Posguerra y posverdad:
La condición masónica de Margarita Nelken
Post-war and
Post-Truth: The Masonic Affiliation of Margarita Nelken
Pelayo Jardón Pardo de Santayana
Universidad de Educación a Distancia, España
Recepción: 15 de abril de 2019/Aceptación: 8 de mayo de 2019.
doi: https://doi.org/10.15517/rehmlac.v11i1.36956
Palabras clave
Masonería, represión, franquismo, guerra civil española, feminismo.
Keywords
Freemasonry, Repression, Franco Regime, Spanish
Civil War, Feminism.
Resumen
Tras la
Guerra Civil española, la diputada
Margarita Nelken (1893-1968) fue
juzgada por el Tribunal para la Represión
de la Masonería y el Comunismo. Fue acusada de los delitos de masonería y comunismo y procesada en rebeldía.
Se señalaron como indicios de masonería su relación con la Institución Libre de Enseñanza y su participación en la Liga de los Derechos del
Hombre. La principal prueba física
del sumario era una carta de recomendación
de la logia Lealtad, de Barcelona, fechada en 1924, que en realidad correspondía
a la cupletista Stella Margarita. Pese
a la falta de pruebas, se consideró en la sentencia que Margarita Nelken había ingresado en la masonería, a la que había dispensado “protección importante”.
Abstract
After the Spanish Civil War, the representative Margarita Nelken (1893-1968) was tried by the Special Tribunal for
the Repression of Freemasonry and Communism. She was accused of the crimes of
Freemasonry and communism and judged by default. Her connections with
organizations such as the Free Institute of Education and the Spanish League of
Human Rights were taken as hints that she was a member of Freemasonry. The only
physical evidence her accusers had was a recommendation letter issued by the
Barcelonese lodge Lealtad in 1924. However, the
letter didn’t belong to her, but to a cabaret singer named Stella Margarita.
Despite the lack of evidence, she was found guilty of having joined Freemasonry.
Entre los
procesos que se resolvieron ante el Tribunal Especial para la Represión de la
Masonería y el Comunismo, merece especial atención uno que podría resultar revelador
acerca de ese hipotético contubernio judeo-masónico-comunista, al cual pretendió
desenmascarar el régimen del general Franco. Nos referimos al juicio seguido
contra Margarita Nelken (1894-1968), política
española de origen judío, miembro del Partido Socialista y después del Partido
Comunista, a la que se acusó de haber sido iniciada en la masonería. La
encausada se contaba a la sazón entre las mujeres que mayor notoriedad habían
alcanzado en España. Junto a
Clara Campoamor y Victoria Kent, había sido una de las tres primeras diputadas
de la historia parlamentaria española. Además, fue la única mujer presente como
tal en las tres legislaturas republicanas.
Nacida en 1894 en Madrid[1] —que
no en Alemania, como consta en su expediente del tribunal—, Nelken
procedía de una familia acomodada de origen judío, en parte centroeuropeo y en
parte franco-sefardí. Su padre y su abuelo materno tenían un próspero negocio
de joyería y relojería en la Puerta del Sol. Parece ser que su ascendencia
semita dificultó la integración social de Nelken. Sin
embargo, la desahogada situación económica familiar le permitiría acceder a una
esmerada educación. Estudió pintura en el taller madrileño de Eduardo Chicharro,
y después en París. Aunque no llegó a dedicarse profesionalmente a la pintura,
tales estudios le sirvieron como base para dedicarse a la crítica artística
desde comienzos de la década de 1910. Además, entre los años 1916 y 1920,
coincidiendo con el boom feminista propiciado por la I Guerra Mundial, escribió
artículos sobre los derechos femeninos en periódicos como El Día, El
Fígaro y La Libertad, en
los cuales trató sobre la realidad social y jurídica a la que tenía que
enfrentarse la mujer. Estos artículos darían lugar a su obra más famosa:
La condición social de la mujer en España, publicada en 1921[2].
Concienciada
políticamente de su juventud, influida por las lecturas de Flora Tristán y de Auguste
Bebel, Nelken militó en
las filas de un feminismo de izquierdas, que proclamó como única alternativa
válida al sufragismo liberal, por un lado, y al feminismo católico, por otro.
Abogó por los derechos de las trabajadoras —obreras, artesanas, maestras, modistas—
y también por los de las mujeres socialmente marginadas, como prostitutas y
convictas. Considerando a la Iglesia una enemiga soterrada de las
reivindicaciones feministas, se identificó con las políticas laicistas, cuando no
anticlericales. El objetivo de la Iglesia no era, a su juicio, la emancipación
femenina; sino que, al contrario, trataba de mantener a la mujer en la
ignorancia y la sumisión, para consolidar las bases de su propio poder
temporal. Partiendo precisamente
de esa dependencia moral de la mujer respecto de la Iglesia, Nelken preconizó el aplazamiento de la concesión de
sufragio femenino activo hasta que la mujer recibiera una educación política,
laica y progresista, que le permitiera ejercer el derecho al voto libre de
condicionamientos religiosos.
En
el otoño de 1931 fue elegida diputada por el Partido Socialista en la
circunscripción de Badajoz. Pese a lo que, dada su trayectoria anterior, habría
cabido esperar, su carrera política no se proyectó en la defensa de los
derechos de la mujer, sino en los problemas que aquejaban a sus electores del
campesinado pacense. En cualquier caso, Nelken alcanzó gran notoriedad como diputada socialista
y ello le atraería las iras de los reaccionarios. Podían perdonarle sus artículos
feministas, pero no que, para defender su ideario socialista, saliera a la
palestra política en pie de igualdad con otros hombres. Es entonces cuando empiezan
a arreciar los ataques contra ella, como, por ejemplo, el de Ramiro de Maeztu,
quien, en un artículo de 1935, y aludiendo ya al tan traído y llevado contubernio,
la acusó de mover sus influencias entre judíos y masones para conspirar contra
el gobierno de Lerroux[3].
Durante la Guerra Civil, Nelken
desplegó una intensa actividad en pro de la España republicana. Se desplazó
hasta los frentes en la sierra de Madrid y participó en mítines propagandísticos
y foros internacionales, como el Comité Mundial de Mujeres contra la Guerra y
el Fascismo. Su compromiso con la República no le restó, empero, un ápice de su
carácter contestatario e indómito. Como consecuencia de su enfrentamiento con
Largo Caballero, a finales de 1936 abandonó el PSOE para pasar al Partido
Comunista. Posteriormente continuaría desplegando una actividad febril, tanto
desde su tribuna periodística en Mundo
Obrero, como a través de su participación en numerosos actos públicos
dentro y fuera de España. No es, pues, de extrañar que se
convirtiera en blanco de las iras de los nacionales,
cuyos corifeos la dirigieron toda suerte de injurias, como Juan Pujol, quien la
calificaría de “vagabunda sin patria y sin Dios” y de “serpiente con faldas”[4]. De modo
parecido, otros autores como Edgar Neville o Francisco Casares, en su libro Azaña y ellos, la atacarían como
denigrante ejemplo de esas “rojas”, baldón de ignominia para el nuevo régimen[5].
Como es sabido, al término de la contienda las autoridades
franquistas impulsaron un proceso de severa depuración política, orquestado a
partir de la Ley de 1939 de Responsabilidades Políticas y de la Ley de 1940 para la Represión de la Masonería y el Comunismo. Habida cuenta
de la trayectoria que la precedía, Nelken fue procesada con arreglo a tales leyes. Un examen pormenorizado
del sumario arroja luz sobre ese metódico simulacro de la justicia de
posguerra, sobre la aparente minuciosidad de una práctica forense que, en puridad,
ofrecía escasas, si no nulas, garantías jurídicas[6].
El 17 de julio de 1941, un tribunal presidido por el teniente
general Andrés Saliquet (1877-1959), y compuesto por
el general Francisco de Borbón y de la Torre (1882-1952), el político carlista
Marcelino Ulibarri Eguilaz
(1880-1951), y el catedrático de Filosofía del Derecho, Wenceslao González
Oliveros (1890-1965), acordó que pasara el expediente de Nelken
al juez correspondiente a efectos de incoación de sumario.
Mediante providencia de 29 de agosto de 1941, el juez Tomás
Pereda Iturriaga decretó prisión provisional contra Nelken.
Como esta se hallaba en paradero desconocido, ordenó que se la llamara por requisitoria
para que compareciera en el Juzgado a fin de ingresar en prisión. El 19 de octubre de 1941 se publicó tal
requisitoria en el BOE[7].
Ocho días después se la declaró en busca y captura y se expidió oficio al
Director General de Seguridad para que remitiera los antecedentes masónicos y
político-sociales de la inculpada.
Dichos antecedentes masónicos figuraban en un certificado
firmado el 14 de julio de 1941 por José Gómez Hernández, jefe de la Sección
Especial de Recuperación de Documentos[8]. La
única prueba física que se aportaba era una carta de presentación que la logia
“Lealtad” n.º 6 de Barcelona había dirigido a la Gran Logia Regional del
Nordeste de España, fechada el 27 de agosto de 1924, en la cual se solicitaba
que se extendiera una carta de recomendación “a nombre de nuestra querida
hermana Margarita, la que va a los Valles de Milán en viaje profesional lo que
os recomendamos con el mayor interés pues quizá nuestra querida hermana
Margarita necesite de este documento para orientarse en la vida masónica de
Italia”.
Nótese, pues, que, sin entrar en mayores honduras, se
identificó lisa y llanamente a Margarita Nelken con
la “hermana Margarita” y que, en consecuencia, se infirió que había sido iniciada
en la masonería con anterioridad a la fecha de tal recomendación. Tal conjetura,
cimentada exclusivamente en la carta de 1924, no venía avalada por otros datos
de la condición masónica de la procesada, como su nombre simbólico o fecha de
iniciación. Además, cabría preguntarse si, en efecto, Nelken
había realizado ese viaje a Milán, del que no tenemos constancia, o por qué,
siendo vecina de Madrid y no habiendo residido hasta entonces en la Ciudad
Condal, habría tomado la decisión de iniciarse en una logia de Barcelona y no
en una de la Villa y Corte. Profundizando
en la cuestión, resulta interesante consultar el trabajo sobre las logias
catalanas, en el que Sánchez i Ferré estudia la admisión de mujeres en la logia
Lealtad a partir de 1879. Incluye este autor un listado de las mujeres de la cámara
de adopción de esta logia, entre las que se encontraban la profesora Aurora
Rosa Clavé de Ferrer —simbólico, Mariana Pineda— o la arpista Clotilde Cerdá, más conocida como Esmeraldina Cervantes y cuyo
nombre simbólico era Esther. Pues bien: no hay documentación que certifique la
admisión de nuevas mujeres entre 1885 y 1939, a excepción de un solo documento,
del 31 de agosto de 1923, en el cual se notificaba que el 10 de julio se había
procedido a la exaltación al grado tercero del rito de adopción de la “Hermana
Stella Margarita”. Considera prudentemente Sánchez i Ferré que no hay ninguna
prueba que evidencie que la aludida fuera Margarita Nelken[9]. Las
reservas de Sánchez i Ferré están más que fundadas si tenemos en cuenta que la
iniciada en la logia Lealtad no fue otra que la cupletista española, radicada
en Tenerife, Margarita Iglesias, más conocida por su nombre artístico de Stella
Margarita, esposa del cantante y también masón José Mariné Gomis,
con el que actuaba desde comienzos de la década de 1910[10].
La fotografía de esta cantante, dedicada en 1921 a sus hermanos del Supremo
Consejo de “Canarius, n.º 12”, que se conserva en el
Centro Documental de la Memoria Histórica, revela que, con independencia de
cierta semejanza física y del mismo aire de época, no se trata en ningún caso
de Margarita Nelken[11].
Asimismo, en el informe sobre los
antecedentes masónicos de Nelken, se añadía que había
sido vocal de la Junta Reorganizadora de la Liga de los Derechos del Hombre, y
se citaba como prueba la página 24 del Boletín número 1 de dicha institución,
de 1933. Como es sabido, la Liga Española para la Defensa de los Derechos del
Hombre y del Ciudadano se había constituido en Madrid en 1913, a instancias de
una campaña orquestada por todas las confesiones no católicas, por la masonería
y por los partidos políticos, que, a raíz especialmente de la ejecución de
Ferrer, preconizaban la libertad de conciencia. El Comité de esta Liga,
presidido por Luis Simarro, contaba entre sus
miembros a masones —Augusto Barcia Trelles, Nicolás Salmerón y el propio Simarro—, si bien otros de sus fundadores —entre los que
cabría destacar a Benito Pérez Galdós, Rafael Salillas o Laureano Miró— no
pertenecían a la masonería. Tras diversas vicisitudes la Liga fue refundada el
1 de marzo de 1922. Se encomendó a una nueva Junta Nacional, entre cuyos
miembros se encontraba ya Margarita Nelken, la tarea
de revitalizar la Liga, proyecto que finalmente no llegó a cuajar por mor de la
dictadura de Primo de Rivera. La Liga volvió, empero, a renacer en la II
República, bajo la presidencia de Unamuno y la participación de muchas
personalidades que ya habían sido miembros en 1923, como la propia Nelken. De todo lo dicho, podemos concluir que, en efecto, la
encausada había pertenecido a la Liga en sus refundaciones de 1922 y 1931. Sin
embargo, y pese a la proximidad de esta institución a la Orden, como atestigua
que casi un tercio de sus miembros fueran masones, lo cierto es que la
afiliación de Nelken a la Liga no puede considerarse
como prueba o indicio de masonería.
De otro lado, se recordaba que
Nelken había pertenecido a la Institución Libre de
Enseñanza, lo cual, por cierto, tampoco es exacto. Sabemos, eso sí, que en 1919
había solicitado una beca —que no le fue concedida— a la Junta de Ampliación de
Estudios de la Residencia de Estudiantes[12]. Conocemos
también, por alguno de sus escritos, su relación con alguno de los integrantes
de la institución, como Manuel Bartolomé Cossío. No obstante, de estos datos
tampoco cabe deducir la pertenencia de Nelken a la
masonería. Permítasenos citar, en este sentido, estudios como el de Álvarez
Lázaro, el cual, si bien señala los vínculos que hubo entre la masonería, el
krausismo y la obra de Giner, descarta la intervención de la masonería en la
fundación o mantenimiento de la Institución Libre de Enseñanza[13]. Podemos
concluir, pues, que esta circunstancia tampoco evidencia la vinculación de Nelken a la masonería.
De otro lado, y
hasta donde llega nuestro conocimiento, Nelken jamás
abordó cuestiones masónicas en su obra. Sí ironizó, en cambio, sobre que se la
hubiera llegado a relacionar con la masonería. Así lo vemos en El
orden, un opúsculo de tipo autobiográfico publicado
en 1931, en el que trataba de demostrar la resistencia que había opuesto a la dictadura
de Primo de Rivera. A este respecto, recordaba que, con ocasión de un ciclo de conferencias
que había impartido en Asturias, había sido sometida, al parecer, a una
estrecha vigilancia por parte del Gobernador civil, el cual, ante la sospecha
de que formaba parte de una conspiración masónica, republicana y comunista, había
cercenado alguno de sus derechos, como la libertad de expresión o la
inviolabilidad de la correspondencia[14]. Una
cita de similar tenor la encontramos en la obra, ya mencionada, de diez años antes, La condición social de la mujer en España,
cuando describe la situación irregular que
se vivía en el Asilo de Vallehermoso de Madrid, y su
enfrentamiento con las religiosas que lo regentaban, a las que tachó de profesionalmente
ineptas y de insolidarias[15].
Pues bien, tales monjas, según comentaría Nelken
después, la acusaron, por ello, de haber servido de instrumento de la masonería, extremo que Nelken negó: “Y esto sería risible si no fuera tan trágico”[16].
Téngase en cuenta, asimismo, que, de haber sido realmente
masona, la condición de personaje público de Margarita Nelken
desde su juventud habría propiciado la conservación de más pruebas al respecto,
como, de hecho, ocurre con otras mujeres como Carmen de Burgos, cuya filiación
masónica sí ha sido probada.
En cualquier caso, el 28 de
octubre de 1941, Nelken fue declarada procesada y en
rebeldía. Para entonces ya se encontraba fuera de España. En febrero de 1939
había pasado a Francia y, tras trabajar unos meses en París, ante la amenaza de
la Segunda Guerra Mundial y de la inminente invasión nazi, se había exiliado en
México. Ese mismo 28 de octubre de 1941 se declaró, pues, terminado el sumario
y listo para pasar al Ministerio Fiscal, el cual declaró su conformidad con los
autos de procesamiento, de rebeldía y de conclusión.
Apenas dos semanas después se señaló la celebración de la
vista de la causa para el 14 de noviembre a las cinco de la tarde. Dicho día se
celebró el juicio en sesión secreta. Presidió el tribunal el general Saliquet; lo compusieron como vocales Wenceslao González
Oliveros, el falangista Juan José Pradera Ortega y el general Ricardo de Rada. El
Ministerio Fiscal reputó a la procesada como autora con todo género de
agravantes de los delitos consumados de masonería y comunismo. Y el tribunal,
en fin, acordó unánimemente dictar sentencia condenatoria en los términos de la
calificación fiscal. En el primer resultando del fallo se recogió el currículo
masónico comunista de la encausada:
“Que la procesada en rebeldía MARGARITA NELKEN DE PAUL
ingresó en la Masonería en la Logia "Lealtad" de Barcelona, con
anterioridad a 1924 en cuyo año se la recomendaba como afiliada a la secta y en
la "Gran Logia Regional del Noroeste (sic) de España" en un viaje que
la encartada iba a hacer a los "valles de Milán"”.
Se señalaba a continuación
su afiliación al PSOE, su condición de diputada socialista y su participación
en la revolución de 1934, así como la campaña que había realizado en 1935 en
favor de los represaliados de Asturias. También se aludía a sus estancias en la
Unión Soviética, su pertenencia a la Asociación de Amigos de la URSS y su
actividad para implantar el comunismo en España. Nada habría que objetar a la
veracidad de estas últimas apreciaciones. Sí resulta, empero, más que
discutible la contenida en el último párrafo, donde se afirmaba que la
procesada había tratado de llevar a España a la ruina y que, gracias a sus
campañas en favor de los “oprimidos rojos”, podía permitirse vivir en la
abundancia.
El primer considerando fue rotundo, por cuanto en él se
recalcó que Nelken había ingresado “en la Masonería,
a la que dispensó protección importante —afirmación gratuita donde las haya—
sin haber presentado declaración retractación”. Y, en lo atinente al comunismo,
se añadía que había sido “una inductora dirigente y una destacada propagandista
soviética. Por todo ello fue condenada como autora “de un delito consumado de
Masonería y Comunismo” a “la pena de treinta años de reclusión mayor y
accesorias de interdicción civil e inhabilitación absoluta perpetua para el
ejercicio de cualquier cargo del Estado, Corporaciones Públicas u Oficiales,
Entidades Subvencionadas y Empresas concesionarias, gerencias y consejos de
administración de Empresas privadas, así como cargos de confianza, mando y
dirección de las mismas, separándole definitivamente de los mencionados cargos.”
El 6 de diciembre de 1941
se publicó el fallo en el BOE[17] y diez
días después se declaró firme la sentencia y se ordenó la ejecución de la
resolución mencionada. Ni que decir tiene que las autoridades franquistas se
incautaron de todas las pertenencias de Nelken que
quedaron en su domicilio de Madrid[18]: entre
estas se contaban lienzos de Eduardo Chicharro y José Gutiérrez Solana; su
correspondencia con Benito Pérez Galdós y el escultor Auguste Rodin; primeras ediciones dedicadas, etc.
Ya en 1942 el juez Pereda
recibió el Sumario y ordenó se remitiera testimonio de la sentencia al presidente
del Tribunal Nacional de Responsabilidades Políticas y Director General de
Prisiones y Delegado de Estado para la recuperación de documentos, así como al
Registro Central de Penados y Rebeldes y al Ministerio Fiscal[19].
El triste epílogo de esta historia es uno de tantos del
exilio republicano. Ironías del destino: pocos meses después de haber sido
condenada por comunista, y debido a su enfrentamiento con Dolores Ibárruri, Pasionaria, Nelken
fue expulsada del Partido Comunista. Esta defenestración supuso evidentemente para ella un
alejamiento relativo de la esfera política. No obstante, y hasta su muerte en
1968, continuaría ligada a la causa antifranquista, a través de instituciones
como la Ligue des Mutilés
et Invalides de la Guerre d' Espagne
en exil,
el Patronato Pro-Presos de Franco o el Comité Español de Solidaridad con
los Huelguistas de España.
Citaremos finalmente
como testimonio de la nostalgia que siempre sentiría Nelken
hacia España, así como de su rebeldía frente a la dictadura franquista, las
primeras líneas de la letra que, junto a Miguel Hernández, escribió para el
Himno a la República Española: “La Libertad nos ha dado su aliento;/ la
Independencia, y el Pueblo su hogar;/ en el combate por un mundo hermoso,/ nos
dan coraje la tierra y el mar./ ¡En pie, República Española,/ en pie con
decisión! […][20]”.
Bibliografía
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[1] Partida de nacimiento de Margarita Nelken; inscrita el 6 de julio de 1894, con el no. 430 en el Juzgado Municipal del distrito de Audiencia, de Madrid (Archivo Histórico de la Villa de Madrid). Pelayo Jardón Pardo de Santayana, Margarita Nelken: del feminismo a la revolución (Madrid: Sanz y Torres, 2013).
[2] Margarita Nelken, La condición social de la mujer en España. Su estado actual, su posible desarrollo (Barcelona: Editorial Minerva, 1921). Reeditada con prólogo de M. A. Campmany (Madrid: CVS Ediciones, 1975).
[3] Ramiro de Maeztu, “¡Es la Nelken!”, en ABC, 1 de febrero de 1935, 3.
[4] Juan Pujol, “Galería de monstruos: La serpiente con faldas”, en ABC, Sevilla, 17 de febrero de 1937, 3.
[5] Edgar Neville, “Margarita Nelken o la maldad”, en Y: Revista para la mujer, no. 8, septiembre de 1938, 12; Francisco Casares, Azaña y ellos. Cincuenta semblanzas rojas (Granada: Editorial y Librería Prieto, 1938), 197-200.
[6] Sumario
n.º 83 del año 1941, del Juzgado Instructor Especial n.º 2, correspondiente al
n.º 207 del tribunal seguido contra el procesado en rebeldía Margarita Nelken de Paúl. Centro Documental de la Memoria Histórica,
Salamanca. Ref.: ES.37274.CDMH/7//TERMC, 207.
[7] Requisitoria
n.º 4957. BOE, p. 3480, año VI. n.º 262.
[8] Archivo
Masónico, de la Comisaría General de Información, de la Dirección General de
Seguridad. Expediente personal de Margarita Nelken, Exp. 17 A, Leg. 19.
[9] Pere
Sánchez i Ferré, La Lògia
Lealtad. Un exemple de Maçoneria
catalana 1869-1939 (Barcelona: Ed. Altafulla,
1985), 72-75.
[10] Centro
Documental de la Memoria Histórica, Salamanca. Sumario 1277-44 contra Margarita
Stella por delito de masonería. Ref.: ES.37274.CDMH/7//TERMC,11351.
Sumario 1333-44 contra José Mariné Gomis por delito
de masonería. Ref.: ES.37274.CDMH/7//TERMC,11513. Para
los inicios de la pareja en el mundo del espectáculo, vid.,
entre otras muchas, las siguientes reseñas: Madrid
Cómico, n.º 137, 13 de octubre de 1912, 16; La prensa: diario republicano: n.º 764, 7 de febrero de 1913, 2; La Opinión: periódico político y de
intereses generales, n.º 6133, 8 de febrero de 1913, 1; etc.
[11] Centro Documental de la Memoria Histórica, Salamanca. Ref.:
ES.37274.CDMH//SE-MASONERIA_B,FOTO.27. Agradezco este
dato a la Dra. Sylvia Hottinger Craig. Vid.: Sylvia Hottinger
Craig, “Las fotografías de mujeres entre las fotografías de origen masónico del
archivo general de la Guerra Civil española”, en Masonería Española. Represión y Exilios, coord. José Antonio Ferrer
Benimeli (Almería: Gobierno de Aragón, Departamento
de Educación, Cultura y Deporte, 2009), 1417-1430.
[12] Shirley Mangini, Las modernas de Madrid. Las grandes intelectuales españolas de la vanguardia (Barcelona: Ediciones Península, 2001), 205.
[13] Pedro
Álvarez Lázaro y José Manuel Vázquez Romero eds., Krause, Giner y la Institución Libre de Enseñanza (Madrid:
Publicaciones de la Universidad Pontificia Comillas, 20059.
[14] Nelken, El orden (Madrid:
La Novela Roja, Semanario de literatura revolucionaria, 8 de julio de 1931).
Reeditada por Talleres poligráficos en 1934. Incluida en el tomo Las novelas rojas, Estudio y antología
de Gonzalo Santonja (Madrid: Ediciones de la Torre,
1994).
[15] Nelken, “Carta abierta al Ministro de la Gobernación”, en El Día, 15 de julio de 1918, 5. Íd., “Una conversación con la doctora Arroyo de Márquez”, en El Día, 26 de julio de 1918, 1. Íd., “La directora de la Escuela Normal”, en El Día, 2 de agosto de 1918, 1.
[16] Nelken, La condición social, 156.
[17] BOE,
n.º 340, 4513.
[18] Nelken, Presencias y
evocaciones. Texto mecanografiado, México, 1947. AHN, Diversos/5 Leg. 3244, Doc. n.º 4.
[19] Se
acompañan en el sumario posteriores acuses de recibo de estas autoridades,
además de la transcripción o anotación de los datos relativos al proceso en sus
diferentes registros o archivos.
[20] Miguel Hernández y Margarita Nelken (letra), Lan Adomian (música), Himno de la República Española ¿s.f.?, AHN, Diversos/5, Leg. 3247, doc. n.º 2.