Dossier especial Jornada de Estudios
en Chambéry, Francia, 2021: 1-20 Julio-Diciembre
DOI 10.15517/rr.v0i0.43657
E-ISSN: 1659-2859
1
Libertad de expresión y administración de justicia en Venezuela 2002-2019
The Freedom of expression and the administration of Justice at Venezuela, from 2002 to
2019
Andrés Zambrano,
andresviana@gmail.com
1
1
Escuela de Altos Estudios
en Ciencias Sociales,
Paris, Francia.
Resumen
Introducción
El 28 de diciembre de 2006 el presidente Hugo Chávez
informa al país que el Estado no renovará la concesión
radioeléctrica al canal Radio Caracas Televisión. El
anuncio fue indicador de la alta conflictividad que existía
entre el gobierno y los medios de comunicación privados.
Objetivo
El conflicto entre estos actores ha sido reconstruido a
partir de cifras y la descripción de casos. De esta manera,
se proponen dos objetivos: primero, mostrar la
degradación de la libertad de expresión en Venezuela y;
segundo, introducir una reflexión sobre la condición de la
justicia en este país.
Método y técnica
Una descripción estadística de las cifras permite apreciar
la evolución cronológica del conflicto y, un análisis de
contenido de los casos muestra las estrategias utilizadas
para hacer ceder los intereses de periodistas y dueños de
medios.
Resultado
Este conflicto pone en evidencia tres condiciones del
orden político venezolano: la instalación de una rutina
autoritaria, la presencia de un nuevo grupo gobernante
que resulta vencedor del conflicto y la inexistencia de un
Poder judicial independiente.
Conclusiones
Para el año 2019, en Venezuela se habían perdido los
derechos a la opinión y a la información, convirtiéndose
la libertad de expresión en un objeto utilitario para el
gobierno. Este conflicto y su desenlace muestran cómo se
han profundizado los problemas que Venezuela tenía
antes de 1999, tanto desde el punto de vista de la libertad
de expresión como de la Administración de Justicia.
Palabras clave: Autoritarismo, Influencia partidista,
Independencia judicial, Medios de comunicación,
Venezuela.
Fecha de recepción:
30 de agosto del 2020
Fecha de aceptación:
12 de abril del 2021
Dossier especial Jornada de Estudios
en Chambéry, Francia, 2021: 1-20 Julio-Diciembre
DOI 10.15517/rr.v0i0.43657
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2
Cómo citar:
Zambrano, Andrés. 2021.
Libertad de expresión y
administración de justicia
en Venezuela 2002-2019.
Revista Reflexiones
Dossier especial Jornada
de Estudios en
Chambéry, Francia.
DOI 10.15517/rr.v0i0.4
3657
Abstract
Introduction
On December 28th, 2006, the President Hugo Chávez
announced to the population that the State will not renew
the radio licence to the television channel: Radio Caracas
Televisión. Consequently, a legal process and a political
conflict were initiated, leaving a milestone between the
government and the private media.
Objective
The conflict between these actors has been reconstructed
based on information obtained through non-
Governmental Organization. Having as objectives: first,
to show the degradation of freedom of expression in
Venezuela and; second, to introduce a reflection on the
condition of justice in this country.
Method and technique
The data information shows the chronological evolution
of the conflict and the cases show the strategies used to
yield the interests of journalists and media owners.
Outcome
This conflict, whose purpose was the moral elimination
of the other, highlights three conditions of the
Venezuelan political order: the installation of routine
authoritarian governance, the presence of a new ruling
party that is the winner of the conflict and the absence of
an independent Judicial System.
Conclusions
In 2019, the freedom to opinion and information had been
lost in Venezuela, becoming a utilitarian object for the
government. This conflict and its ending show how the
problems that Venezuela had before 1999 have deepened,
both from the point of view of freedom of expression and
the Administration of Justice.
Key Words: Authoritarianism, Party influence, Judicial
independence, Media, Venezuela.
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Introducción
El 3 de agosto de 1999, en Venezuela, inicia el funcionamiento de una Asamblea
Nacional Constituyente (ANC), cuya finalidad era redactar una nueva Constitución con la
pretensión de refundar la Republica. Sin embargo, esta asamblea no se limitó a dicha función,
puesto que la ANC intervino en prácticamente todas las instituciones del Estado. Fueron
disueltos tanto el Congreso como la Corte Suprema de Justicia. De igual manera, la ANC
intervino el Poder Judicial (ANC, 1999), todo ello en contra de la Constitución de 1961 que no
había sido derogada ni sustituida.
Aprobada la nueva Constitución de Venezuela, el 15 de diciembre de 1999 todos los
poderes públicos debían ser relegitimados. En consecuencia, la ANC nombró un nuevo
Contralor General de la República, un nuevo Fiscal, a los nuevos directivos del Consejo
Supremo Electoral y convocó a elecciones generales
. Ninguno de estos procedimientos estaba
previsto en la nueva Constitución de 1999, por lo que dichas irregularidades desplazaron a los
antiguos partidos tradicionales del poder
.
El 13 de noviembre de 2001 el Gobierno aprueba por decreto 49 leyes económicas. Con
la finalidad de protestar contra estas leyes, el 10 de diciembre del mismo año se paraliza buena
parte de la actividad comercial e industrial del país durante 12 horas. Los meses siguientes, en
las calles los ánimos se caldeaban y las demostraciones de fuerza entre gobierno y oposición
rallaban la hostilidad (Provea 2010, 96). Así, el 11 de abril de 2002, una multitudinaria
manifestación de opositores al gobierno intentó llegar al Palacio presidencial de Miraflores, la
confusión reinó. Una serie de enfrentamientos entre fuerzas del orden público, grupos ilegales
armados y manifestantes produjo al menos 16 muertos y una cantidad de heridos apreciable
(CIDH 2002, 1).
Debido a lo anterior, el presidente Chávez pronunció un discurso en el mismo momento
en que comenzaban los enfrentamientos: «el apoyo de las televisoras privadas ha sido
fundamental para generar este problema porque, repito no hay razón, no hay ninguna razón [que
justifique toda esta violencia]… señores de los medios de comunicación social. Yo les hago un
llamado a que reflexionen y que cambien sus métodos y que orienten de verdad a esa gente que
les sigue»
(Chávez 2002, 7). La noche del 11 de abril Chávez es depuesto de la presidencia, al
día siguiente un improvisado gobierno toma el Palacio de Miraflores. Sin embargo, el 13 de
abril, militares leales al gobierno dirigen una contraofensiva que permite la toma del Palacio
presidencial y el retorno de Hugo Chávez a la Presidencia. Debido a los sucesos de abril del
2002, los enfrentamientos no terminarían allí.
El 2 de diciembre del mismo año la oposición paralizó las actividades económicas de
carácter general en contra del gobierno. Esta huelga fue promovida por la principal federación
de empresarios, Fedecámaras; así como también por la mayor (aunque menguante) federación
sindical del país, la Confederación de Trabajadores de Venezuela CTV, y la nómina mayor de
Petróleos de Venezuela PDVSA, la industria petrolera del Estado; dicha iniciativa estuvo
ampliamente apoyada por los medios de comunicación privados.
Decreto sobre el régimen de transición del poder público. Gaceta No. 36.857 (1999).
Principalmente la Acción Democrática (AD) y el Comité de Organización Política Electoral Independiente
(COPEI). Quienes desde 1958, con el fin de la dictadura militar y el inicio de la época democrática en Venezuela,
establecieron un acuerdo bipartito para gobernar el país, acuerdo denominado “pacto de punto fijo”.
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Durante los meses de diciembre y enero los medios audiovisuales nacionales no
emitieron la programación habitual, y tampoco la publicidad comercial. En reemplazo de la
primera, los canales privados pusieron al aire debates relacionados con la actualidad política,
de claro contenido contrario al gobierno. La publicidad fue remplazada por mensajes que, bajo
la autoría de la Coordinadora Democrática, pedían de manera insistente, la renuncia del
presidente o la convocatoria a un referendo para definir su continuidad en el cargo (Sojo 2004,
10)
.
Los periódicos de alcance nacional también brindaron su apoyo. Algunos no circularon
los primeros días, pero después decidieron seguir editando tirajes donde sólo se exponía el
desarrollo y el éxito del paro. Entre diciembre 2002 y enero 2003, casi la totalidad de la industria
petrolera estuvo paralizada. A principios de febrero, el gobierno interviene militarmente
PDVSA y retoma, poco a poco, el control de la industria y sale victorioso de esta nueva batalla.
Finalmente, el 29 de mayo de 2003 se firma un acuerdo, en el cual el Gobierno y la oposición
acuerdan una solución del conflicto mediante la celebración de un referendo revocatorio. El 15
de agosto de 2004 el presidente Hugo Chávez gana el referendo revocatorio con el 59% de los
votos y es ratificado en su mandato por los restantes dos años. Es en este contexto que llegamos
al año 2006, que será de campaña presidencial.
El 3 de diciembre de 2006, con una abstención del 26%, Hugo Chávez gana un tercer
periodo de gobierno con el 63% de los votos. Pocos días después, el 28 de diciembre, el
presidente Chávez informa al país que no renovará la concesión radioeléctrica al canal de
televisión RCTV, la cual finaliza el 27 de mayo de 2007. Este hecho marcó un hito en la relación
entre el Gobierno y los medios de comunicación privados, esto porque con la reelección de
Hugo Chávez los medios debían enfrentarse a un nuevo grupo dirigente que logsobreponerse
a una serie de embates, que a su vez configuraron un orden donde solo las relaciones
autoritarias tenían cabida. De esta manera, el conflicto entre antiguos y nuevos grupos de poder
haría pagar un muy precio alto a la libertad de expresión.
El comportamiento de los medios de comunicación privados durante la huelga petrolera
que culminó en febrero del 2003 marcó el actuar del gobierno desde dos puntos de vista.
Primero, la transformación de su capacidad comunicacional y, segundo, su política hacia los
medios de comunicación privados. Con respecto al primer punto, se hicieron fuertes inversiones
en la modernización de las televisoras, radio y prensa del Estado; también en el funcionamiento
del canal de televisión internacional TeleSur y en la promoción de radios comunitarias
financiadas por el gobierno. Desde el segundo punto de vista, la relación de contrincantes, entre
medios y gobierno, se había hecho evidente. A partir del año 2003, se hizo sistemático el uso
de al menos tres prácticas: (1) la imposición de multas a través del Servicio Tributario y de la
Comisión de telecomunicaciones
, (2) el enjuiciamiento y la condena a periodistas
y (3) la
La Coordinadora Democrática fue una alianza de distintas organizaciones de oposición al gobierno de Hugo
Chávez, conformada principalmente por partidos políticos, sindicatos y asociaciones de empresarios.
El Servicio Nacional Integrado de Administración Tributaria (SENIAT) y de La Comisión Nacional de
Telecomunicaciones (CONATEL).
El 15 de julio de 2003, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, en su Sentencia 1942, legitimó
las leyes de desacato. Esto permitió la imputación de periodistas y periódicos por tratar asuntos vinculados a
personalidades políticas. Entre 2003 y 2006, los casos más emblemáticos fueron los de los periodistas Dariana
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negación de divisas para la importación de equipos o insumos
. Veamos a partir de algunas
cifras y casos el desarrollo y las consecuencias de este conflicto hasta el año 2019.
Cómo se amordaza la opinión pública
Para movilizar los recursos del aparato administrativo del Estado es necesario un marco
legal y organizacional. Razón por la cual, a continuación, se listan las leyes que justifican y las
organizaciones que operan las acciones del gobierno venezolano para con los medios de
comunicación. El marco legal venezolano que regula los medios de comunicación está
constituido principalmente por:
1. La Ley Orgánica de Telecomunicaciones promulgada en la Gaceta Oficial N° 36.970 del
12 de junio de 2000. Regula la realización de las actividades económicas de
telecomunicaciones, más no el contenido de las transmisiones.
2. La Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión (Ley Resorte) promulgada en
Gaceta oficial 38.081 del 7 de diciembre de 2004. Tiene al menos dos reformas
conocidas, la del 12 de diciembre de 2005 (Gaceta Oficial 38.333) y la del 7 de febrero
de 2011 (Gaceta Oficial 39.610), esta última para incluir los Medios Electrónicos.
Regula el contenido de las transmisiones, rige el funcionamiento de la Comisión Nacional
de Telecomunicaciones CONATEL y del Directorio de Responsabilidad Social,
instancias que garantiza la ejecución de la ley.
3. La Ley de la Comunicación del Poder Popular promulgada en la Gaceta Oficial 6.207
del 28 de diciembre de 2015. Regula las difusiones en los medios alternativos y
comunitarios financiados, casi en su totalidad, por el Estado.
4. La Ley contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia promulgada en la
Gaceta Oficial 41.274 del 8 de noviembre de 2017. Prohíbe toda propaganda y
mensaje que promueva cualquier forma de discriminación y violencia. Crea la Comisión
para la Promoción y Garantía de la Convivencia Pacífica; instancia que garantiza la
ejecución de la ley y que actúa más allá de los medios de comunicación.
Una serie de organizaciones pertenecientes al Estado inciden en el funcionamiento de los
medios de comunicación en Venezuela. La Compañía Anónima Nacional de Teléfonos de
Venezuela (CANTV), estatizada en el año 2007, controla el acceso a internet. La Comisión
Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) controla el espectro radioeléctrico para la radio
y la televisión. El Complejo Editorial Alfredo Maneiro (CEAM), creado en 2013, monopoliza
la importación y distribución de materia prima para las imprentas. Desde 2003, la Comisión
Bracho, Patricia Poleo, Ibeyise Pacheco, Napoleón Bravo, Manuel Isidro Molina, Henry Crespo Fonseca y Julio
Balza. Además de los periódicos Tal Cual, El Universal y El Nacional.
El 5 de febrero de 2003 se decretó un Control de cambios, creándose la Comisión de Administración de Divisas
(Cadivi) que ha funcionado sin interrupciones hasta el momento de escritura de este artículo (junio de 2020).
Durante el gobierno de Jaime Lusinchi (1984-1989), la agencia encargada del Control de cambios (Recadi) negó
el acceso a dólares al canal de televisión RCTV y a la prensa escrita a causa de su nea editorial opuesta al gobierno.
Una referencia puede leerse en Ojeda y Cañizález (2017). Sin embargo, se trataba de eventos esporádicos en la
vida política de Venezuela. Después de 2003, este tipo de eventos se convirtieron en práctica sistemática al
transformar un instrumento de regulación económica en un dispositivo de control político.
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Nacional de Administración de Divisas (CADIVI, hoy CENCOEX) administra el acceso a las
divisas mediante una política de control de cambio. El papel periódico y la tinta son importados,
de la misma manera que los equipos y piezas para mantener el funcionamiento de imprentas,
de la radio y de la televisión.
La existencia de leyes y organismos que las ejecuten no es, en principio, un problema. A
menos que se busque expresamente discriminar a un grupo de la sociedad, leyes y la burocracia
son condiciones necesarias para el funcionamiento de toda colectividad organizada bajo un
Estado. Es la discrecionalidad en la ejecución de la ley lo que confunde la fuerza y los intereses
políticos de un gobierno con los del Estado, lo cual indica un problema y un malestar social.
En Venezuela, este marco legal y organizacional estuvo y está dispuesto para el ejercicio de
prácticas anti-políticas sistemáticas. La finalidad es la creación de un ambiente de temor para
con los periodistas (a través de la violencia en los ambientes de trabajo y el hostigamiento
judicial) y, la práctica de la autocensura hacia los dueños de medios de comunicación (mediante
multas, encarcelamiento y la restricción de acceso a insumos).
Para tomar nota de estas prácticas sistemáticas existen diferentes fuentes
gubernamentales y no gubernamentales a partir de las cuales se puede componer un panorama
de la situación del ejercicio de la libertad de expresión e información en Venezuela. Con el fin
de tener una visión retrospectiva he seleccionado como fuente el informe anual sobre la
Situación del derecho a la libertad de expresión e información en Venezuela de la organización
no-gubernamental sin fin de lucro Espacio Público
. Este informe utiliza la misma metodología
de recolección de datos desde el año 2002, lo que permite una comparación histórica de sus
cifras. Asimismo, la metodología utilizada se encuentra explicitada en sus informes, lo que
ayuda a delimitar el alcance de las interpretaciones que puedan hacerse. Al seguir las categorías
utilizadas por Espacio Público se distinguen tres grupos de prácticas:
1. La violencia: agresión, ataque, amenaza, intimidación, hostigamiento verbal y
muerte.
2. La intervención legal: hostigamiento judicial, restricciones legales y administrativas
(multas, prisión, cierre del medio).
3. La censura: ediciones confiscadas, difusión restringida o impedida, presión sobre los
auspiciantes, restricción a los insumos (acceso a divisas), compra del medio
.
De estos informes se obtiene una serie histórica desde el 2002 hasta el 2018. El gráfico
ha sido elaborado a partir del cálculo de una media móvil simple. La tabla de cifras y cálculos
se encuentra en anexo. En la Figura 1 se muestran los casos registrados de violaciones a la
libertad de expresión e información y se distinguen los tres grupos de prácticas listadas. La
violencia y la censura tienden a disminuir tras el convulsionado período 2002-2005, en el que
se produjo un golpe de Estado (2002), la paralización de la industria petrolera (2003) y el
referendo revocatorio presidencial (2004).
La búsqueda de una solución electoral al conflicto parecía haber calmado los ánimos.
Los informes están disponibles en http://espaciopublico.ong
He agregado la práctica “compra del medio”, al parecer, no considerada originalmente en los informes de Espacio
Público.
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Sin embargo, a partir de la reelección de Hugo Chávez en 2006, los casos de violencia e
intervención legal repuntan; en el año 2007 se produce el cierre del canal de televisión RCTV.
El número de casos de violencia e intervención legal se mantendrá dentro de un rango estable
entre 2008 y 2012. En cambio, los casos de censura no dejan de aumentar desde 2006. Son
años marcados principalmente por las enmiendas constitucionales, las estatizaciones y el inicio
de la recesión económica. Al parecer, la relación entre los medios de comunicación privados y
el gobierno había entrado en una rutina.
Figura 1. Violaciones a la libertad de expresión e información Venezuela 2002-2018 (casos)
Fuente: Informes Espacio Público 2002-2018.
Continuando con el gráfico 1, el año 2013 marca un hito en el uso de las prácticas para
ejercer presión sobre los medios de comunicación. Tras el deceso de Hugo Chávez en marzo de
2013, la elección de Nicolás Maduro implicó diversas demostraciones de fuerza para reafirmar
el control del poder por parte del grupo gobernante. Las primeras protestas de 2014 produjeron
al menos 43 muertos; a finales de 2016 el gobierno impidió la convocatoria de un referendo
revocatorio al Presidente, así como la anulación de los poderes de la Asamblea Nacional
(controlada por la oposición) por la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia y la
instalación de una Asamblea Nacional Constituyente en 2017, estos hechos generaron
multitudinarias protestas cuya represión causó al menos 131 muertos. Finalmente, en un
controvertido proceso electoral, Nicolás Maduro resulta reelecto en 2018
.
Como se evidencia a lo largo de la serie 2002-2018, la violencia es la práctica más fácil
de ejercer en la calle, en la sede de los organismos públicos, contra la sede de medios de
comunicación o la amenaza hecha vía telefónica, electrónica o cuerpo a cuerpo. Esto se observa
en el Figura 1 (con la cantidad absoluta de casos) y lo confirmamos en el Figura 2, donde se
Para las cifras de fallecidos en las protestas de los años 2014 y 2017 léase: Organización de Estados Americanos
(2018).
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presenta el uso relativo de las estrategias para obligar a ceder en sus intenciones a periodistas y
dueños de medios de comunicación.
Figura 2. Violaciones a la libertad de expresión e información Venezuela 2002-2018
(uso relativo de las estrategias).
Fuente: Cálculos propios a partir de los Informes Espacio Público 2002-2018
En la serie de casos expuestos, 2 de cada 3 actos de presión son clasificables en la
categoría violencia. La censura no deja de aumentar desde 2008 y toma una mayor
importancia relativa a partir de 2010 en comparación con la intervención legal. Esto no
responde al desuso progresivo de la Administración de Justicia para intervenir sobre los medios;
véase en el Figura 1 que desde 2011 los casos de hostigamiento judicial (multas, prisión, cierre
del medio) aumentan. Sin embargo, las prácticas propias de la censura se multiplican a mayor
velocidad: las ediciones confiscadas, la presión sobre los auspiciantes, la restricción a los
insumos y, finalmente, la compra del medio para controlarlos. Desde 2013 hay un evidente
aumento de la represión de la libertad de expresión. A continuación, en la Figura 3, una imagen
cuyo simbolismo representa, en parte, las condiciones para el ejercicio de la libertad de prensa
y opinión en Venezuela.
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Figura 3. Un fotoperiodista de Reuters corre mientras efectivos de la Guardia
Nacional Bolivariana avanzan durante una protesta en las afueras del Tribunal
Supremo de Justicia, en Caracas, el 31 de marzo de 2017.
Fuente: Fotografía de Ariana Cubillos / AP.
Para completar el panorama que ofrecen estas cifras, es de interés mostrar algunas
estrategias para hacer ceder los intereses de periodistas y dueños de medios. Para ello, he
seleccionado cinco casos que representan de buena manera la rutina anti-política que se
estableció en Venezuela. En todos estos casos hubo agresiones a los equipos periodísticos (por
simpatizantes del partido del gobierno y grupos armados) y amenazas a la integridad personal
y familiar.
Dentro de esas formas de violencia y amenaza se encuentran la ausencia de acceso a la
información de fuentes gubernamentales (alocuciones presidenciales, ruedas de prensa,
informes, datos administrativos, sesiones parlamentarias), la negación de acceso a edificios del
Estado (hospitales, ministerios, sedes de Poderes Públicos); también ataques contra las sedes
de diarios y canales de televisión, realizados por grupos para-militares, en ocasiones con
armamentos pertenecientes a las fuerzas de orden público (granadas fragmentarias, bombas
lacrimógenas, disparos de armas de fuego), así como detenciones temporales de periodistas por
cubrir manifestaciones o sucesos de índole política, arrestos realizados por fuerzas policiales y
militares, presentación de periodistas ante tribunales civiles y militares. Asimismo, se
encuentran la suspensión de emisiones televisivas y de artículos de prensa por presiones
gubernamentales sobre los dueños de los medios o por acciones jurídicas, procedimientos
fiscales y las sentencias judiciales que se traducen en multas y confiscación de bienes, medidas
acompañadas del retiro de la publicidad de las empresas de Estado y de los anuncios de la
Administración pública; además de presiones del gobierno a anunciantes privados para no
colocar su publicidad en el medio, y la negativa de importación de insumos, lo que lleva a los
medios a una situación financiera insostenible.
Tres escenarios resultaron para estos cinco medios de comunicación: el canal de
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televisión RCTV y el Grupo editorial 6to poder fueron cerrados; el canal de televisión
Globovisión y el periódico El Universal fueron comprados por empresarios afines al gobierno
a través de testaferros; y, finalmente, al periódico El Nacional se le ha permitido funcionar en
mengua
.
El canal de televisión RCTV
Radio Caracas Televisión fue fundada el 15 de noviembre de 1953 y forma parte del
conglomerado venezolano Empresas 1BC. Luego del golpe de Estado de 2002, Andrés Izarra,
gerente de Producción de El Observador, noticiero de RCTV, denunció la censura informativa
realizada por el canal, la parcialización política de la línea editorial y el irrespeto del trabajo
profesional de los periodistas por parte de la planta. En 2004, Izarra fue designado Ministro de
Comunicación e Información (Villegas 2012, 32); su padre William Izarra es un militar retirado
que fue Senador y Viceministro de Relaciones Exteriores durante el gobierno de Hugo Chávez.
El 28 de diciembre de 2006, el Presidente de la República afirmó que en 2007 culminaría
la concesión del espectro radioeléctrico de señal abierta de RCTV y la misma no sería renovada.
El 25 de mayo de 2007, el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ordenó poner a disposición de
la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL) las antenas que difundían la señal
de RCTV para garantizar la transmisión de un nuevo canal del Estado en todo el territorio
nacional, la Televisora Venezolana Social, TVES (TSJ 2007).
El 27 de mayo a la medianoche la señal de RCTV sale del aire. La empresa estaba
preparada para continuar sus transmisiones como un canal distribuido en televisión por
suscripción (cable y satelital) a través de “RCTV Internacional Corporation” (RCTV I). La
CONATEL comunica a RCTV I que para transmitir su señal debe cumplir con una serie de
requisitos administrativos antes del 1 de agosto de 2007, en el caso de no cumplirlo, se
sancionaría a las empresas que venden la programación de RCTV I por suscripción. La Cámara
Venezolana de Televisión por Suscripción reaccionó y demandó al presentar un amparo ante la
Sala Constitucional del TSJ, la cual determinó la no existencia de un marco regulatorio que
permitiera sancionar a las operadoras de televisión por suscripción. Sentencia que calmaría
temporalmente los ánimos del gobierno.
En junio de 2009, el director de CONATEL, Diosdado Cabello, anunció la reforma de
la Ley Orgánica de Telecomunicaciones con la finalidad de ejercer un mayor control de la
televisión por cable. La reforma implicó que un canal solo podrá ser considerado internacional
si más del 70% de su programación es foránea; de lo contrario, se le calificará como nacional y
deberá cumplir con la regulación de la Ley de Responsabilidad Social en Radio y Televisión.
Con ello, RCTV I tendría que cumplir nuevos requisitos para seguir transmitiendo su
programación. Ante una situación de incertidumbre, en enero de 2010, los servicios de tv por
suscripción retiraron a RCTV Internacional de su programación. En consecuencia, el Grupo
1BC anunció la creación de un nuevo canal llamado RCTV Mundo y la regularización del canal
RCTV Internacional según las nuevas normas de la Ley. El 4 de marzo de 2010, Conatel publicó
la Providencia administrativa PADSR-1.569, e indicó que los trámites para el caso de RCTV I
Estos son cinco de una amplia lista de casos. En 2009 se cerraron 34 emisoras de radio privadas y en 2017 otras
45 estaciones; siendo el caso más conocido el del Circuito Nacional Belfort. La venta del Grupo Editorial Cadena
Capriles con sus diarios Últimas Noticias, El Mundo Economía y Negocios, y Líder En Deportes. Además de
medios regionales y locales adquiridos por entes gubernamentales o cerrados a causa de la crisis económica. Una
compilación se encuentra en https://ipysvenezuela.org/propietariosdelacensura/censura-y-autocensura.html
(consultado el 12 de febrero de 2020). Otro desenlace es el de los medios que se adaptaron a las nuevas normas de
convivencia para evitar pérdidas materiales mayores; son un ejemplo las televisoras nacionales Televen y
Venevisión, igualmente la editorial El Bloque de Armas.
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se realizaron fuera del lapso establecido. Sobre RCTV Mundo, la documentación de la empresa
se consideró inexacta e incompleta, “[impidiendo] a esta Comisión calificar o no de nacional el
servicio a ser ofrecido”. La señal del canal no volv a las pantallas (HRW 2012, 57-58).
El Grupo Editorial 6to Poder
En comparación con otros medios de comunicación, 6to Poder es un grupo editorial de
mediano tamaño, pero de amplio alcance mediático. Fundado en 2008, llea estar conformado
por los periódicos impresos 6to Poder y El Comercio, el sitio 6toPoderWeb, la Revista Usex,
la encuestadora 6to Poder Datos y la emisora 6to Poder Radio. Su fundador y accionista
mayoritario fue Leocenis García, de profesión periodista, sin vinculaciones partidistas
conocidas públicamente ni pretensiones políticas. Desde el 2006, García se encargó de hacer
investigaciones sobre los contratos y negocios en la petrolera estatal PDVSA. En 2008 es
arrestado, acusado de actos violentos y porte ilegal de arma de fuego. En la carta del 4 de mayo
de 2010 García se dirige a los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) para
recordarles que está detenido desde hace 730 días, sin ser enjuiciado. Será liberado en junio del
mismo año.
En agosto del 2011 se dicta una prohibición de circulación del semanario 6to Poder y
un proceso judicial contra sus directivos. La causa fue un fotomontaje y un reportaje titulado
Las poderosas de la revolución bonita. ¿Quién es quién? Las mujeres de Chávez en el poder”,
en el que se critica la sumisión de las mujeres en los altos cargos del Poder Público al presidente
Hugo Chávez. Como recurso humorístico, en el fotomontaje las funcionarias fueron
representadas como bailarinas de cabaret
. Leocenis García, que evitó ser arrestado, anunció
que se entregaría a las autoridades si anulaban la prohibición de circulación del semanario. La
negociación fue aceptada y García se entregó a las autoridades. Preso durante casi tres meses,
obtuvo libertad condicional tras una huelga de hambre de 87 días. Finalmente, se le concedió
el beneficio de arresto domiciliario. La línea editorial de 6to Poder continuaría siendo crítica
con el gobierno (Martínez 2012, 52).
El 30 de julio de 2013, acusado de corrupción y enriquecimiento ilícito, García es
nuevamente arrestado. Realizó otra huelga de hambre, que se extendió por poco más de un mes,
el 28 de septiembre se le permitió que continuara su juicio en libertad. En 2013, el Grupo 6to
Poder intentó crear un canal de televisión, pero el gobierno no autorizó los permisos necesarios.
El 22 de marzo de 2015, García es detenido nuevamente, bajo el cargo de evasión fiscal; fue
liberado días después para ser enjuiciado en libertad. El 5 de mayo de 2015 se ejecutó una
medida de incautación de bienes al Grupo 6to Poder, lo que obligó el cierre forzoso de la
empresa.
Las cuentas bancarias de García y las del grupo empresarial fueron bloqueadas, lo que
provocó el cierre definitivo de los seis medios de comunicación pertenecientes al Grupo. El 4
de julio de 2016, a García le fue revocada la medida de arresto domiciliario mediante una orden
de captura en su contra. Estuvo detenido hasta el último día de ese año, fue liberado en la víspera
de año nuevo. En la actualidad, Leocenis García se dedica a la política como líder del
movimiento Prociudadanos, que lucha por los derechos civiles. Hasta principios de 2020 no se
había dado sentencia a ninguno de los procesos por los cuales fue encarcelado. El Grupo
Editorial 6to Poder dejó de funcionar.
En el fotomontaje aparecen Luisa Estella Morales, presidenta del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ); Luisa
Ortega Díaz, Fiscala General; Gabriela Ramírez, Defensora del Pueblo; Adelina González, Contralora suplente;
Tibisay Lucena, presidenta del Consejo Nacional Electoral, y Blanca Eekhout, vicepresidenta de la Asamblea
Nacional. Véase la Sentencia 541 del Tribunal Supremo de Justicia. Sala de Casación Penal de 8 de diciembre
de 2011.
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El canal de televisión Globovisión
Globovisión inició sus transmisiones en 1994, es el primer y único canal de televisión
especializado en información en Venezuela. Dedicado completamente a las noticias y con una
línea editorial fuertemente opuesta al gobierno. Como en el caso RCTV, la postura de los dueños
de Globovisión durante el golpe de Estado y la huelga petrolera tendría consecuencias más allá
de la esfera judicial. Durante el 2003, la CONATEL aplicó a Globovisión una serie de multas
por evasión de impuestos y se confiscaron equipos de trasmisión pertenecientes a la estación,
por presunto uso ilegal de frecuencias radioeléctricas. El 4 de junio 2005, el Tribunal Superior
de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de
Caracas declaró con lugar un recurso de nulidad interpuesto por Globovisión contra el pago de
una de las multas impuestas por la Comisión Nacional de Telecomunicaciones. El 6 de junio,
el TSJ destituyó de su cargo al juez superior de lo Contencioso Tributario, Raúl Márquez.
Nuevos procedimientos administrativos sancionatorios contra el canal de televisión se
sucedieron en los años siguientes.
El 21 de mayo de 2009, la quinta “La Cerradura”, propiedad del presidente de
Globovisión, Guillermo Zuloaga, es allanada y son decomisados 24 vehículos que se
encontraban estacionados en dicho lugar. El Ministerio Público imputó al Presidente de
Globovisión y a su hijo por el presunto delito de usura genérica tras el allanamiento de “La
Cerradura”. El 12 de junio de 2010, el Tribunal 13° de Control de Caracas dictó una orden de
aprehensión en contra de Guillermo Zuloaga y su hijo Guillermo Zuloaga Siso, ambos huirían
a los Estados Unidos.
Entre junio y julio de 2010, el Estado interviene el Banco Federal por problemas de
liquidez, entidad perteneciente a Nelson Mezerhane, quien es accionista mayoritario de la planta
televisiva Globovisión. El banco será liquidado y sus activos pasados al Estado. Semanas antes,
voceros del gobierno (José Vicente Rangel, Mario Silva y Alberto Nolia), todos conductores de
programas de opinión en el canal del Estado Venezolana de Televisión, comentaban que el
Banco Federal presentaba problemas financieros, algo que fue reafirmado por el presidente
Chávez durante una entrevista. Al mismo tiempo, el gobierno interviene la empresa Sindicato
Ávila C.A, también perteneciente a Mezerhane y que detenta el 20% de las acciones de
Globovisión, estas pasaron a manos del gobierno venezolano (CIDH 2010, 118).
Entre los años 2010 y 2012, hubo nuevas sanciones administrativas. Dos de entre ellas
son de relevancia mayor, la del 18 de octubre de 2011 (multa) y la del 28 de junio 2012
(embargo de bienes) que originaron una situación financiera insostenible para la planta
televisiva. En consecuencia, el 13 de mayo de 2013, Globovisión es vendida a los empresarios
Raúl Gorrín, Juan Domingo Cordero y Gustavo Perdomo. En los meses subsiguientes ocurrirá
una serie de despidos y renuncias de los periodistas que caracterizaban el estilo mordaz del
canal. El 16 de agosto de 2017, Raúl Gorrín, dueño y presidente del canal de noticias, fue
acusado en Estados Unidos de lavado de dinero proveniente de transacciones de cambio de
divisas a tasas favorables del gobierno venezolano (ICE 2019). Globovisión aún difunde
noticias, pero su postura editorial no tiene autonomía.
Los siguientes casos tratan sobre los dos principales periódicos venezolanos, El
Universal y El Nacional. Desde inicios del gobierno de Hugo Chávez, sus líneas editoriales se
tradujeron para los periodistas en agresiones personales, restricciones para acceder a fuentes
gubernamentales, detenciones y enjuiciamientos. Para sus dueños, significaron el retiro de la
publicidad de las empresas de Estado y de los anuncios de la Administración pública; presiones
del gobierno a anunciantes privados para no colocar su publicidad en el medio, y la negativa de
importación de papel. En comparación con otros medios, El Universal y El Nacional no fueron
objeto de un fuerte hostigamiento fiscal a través de multas y confiscación de bienes; sin
embargo, tras la llegada de Nicolás Maduro a la Presidencia de la República, en 2013, las
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perspectivas se hicieron aún más sombrías. El destino de cada periódico fue distinto, según las
decisiones tomadas por sus accionistas.
El periódico El Universal
El Universal es un periódico de circulación nacional fundado en 1909, lo que lo
convirtió en unos de los diarios más grandes y antiguos del país. Desde su creación ha
pertenecido de manera mayoritaria a la familia Mata Osorio. Entre 2004 y 2012, las condiciones
adversas para el trabajo periodístico y para generar ingresos afectaron de forma sustancial al
periódico, principalmente como consecuencia del hostigamiento judicial a sus periodistas y
directivos, de la negativa de acceso a divisas para importar papel periódico y la merma de la
publicidad.
Sin embargo, es a partir del 2013 que las presiones del gobierno se endurecen. El 7 de
febrero de 2014, en un acto público, el presidente Maduro afirmó que a los periódicos El
Nacional, El Universal y la cadena Bloque de Armas “¡les llegará su hora! Me llamarán
dictador, no me importa: voy a endurecer las normas para acabar con el amarillismo y la
propaganda que alimentan la muerte” (El Nacional 2014). El 4 de abril de 2014 la Sociedad
Interamericana de Prensa exhortó a diarios de América a donar papel a periódicos de Venezuela,
con el fin de ayudarlos a cubrir temporalmente su carencia de material sobre el cual imprimir.
El 3 de julio de 2014 se concreta la venta de El Universal a la empresa española
Epalisticia Private Equity, firma creada en Madrid el 24 de julio de 2013. Se desconoce la
identidad de los nuevos dueños del periódico; la familia Mata Osorio, propietaria histórica de
El Universal, no realizó ningún comunicado blico al respecto (Yajure 2014). El nuevo
presidente de El Universal, Jesús Abreu Anselmi, informó a los empleados del diario que ya se
había concretado el traspaso accionario de la empresa y dio su palabra de que la línea editorial
no cambiaría; no obstante, el 19 de julio se censura el primer artículo de prensa (Salgueiro
2014)
.
A partir de ese momento, una serie de renuncias y despidos se generaron, la mayor parte
vinculados a la negativa de publicar el trabajo de articulistas y reporteros. El 16 de enero de
2015 trabajadores del diario escribieron un comunicado en el que expresaron su preocupación
por el detrimento del derecho constitucional a la información. Para 2018, la versión en papel,
las revistas pertenecientes al periódico y su versión en inglés, El Universal Daily News, ya no
circulaban. Desde 2019, el diario es de acceso gratuito disponible solamente por internet, el
histórico de sus noticias ha sido retirado del sitio web. El Universal aún difunde noticias, pero
ya no es un periódico. Como organización no pueden establecer de manera autónoma una línea
editorial.
El periódico El Nacional
El Nacional fue fundado en 1943 y, conjuntamente con El Universal y Las Ultimas
Noticias, fue uno de los periódicos de circulación nacional más importantes del país, tanto por
su tiraje como por el trabajo de sus periodistas y articulistas. Actualmente es dirigido por Miguel
Henrique Otero, nieto e hijo de los fundadores del diario. Como en el caso de otros medios de
comunicación, los años 2004 y 2012 estuvieron signados por condiciones adversas para el
trabajo periodístico y por una sustancial reducción de los ingresos del periódico.
Sin embargo, a diferencia de El Universal, desde 2013 El Nacional fue objeto de
medidas fiscales a través de multas y la negativa total de acceso a papel. El 8 de agosto de 2013,
se impuso a El Nacional una multa equivalente al 1% de sus ingresos brutos, por la publicación
de una foto que mostraba las deplorables condiciones de la principal morgue ubicada en
Realizado por el articulista Adolfo Salgueiro e intitulado “Ante la venta de El Universal”, el autor fija posición
sobre las intenciones veladas de la adquisición del periódico a través de “un esquema jurídico diseñado
expresamente para que no se sepa quiénes son los compradores”.
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Caracas. En enero de 2014, el diario redujo su publicación a la mitad (tanto en tiraje como en
número de páginas) y en marzo la revista EME de mujer salió de circulación, como
consecuencia de la escasez de papel prensa.
Desde entonces, la no asignación de divisas para la compra del papel periódico y las
demandas legales contra el diario y sus periodistas son la orden del día. Entre las demandas, la
más importante fue la del presidente de la Asamblea Nacional, Diosdado Cabello, realizada el
5 de febrero de 2015 por difamación, cuando fue señalado como líder de un cartel del
narcotráfico (DJ 2019)
.
Para 2018, las condiciones de trabajo y producción del periódico eran precarias. Ese
año, el gobierno inició una práctica de bloqueo al acceso de la versión web de El Nacional, en
ocasiones justificada mediante procedimientos sancionatorios realizados por la Comisión
Nacional de Telecomunicaciones. El 5 de junio, el Juzgado Tercero del Área Metropolitana de
Caracas declaró con lugar la demanda que Cabello habría introducido contra El Nacional, por
la publicación de una información del diario ABC de España en la que se señalaba a Cabello de
tener vínculos con el narcotráfico. La multa colocó en serias dificultades financieras a la
empresa.
El 14 de diciembre de 2018 circuló la última edición impresa de El Nacional, sus
revistas ya habían dejado de publicarse y su imprenta de libros se había paralizado. El diario
sigue en funcionamiento de manera menguada a través de su sitio web, cuyo acceso es
bloqueado en Venezuela con cierta frecuencia.
A partir de esta historia entre medios de comunicación y gobierno pueden hacerse al
menos tres apreciaciones generales: (1) la presencia de un conflicto donde la finalidad es la
eliminación moral del otro, (2) la instalación de una rutina autoritaria y (3) la presencia de un
nuevo grupo gobernante que resulta vencedor. Las consecuencias de estas apreciaciones se
presentan a continuación.
Consecuencias para la vida en sociedad
Dueños de medios de comunicación tienen el derecho de fomentar sus intereses
empresariales; periodistas, sus intereses profesionales, y ambos sus posturas políticas. De la
misma manera, debe considerarse que, si bien toda noticia tiene aspectos subjetivos que
requieren comentarios, en lo informativo no deben mezclarse las posiciones personales de cada
periodista. Para ello existen los artículos de opinión. Si empresarios y periodistas utilizan este
derecho para hacer daño, por ejemplo, al hacer campañas de desprestigio con hechos falseados;
quien debe actuar es la Justicia haciendo uso de la ley, al tomar en cuenta no solamente la
falsedad del hecho, sino también el empleo de la posición privilegiada del medio de
comunicación dada su capacidad para difundir hechos y opiniones. En consecuencia, hacer
algunas consideraciones sobre la Ley y su vínculo con la Justicia, en el contexto político
venezolano, resulta útil para comprender la condición de la libertad de expresión en Venezuela.
La autonomía e independencia de los jueces en Venezuela es un asunto no resuelto desde
antes de 1999. En los primeros años de los gobiernos civiles, a partir de 1958, el establecimiento
de un Poder Judicial independiente fue una preocupación. Esta independencia debe
manifestarse en al menos dos aspectos: el nombramiento y remoción de los jueces no debe
corresponder ni al Ejecutivo Nacional ni a las Cámaras Legislativas; y el manejo de los recursos
presupuestarios asignados a los Tribunales no debe quedar en manos del Ejecutivo Nacional.
Diez años después de iniciada la democracia en Venezuela, el establecimiento de una
Administración de Justicia autónoma del poder político aún era una tarea no cumplida. Así, en
Su vinculación al denominado “Cartel de los soles” fue hecha en varios medios de comunicación. Cabello sería
acusado por el gobierno de los Estados Unidos por cargos de narcotráfico.
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1969, con la reforma de la Ley del Poder Judicial, se creó el Consejo de la Judicatura; a dicho
órgano se la atribuel nombramiento y remoción de los jueces, con la intención de asegurar
la independencia de estos con respecto a influencias externas. Para ese momento,
principalmente del Ejecutivo Nacional.
El Consejo estaba compuesto por 9 personas miembros: 5 designadas por la Corte
Suprema de Justicia (cuyos cinco magistrados eran seleccionados por el Congreso); dos
designadas por el Congreso de la República; y dos designadas por el Ejecutivo Nacional. Sin
embargo, el Consejo fue creado sin la existencia de una ley de carrera judicial que asegurase
el ejercicio de las funciones del juez con independencia de las circunstancias políticas; es decir,
que la función judicial se fundara sobre dos procesos claros y con continuidad en el tiempo: (1)
que la selección del juez se hiciera por criterios profesionales y su promoción por méritos
acumulados durante la carrera y, (2) que el ejercicio del juez no estuviera amenazado por
ninguna circunstancia o accidente de carácter político o de otro tipo; es decir, que solo pudiera
ser removido por causas propias a la Administración de Justicia. Como los protocolos
necesarios para ambos procesos no fueron establecidos, los jueces fueron nombrados y
removidos (por los integrantes del Consejo de la Judicatura) a partir de criterios externos a un
concurso de oposición y al ejercicio de su carrera profesional (Brewer-Carias 2015, 1005).
La no legislación para instituir una ley de carrera judicial se hizo de manera
premeditada por las personas miembros del Congreso, tanto de la época como de los periodos
legislativos siguientes. Puede que haya habido atenuación de la dependencia respecto del Poder
Ejecutivo; sin embargo, se dio mayor influencia al Congreso Nacional sobre la Administración
de Justicia, transformándose con el tiempo en una dependencia de los partidos políticos. Para
finales de la década de 1970, la creación de una Administración de Justicia confiable era una
tarea no cumplida, los jueces estaban al servicio de parcialidades políticas y económicas de
todo tipo y el Poder Judicial se encontraba subordinado a las fuerzas políticas de turno en el
Ejecutivo y el Legislativo (Brewer-Carias 2015, 1007)
.
Durante 30 años esta situación no se enmendó y el Consejo de la Judicatura se convirtió
en un instrumento para realizar los propósitos gubernamentales, nombrando o sustituyendo
jueces según los deseos del gobierno de turno. Para finales de la década de 1990, el Poder
Judicial se percibía como manipulado políticamente y la situación de la Administración de
Justicia era lamentable. Lo que ocurriría en los años a venir confirmaría su funcionamiento
como apéndice de las fuerzas políticas dominantes.
El 2 de febrero de 1999, Hugo Chávez Frías se juramenta como Presidente de la
República y convoca un referendo para elegir una Asamblea Nacional Constituyente (ANC),
referendo realizado el 25 de abril, en el que 88% de los votantes aprobaron la convocatoria a
dicha Asamblea
. El 25 de julio del mismo año, se llevaron a cabo elecciones para elegir sus
miembros, resultaron electos 131 constituyentes, de los cuales 124 eran pertenecientes al
En el mismo texto de Brewer-Carías, la nota 2372, de la página 1007, da un claro ejemplo cuando el
expresidente Rafael Caldera, en 1979, consideraba que “este es quizás uno de los hechos que más debe preocupar
acerca de nuestra institucionalidad democrática” en el libro colectivo, Sobre la Democracia, Ateneo de Caracas,
1979, p. 31. En similares términos al inicio del gobierno de Jaime Lusinchi, el Partido Copei en comunicación
dirigida al Presidente, expresó: La pérdida de fe en las instituciones alcanza niveles dramáticos en algunos casos
como por ejemplo el Poder Judicial y la Administración de Justicia”, por lo que proponía un acuerdo nacional para
elevar y dignificar el Poder Judicial” y despartidizarlo y despolitizarlo. El Nacional, 23-01-1985, cuerpo 1
página12. También es ilustrativa la lectura del apartado “la corrupción judicial” en el libro de la Asociación
Venezolana de Derecho Tributario (1985, pp. 217-274). Allí se explica mo la corrupción en Venezuela no se
presenta en hechos aislados, sino, más bien como una práctica corriente en el sistema judicial y en el mundo de la
política.
Con una participación de 4.129.547 ciudadanos y una abstención de 6.850.747 (62,35%).
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partido de gobierno
.
El 3 de agosto se instala la Asamblea Nacional Constituyente (ANC) que trabajará en la
redacción del nuevo texto fundamental de la República, pero las labores de la Asamblea fueron
más allá de la elaboración de una nueva Carta Magna. Se invocaron poderes constituyentes
originarios, la ANC intervino todos los Poderes Públicos al remover y juzgar funcionarios
(Duque 2006). El 11 de octubre de 1999, la Asamblea interviene el Poder Judicial mediante un
decreto. A través de una Comisión de Emergencia, se destituyeron jueces y se intervino el
Consejo de la Judicatura (Gaceta 1999a).
La nueva Constitución fue aprobada mediante referendo el 15 de diciembre de 1999,
con lo cual la ANC cesaría su funcionamiento. Pero no fue así. La Asamblea, al margen de la
Constitución, creó un régimen constitucional transitorio para los Poderes Públicos mediante el
Decreto del 22 de diciembre del mismo o (Gaceta 1999b), esto le permitió designar a los
nuevos Magistrados del ahora llamado Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) y a crear la
Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Poder Judicial para nombrar, destituir y
juzgar a los jueces. Las personas miembros de esta Comisión fueron seleccionadas por la ANC
y permanecerían en sus cargos hasta la reestructuración completa de la Administración de
Justicia (artículo 27 del Decreto). Asimismo, el Decreto dispuso que el Régimen Transitorio
estuviera “vigente hasta que la Asamblea Nacional apruebe la legislación que determine los
procesos y tribunales disciplinarios” (artículo 23), sin embargo, sólo ocurrió doce años después.
El 20 de mayo de 2004 se promulgó la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia,
correspondiente al cambio constitucional de 1999. Sin embargo, el TSJ renunció a su
responsabilidad de regularizar la Administración de Justicia al mantener el régimen
disciplinario transitorio al autorizar en las Disposiciones derogativas y transitorias de la Ley
que: “La Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Sistema Judicial solo tendrá a su
cargo funciones disciplinarias, mientras se dicte la legislación y se crea la jurisdicción
disciplinaria y los correspondientes tribunales disciplinarios” (Gaceta 2004, 12). Así, seis años
después de aprobada la Constitución de 1999, los jueces seguirían siendo removidos por una
Comisión no judicial, atentándose contra su estabilidad y su derecho a un debido proceso.
En el 2010 se decretó una nueva Ley Orgánica del TSJ, en ella se eliminó la Disposición
Transitoria que disponía la sobrevivencia de la Comisión de Funcionamiento y
Reestructuración del Sistema Judicial (Gaceta 2010a), en consecuencia, después de once años
de vigencia de la Constitución, la Asamblea Nacional promulgó la reforma de la Ley del Código
de Ética del Juez Venezolano, creándose la “Jurisdicción Disciplinaria Judicial” y sustituyendo
a la Comisión que se había establecido “transitoriamente” en 1999 (Brewer-Carias 2012, 41).
Sin embargo, conforme a la Disposición Transitoria (Tercera) que se incorporó en la
Ley del Código de Ética, se dispuso que: “Hasta tanto se conformen los Colegios Electorales
Judiciales para la elección de los jueces y juezas de la competencia disciplinaria judicial, la
Asamblea Nacional procederá a designar los jueces y juezas y los respectivos suplentes del
Tribunal Disciplinario Judicial y la Corte Disciplinaria Judicial, previa asesoría del Comité de
Postulaciones Judiciales” (Gaceta 2010b, 8). La selección y remoción de los jueces entraron en
un nuevo gimen transitorio ahora totalmente dependiente de la Asamblea Nacional y la
correlación de fuerzas de los partidos políticos. Así, el artículo 255 de la Constitución indica:
“El nombramiento y juramento de los jueces o juezas corresponde al Tribunal Supremo de
Justicia. La ley garantizará la participación ciudadana en el procedimiento de selección y
designación de los jueces o juezas”.
El 1 de mayo de 2017, Nicolás Maduro convocó la realización de una Asamblea
Nacional Constituyente para la redacción de una nueva Constitución (Gaceta 2017). El 30 de
Con una participación de 5.072.868 ciudadanos y una abstención de 5.907.426 (53,77%)
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julio se realizaron las elecciones de los candidatos a la nueva ANC, que inició funciones el 4
de agosto de 2017. Inicialmente se planteó que la Asamblea Constituyente tendría una vigencia
de dos años, sin embargo, el 21 de mayo de 2019, la misma Asamblea aprobó un decreto
mediante el cual extendía su vigencia al menos hasta el 31 de diciembre de 2020
. Ante los
poderes ilimitados de una nueva ANC, la Justica venezolana continúa siendo heterónoma.
Conclusiones
El nombramiento y la remoción de los jueces no deben corresponder ni al Ejecutivo
Nacional ni a las Cámaras Legislativas; y el manejo de los recursos presupuestarios asignados
a los Tribunales no debe quedar en manos del Ejecutivo Nacional. Son las ideas básicas que
fundan la autonomía del Poder Judicial. En la práctica, la primera condición se traduce en la
existencia de la carrera judicial como institución que debe estar fundada sobre una selección
del juez, hecha por criterios profesionales y su promoción por méritos acumulados durante la
carrera y, un ejercicio profesional protegido de circunstancias o accidentes de carácter político
o de otro tipo.
La práctica que se busca crear es la del tercero, indispensable en todo Estado de derecho
para mediar un conflicto. El tercero es sinónimo de imparcialidad en relación con los intereses
de las partes involucradas, condición fundamental de la justicia. La autoridad que los
involucrados dan al juez como tercero, independiente de todo poder extrajudicial y competente
gracias a su formación jurídica, se deriva de la naturaleza del régimen político
. En
consecuencia, se está ante el funcionamiento de un espacio simbólico y normado, que crea
hábitos (en el sentido de institución, según Fauconnet y Mauss
). Desde este punto de vista, la
Administración de Justicia es parte constitutiva e indicativa de un orden social.
La corrupción de la Administración de Justicia, afecta las conductas de los ciudadanos
y sus relaciones en la vida cotidiana. La corrupción puede ser entendida como el desvío de la
finalidad para la cual la ley ha sido concebida (ofrecer la oportunidad de realizar actos de
justicia); y no solamente el soborno monetario o provecho personal que un juez puede obtener
en el ejercicio de sus funciones. En esta condición, de desvío de la finalidad, el tribunal no es
el lugar de la sociedad donde la ciudadanía esperan el cumplimiento estricto de la ley y los
jueces no piensan en esta cuando sentencian, sino (con temor o con conveniencia) en la reacción
que su decisión causará en el gobierno, los partidos y los grupos poderosos.
En Venezuela, durante el conflicto entre el gobierno y los medios de comunicación, los
tribunales no actuaron como un tercero, entonces la ley perdió toda relación con la justicia o el
derecho. Lo ocurrido es reflejo de un Estado donde la Administración de Justicia depende de la
rivalidad de los líderes del grupo gobernante para con los dueños del medio de comunicación.
Como la discrecionalidad de acción es total, el origen de la acción se encuentra en las pasiones
personales y el uso de la posición dominante, no en la Administración de Justicia.
Desde el establecimiento de la democracia, en 1958, una serie de asuntos no han sido
resueltos en la sociedad venezolana; entre ellos, el acceso a la información de interés público,
la seguridad ciudadana, la salvaguarda de la justicia y la independencia de los organismos de
regulación estatales en relación a los intereses partidistas; todo ello para asegurar el ejercicio
de la libertad de opinión sin represalias políticas. Hoy, como en las primeras décadas del siglo
Sin publicación en Gaceta Oficial conocida.
Sobre la presencia del tercero como fundamento del Estado de derecho, léase el apartado « perversion de la loi »
(Lefort 1999, 211-222).
La institución como “el conjunto de actos o ideas que los individuos encuentran ante ellos y que más o menos
se les impone; bien los usos y los modos, los prejuicios y las supersticiones, las constituciones políticas o las
organizaciones jurídicas esenciales; porque todos estos fenómenos son de la misma naturaleza y difieren solo en
grado” (Fauconnet y Mauss 1901, 12)
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XX, Venezuela está muy lejos de trabajar colectivamente en estos asuntos.
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E-ISSN: 1659-2859
20
Anexo
Interven-
ción legal
Violencia
Censura
Interven-
ción legal
Violencia Censura
Interven-
ción legal
Violencia Censura
2002 7 124 36 167 ... ... ... ... ... ...
2003 19 139 28 186 19 165 36 9 75 16
2004 30 232 43 305 31 153 28 15 72 13
2005 43 88 13 144 32 143 24 16 72 12
2006 24 110 17 151 39 100 16 25 65 10
2007 50 103 18 171 35 117 17 21 69 10
2008 31 139 16 186 50 140 23 23 66 11
2009 69 179 35 283 47 140 34 21 63 16
2010 40 101 52 193 47 146 39 20 63 17
2011 33 159 29 221 32 144 45 15 65 20
2012 24 171 53 248 41 158 53 15 64 21
2013 67 144 78 289 52 228 92 14 61 25
2014 65 369 145 579 58 237 90 15 62 23
2015 42 197 47 286 53 273 84 13 67 20
2016 51 254 61 366 69 383 100 12 69 19
2017 113 697 192 1002 87 431 141 13 65 22
2018 97 341 170 608 ... ... ... ... ... ...
Violaciones a la libertad de expresión e información
Venezuela 2002-2018
Fuente: el informe anual sobre la Situación del derecho a la libertad de expresión e información en Venezuela de la organización no-
gubernamental sin fin de lucro Espacio Público. Los informes están disponibles en http://espaciopublico.ong . Cálculos propios.
Año
Media móvil simple
Casos
Uso relativo de las estrategias
Total
actos de
presión
Estrategia
Cantidades absolutas