Revista de Ciencias Jurídicas N° 162 (1-26) SEPTIEMBRE – DICIEMBRE 2023
13
Ley No. 8/1997; esto fue confirmado por los Decretos No. 1917/2006 y 81/M/200731. No
obstante,
mayo de 2008, Egipto revocó las licencias de zona
empresas como
EMG32 con la Ley No. 114/2008. En virtud de la Ley No. 8/1997 y de diversos decretos, Egipto confirió a EMG un derecho a operar bajo los beneficios otorgados por un régimen de zona económica especial hasta abril de 2025. Este derecho fue otorgado en virtud de la licencia concedida por el Decreto No. 1917/2006, prorrogado por el Decreto No. 81/M/200733. A criterio
establecida de acuerdo
con el sistema especial de zonas francas como vehículo de la inversión de las demandantes era parte integral de la inversión34. El tribunal
consideró que la inclusión de EMG dentro
del régimen de zonas francas en Egipto era parte fundamental de la estructura económica de la
cargos
públicos más altos, y que confirmó
mediante la emisión de la licencia específica a EMG,
confiriéndole
se
vuelve ajeno al ámbito del ejercicio ordinario de la potestad reglamentaria del Estado35. La
a
EMG, también eliminó un interés definido y valioso que había sido conferido válidamente de acuerdo con la legislación egipcia en el
momento en que se realizó la inversión y
que
había sido garantizado por el Estado durante un periodo definido, mediante un compromiso de
tales
beneficios no debían estar sujetos a las vicisitudes de los cambios en la política estatal36.
31
Ibídem, 155.
32
Ibídem, 156.
33
Ibídem, 172.
34
Ibídem, 181.
35
Ibídem, 182.
36
Ibídem, 183.