la Constitución Política),
12
Francisco Castillo González, 115.
13
Cecilia Sánchez Romero y José Alberto Rojas Chacón, Derecho Penal, Aspectos Teóricos y Prácticos, (San
José: Juricentro, 2009), 184. 14
Claus Roxin, Derecho Penal. Parte General. Tomo I, (Madrid: Civitas, 1997), 156.
15
Eugenio Raúl Zaffaroni, 116.