FRANCISCO JIMÉNEZ SOLANO: El artículo 48 de la Ley de armas y explosivos, una norma olvidada:
¿aplicación analógica a favor del imputado o interpretación contraria al principio de legalidad?
6
Para
Castillo,5

la

función

básica

del

principio

de

legalidad

es

ser

una

garantía

para

el
individuo
frente

al

poder

punitivo

estatal.

Los

tipos

penales,

como

también

lo

expresa
Zaffaroni6, ostentan una función dual: habilitan el ejercicio
del poder punitivo, en el tanto
consagran
una

conducta

prohibida

y

sujetan

la

infracción

de

la

norma

a

la

posible
imposición de una pena. Pero también, son una garantía para el ciudadano y una limitación
para
el

Derecho

Penal,

pues

solo

las

conductas

expresamente

tipificadas

pueden

ser
penalmente
perseguidas,

sin

que

para

ampliarse

este

espectro

puedan

utilizarse

normas
infralegales
(prohibición

del

derecho

consuetudinario),

interpretaciones

analógicas
(prohibición de analogía en perjuicio) o de forma retroactiva.7
Es de relevancia detenerse en la prohibición de aplicación analógica de la ley penal,
como
expresión

del

principio

de

legalidad.

El

artículo

2

del

Código

Penal

costarricense
prohíbe
toda

aplicación

analógica

de

la

ley

penal

que

culmine

en

la

imposición

de

una
sanción.
Por

analogía

debe

entenderse,

de

acuerdo

con

la

Real

Academia

Española,8

un
razonamiento
basado

en

la

existencia

de

atributos

semejantes

en

seres

o

cosas
diferentes”.
La

interpretación

analógica

es,

por

ende,

aquella

que

busca

integrar

el

tipo
penal con situaciones similares, con la finalidad de llenar un vacío que ha dejado el texto
expreso de la norma que pretende aplicarse.
Sobre

la

interpretación

analógica

debe

destacarse

que

los

tipos

penales

no

están
ligados entre sí, por lo que no es un ejercicio de interpretación válido vincularlos a través
de sus semejanzas mediante la analogía.9
Por ende, el principio de legalidad no solo elimina
la posibilidad de integrar el tipo penal a través de analogías que perjudiquen al imputado,
sino
que

la

función

de

este

canon

como

garantía

exige

al

legislador

que

el

lenguaje
utilizado
para formular

los tipos penales sea preciso. Desde prácticamente su creación,

la
Sala Constitucional ha resaltado
la importancia trasversal del principio de legalidad como
garantía ciudadana:
Al hacer referencia el constituyente en el citado artículo 39 al término "delito", se
está
refiriendo

a

una

acción

típica,

antijurídica

y

culpable,

a

la

que

se

le

ha
5
Francisco Castillo González, 95.
6
Eugenio Raúl Zaffaroni, Derecho Penal, Parte General, (Buenos Aires: Ediar, 2002), 475.
7
Francisco Castillo González, 96.
8
Real Academia de la Lengua Española, Diccionario de la lengua española, 23.ª ed., (versión 23.5 en línea).
https://dle.rae.es/
9
Gilbert

Armijo

Sancho,

Del

control

político

al

control

constitucional:

El

principio

de

legalidad

penal,
(México: UNAM, 2006), https://archivos.juridicas.unam.mx/www/bjv/libros/6/2557/8.pdf .