Rev. Ciencias Sociales 159: 93-109 / 2018 (I) ISSN: 0482-5276
ARTÍCULOS
TERRORISMO SEXUAL Y GARANTÍAS DE LOS DERECHOS HUMANOS EN ÁREAS DE CONFLICTO Y POST CONFLICTO
SEXUAL TERRORISM AND GUARANTEES FOR HUMAN RIGHTS IN CONFLICT AND POST-CONFLICT SETTINGS
Ana María Jara Gómez *
RESUMEN
El presente trabajo se propone testar, sea tentativa e indiciariamente, el impacto de la violencia de género asociada a situaciones de conflicto y postconflicto, en los derechos humanos y sus garantías. El método de investigación se ha basado en la recolección de datos primarios sobre el terreno, mediante el trabajo concreto de la autora en el ámbito de los derechos humanos en las ciudades de Peja (Kosovo) y Foca (Bosnia Herzegovina). Asimismo, ha sido imprescindible realizar una selección y análisis riguroso de material disponible de autoras anglosajonas y norteamericanas principalmente. El resultado de la investigación y del análisis evidencia la práctica de un terrorismo sexual, tan celosamente oculto como diverso en sus manifestaciones, que permite constatar e identificar cómo el derecho fracasa al momento de asimilar la naturaleza de género de los crímenes y permiten extraer algunas conclusiones sobre la necesidad de integrar la específica afectación de los derechos de las mujeres en la cuestión de la eficacia, protección y garantía de los derechos humanos en general.
PALABRAS CLAVE: DERECHOS HUMANOS * YUGOSLAVIA * VIOLENCIA SEXUAL * DERECHOS DE LA MUJER * GUERRA * CONFLICTO ÉTNICO * MANTENIMIENTO DE LA PAZ
ABSTRACT
This paper aims to test, even tentatively and circumstantially, the impact of gender violence associated with conflict and post-conflict settings, human rights and their guarantees. The research methodology has been based on the collection of primary data on the ground, through the specific work of the author in the field of human rights in the cities of Peja (Kosovo) and Foca (Bosnia Herzegovina). Also, it has been essential to make a rigorous selection and analysis of available bibliographical materials, mainly from Anglo-Saxon and American authors. The result of the investigation and analysis shows
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Universidad de Granada, España. ajara6@ugr.es
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the practice of sexual terrorism, so jealously hidden as diverse in its manifestations, that allows to verify and to identify how the law fails when it comes to acknowledge the gender nature of the crimes and to draw some conclusions about the need to integrate the specific impact of women’s rights into the question of effectiveness, protection and guarantee of human rights in general.
KEYWORDS: HUMAN RIGHTS * YUGOSLAVIA * SEXUAL VIOLENCE * WOMEN´S RIGHTS * WAR * ETHNIC CONFLICT * PEACEKEEPING
INTRODUCCIÓN: NACIONALISMO ÉTNICO, MILITARISMO Y REPATRIARCALIZACIÓN EN YUGOSLAVIA
Más allá del habitual alcance genérico de un título como el propuesto, un mínimo y elemental deber de lealtad con el lector obliga a delimitar el concreto alcance que se pretende dar al tema que en este anuncia y sobre todo, el grado de utilidad, concreción y eficacia que con este se persigue. El análisis que se propone está centrado, en primera instancia, en las vicisitu- des de los derechos de las mujeres en determi- nados escenarios de conflicto o postconflicto, particularmente en la antigua Yugoslavia para, a partir de esa realidad, examinar de modo indicativo pero no exhaustivo, el impacto que para esos mismos derechos de las mujeres tiene el despliegue de fuerzas de mantenimiento de la paz tras un conflicto. A fin de cuentas, cuando de derechos humanos se trata, prescindir de la toma en consideración de la realidad delimitada por escenarios de conflicto bélico o escenarios de intervención internacional postconflicto su- pone aceptar, explícita o implícitamente, un perverso falseamiento de la teoría general de los derechos, su eficacia universal y su garantía internacional.
En otro orden de cosas, la perspectiva individual es particularmente útil cuando se habla de mujeres que han vivido la guerra por- que, por su naturaleza, la guerra tiene efectos en la esfera política y en la esfera privada, donde moviliza y traumatiza a sujetos individuales ordinarios. El asunto de la guerra y de los con- flictos suele ser una discusión androcéntrica, que deja fuera las experiencias de las mujeres
y su memoria (Hynes, 2004). La memoria, a diferencia de la historia, es informal, es creada, manipulada, cambiada, incluso socavada; pero existe siempre en el mundo social y es signifi- cativa tanto por lo que decide recordar como por lo que decide olvidar. La memoria es lo que sigue existiendo cuando la gente no puede alzar la voz y por tanto, cobra importancia en grupos marginados.
La historia de la guerra ha estado pre- ocupada con las decisiones de los hom- bres de las élites sobre declarar la guerra, con generales míticos que comandan con virilidad carismática, y con héroes de guerra que no pertenecen a las éli- tes, que realizaron las ‘más nobles haza- ñas’, dieron o arriesgaron su vida por su país. La guerra y el militarismo, que es el encajamiento de instituciones y fines militares en la política y la sociedad, nor- malizados por ‘ritos’, como monumentos a los héroes de guerra y a los militares muertos y desfiles de veteranos de gue- rra. Pocos han notado que la mayoría de bajas en la guerra moderna son civiles no combatientes y no soldados. Menos han reconocido que, entre las bajas civi- les, las mujeres y las niñas son objetivos deliberados y resultan desproporcionada- mente dañadas por la guerra y sus conse- cuencias (Hynes, 2004, p. 445).
Los asuntos relacionados con los dere- chos de las mujeres en las repúblicas que una vez formaron la antigua Yugoslavia (Eslovenia, Croacia, Bosnia Herzegovina, Serbia, Montenegro,
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Kosovo y Macedonia) son distintos dependien- do del país y del grupo social al que se haga referencia. Aun así es posible dibujar algunas líneas generales para la región que un día fue Yugoslavia: en el periodo tras la Segunda Guerra Mundial, los Balcanes disfrutaron de relati- vos avances en cuestión de igualdad de género gracias a los esfuerzos gubernamentales para promover la participación política, el acceso a la sanidad y la educación, y el énfasis del empleo como derecho y deber para ambos sexos.
Esto era en el ámbito público, en el pri- vado las mujeres seguían desempeñando sus roles feminizados de modo que estaban lejos de la emancipación. Cuando aparece, el naciona- lismo étnico tiene un gran papel no solo en la perpetuación de las guerras sino también en la “repatriarcalización” de la sociedad y las rela- ciones de género en general (Batini´c, 2001). El incremento del nacionalismo y la militarización masiva llevó a Yugoslavia a revivir las relaciones y formas societarias tradicionales, autoritarias y patriarcales.
El llamado masivo a las armas y a filas juntó a grupos de hombres que, en proce- sos tanto formales como informales, forma- ron ejércitos étnicos y grupos paramilitares; en este ambiente lo que se transmitía tanto dentro como fuera del campo de batalla eran normas y valores que celebraban el poder y el control de los hombres (Cockburn, 2001). El concepto de “otro” se hace esencial en la identificación del grupo y en la creación de un espíritu guerrero basado en un sentido de hermandad y fraternalismo que excluye a las mujeres. Cuando se llama a la guerra a una organización militar, la misión es matar y do- minar a la fuerza opuesta. La dominación se suele asociar con cosas masculinas y no deja espacios para el remordimiento.
Definir un “otro” distinto ha sido una parte esencial de la existencia militar. Sirve al propósito de crear una frontera entre el grupo y los de afuera, cualquiera que no comparta, por ejemplo, fenotipo, nacionalidad, lengua o reli- gión con ese grupo; por lo tanto se convierten en “otro” y se encuentra en una condición des- favorable. Los soldados suelen ser adiestrados para actuar automáticamente separando a los
no camaradas, por tanto, creando enemigos. Los enemigos suelen llevar aparejadas cuali- dades poco marciales, a menudo sexualizadas (como ser “maricones”) u odiadas (“maltratan a las mujeres”).
Consecuentemente, ir a la guerra y matar otros seres humanos puede ser racio- nalizado como el cumplimiento del deber de proteger al grupo frente a un enemigo común. La masculinidad, en su forma militante, refleja los siguientes principios: a) la fuerza armada es el solucionador último de tensiones; b) la naturaleza humana es propensa al conflicto; c) tener enemigos es una condición natural; d) las relaciones jerárquicas producen acciones eficaces; e) un Estado sin ejército es ingenuo, anticuado y difícilmente legítimo; f) en tiem- pos de crisis quienes son femeninos necesitan protección armada; y g) en tiempos de crisis el hombre que rechaza la acción armada pone en riesgo su propio estatus como hombre mascu- lino. Además, la masculinidad funciona como razón de ser para el separatismo militar, crea una división entre la lealtad a la unidad militar y la responsabilidad con otros miembros de la sociedad (Kirby y D’estree, 2008).
Como resultado, las diferencias de gé- nero que ya existían fueron reforzadas e ins- titucionalizadas sobre todo a través de la propaganda nacionalista. El nacionalismo tiene la capacidad de proporcionar visibilidad a po- líticos sin lugar ni electorados establecidos y elimina otras consideraciones diferenciales, es decir, la identidad étnica surge a expensas de la identidad de género, de clase o profesional (Woodward, 1995).
En Yugoslavia, se produjo una “arcaiza- ción” social cuyas características principales eran la glorificación del pasado, el renacimien- to de las tradiciones religiosas y un aumento generalizado de la ideología conservadora de derechas (Albanese, 2001). Cuando se rompe la estabilidad entre las repúblicas, los gobiernos y las iglesias trataron de movilizar la devoción popular, sus discursos ideológicos y propaganda celebraban al guerrero que defiende el futuro de la nación y a la madre que asegura la super- vivencia del generador biológico nacional. Los mitos del héroe de guerra se expandieron por
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la literatura y la sociedad. Esta mitología se ca- racteriza por el deseo de los devotos de dejar la vida en el campo de batalla y muchos lo hicie- ron (Mladenovi´c, 1993).
Los no nacionalistas, pacifistas y femi- nistas que desafiaron el nuevo orden arcaico fueron etiquetados como enemigo interno. Las feministas y las asociaciones de mujeres eran re- tratadas como grupos subversivos y demoniza- dos por los medios de comunicación del Estado, hoy esto ocurre todavía en Serbia. En Croacia, se inició una campaña contra las “cinco brujas”, cinco escritoras, activistas políticas y críticas que se consideraron traidoras a la patria y a las que se amenazaba en los periódicos acusadas de crímenes contra la etnia. Escribían sobre los intentos institucionalizados de volver a los roles de género tradicionales o contra la guerra. Ellas y muchas otras se pronunciaron contra las rela- ciones familiares que se iban tornando brutales, acerca de cómo el nivel de violencia doméstica se había incrementado desde la llegada del na- cionalismo (Batini´c, 2001).
Una de estas activistas, que ya había sido atacada en Belgrado, fue calificada de traidora cuando cuestionó la violencia de los soldados con sus propias mujeres. Mucha gente pensó que no tenía derecho a poner en entredicho las acciones de sus héroes de guerra, que arries- gaban o sacrificaban sus vidas por la nación. Cuando trató de proteger a las mujeres de su país contra los hombres de su país, estaba de- safiando la autoridad de los hombres, de los guerreros, y cuestionar a un héroe de guerra es cuestionar lo que le dio poder en primer lugar, la nación por la que lucha (Albanese, 2001).
EL LEGADO DE LAS GUERRAS Y LA SITUACIÓN DE LOS DERECHOS HOY
Después de las guerras, se pueden iden- tificar ciertas áreas donde la situación de los derechos de la mujer se encuentran con mayores problemas. A pesar de que los de- rechos de la mujer han sido asumidos por la legislación sobre derechos humanos en toda la región, la realidad es que la igualdad está presente de iure y no de facto. La discrimina- ción persiste, es omnipresente y se manifiesta tanto en la esfera privada como en la pública.
Las leyes que protegen a las mujeres de actos de violencia o discriminación ni se aplican, ni se imponen, ni se cumplen y los esfuerzos para rectificar las desigualdades en los cole- gios, en el trabajo y en casa no son una priori- dad para ningún gobierno.
La violencia doméstica queda general- mente sin respuesta, hay muy pocos lugares de acogida disponibles para mujeres en peligro y no existen otros recursos a los que acudir ante situaciones de violencia agravadas por la ines- tabilidad social y la impunidad a gran escala. La interrupción generalizada del imperio de la ley y el orden, así como, la inestabilidad en la posguerra han sido capitalizadas por el cri- men organizado para incrementar el tráfico de seres humanos. Se calcula que unas 200 000 mujeres y niñas transitan hacia y desde los Balcanes anualmente, todas son maltratadas, violadas y forzadas a prostituirse (Limanows- ka, 2005; Sarrica, 2009; Agathangelou y Ling, 2003; Murray, 2003).
Las mujeres que pertenecen a minorías nacionales experimentan mayor grado de dis- criminación en general. A pesar de gozar ge- neralmente de protección legislativa, tienen dificultades añadidas en el mercado laboral, en el acceso a la sanidad y están las últimas en las prioridades de reconstrucción. Las mujeres gitanas están en diversas partes y en todos los ámbitos, en peor situación que las de cualquier otro grupo étnico y rutinariamente carecen de derechos básicos, no se les da trabajo y tienen muchas posibilidades de que se les niegue pro- tección policial si son atacadas (Janevi´c, Sripad, Bradley y Dimitrievska, 2011).
El desempleo, la deficiente infraestruc- tura y la falta de instituciones que ofrezcan asistencia a las mujeres o cuidado a los niños, debilitan la situación económica de las mujeres. Como ejemplo puede citarse que en algunas áreas de Kosovo el paro femenino roza el 80%, presentando el desempleo femenino total la cifra oficial del 60% (Banco Mundial, 2008). Las mujeres mayores de las zonas rurales son especialmente afectadas, ya que a menudo no reciben ninguna pensión o no tienen ningún tipo de ingreso (Kusari, 2011).
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En Kosovo y Bosnia Herzegovina, los hombres siguen siendo los propietarios tradi- cionales, independientemente de la igualdad ante la ley, son los dueños de la propiedad pri- vada, las mujeres no heredan y el derecho a la propiedad está registrado a nombre del hombre (Stanley y Di Martino, 2009). Dado que no tie- nen derecho de propiedad de facto sobre los bie- nes, es también muy difícil que a las mujeres se les otorguen préstamos para negocios privados. Todo esto sofoca la independencia económica de la mujer.
Prácticamente, todos los informes sobre derechos en la región identifican un factor cuyo impacto negativo está siempre presente en el disfrute de los derechos humanos en los Bal- canes: la falta de análisis de las consecuencias del conflicto armado desde el punto de vista de afiliación sexual (Rehn y Johnson, 2002; CEDAW , 2006 y Secretario General de Naciones Uni- das, 1993). Esas consecuencias conforman una parte importante del panorama actual.
La naturaleza pública del terrorismo contra las mujeres en Yugoslavia, contravinien- do una dilatada tradición de ocultamiento e invisibilidad presente en los conflictos bélicos tradicionales, reviste una indudable singulari- dad y posee caracteres específicos, razón que explica el hecho de que tanto el enjuiciamiento como la condena por crímenes de violencia sexual, aparezcan dotados de idéntica especifi- cidad y singularidad. Como es sabido, solo Yu- goslavia y Ruanda tienen tribunales penales internacionales específicos para los crímenes cometidos durante sus guerras.
El Tribunal Penal Internacional para la ex Yugoslavia (creado en mayo de 1993) y el Tri- bunal Penal Internacional para Ruanda (creado en noviembre de 1994), son los únicos Tribu- nales ad hoc constituidos en la historia de la Organización de Naciones Unidas. Previamen- te existieron los Tribunales Militares de Nú- remberg y Tokio, instaurados tras la Segunda Guerra Mundial por los países que vencieron el conflicto, con el objetivo de juzgar y castigar a los vencidos.
Sin embargo, los Tribunales para la ex Yugoslavia y Ruanda fueron establecidos por el Consejo de Seguridad de Naciones Unidas,
entendiendo que las graves violaciones del dere- cho internacional humanitario que se estaban cometiendo en ambos países constituían una amenaza para la paz y la seguridad internacio- nales. Cuando existe esta amenaza, el Consejo de Seguridad está facultado para intervenir en virtud del capítulo vii de la Carta de Naciones Unidas. Ambos tribunales se constituyeron con los conflictos todavía vivos, es decir, durante las guerras. Puede decirse que ambos supusieron el paso previo imprescindible (y también el ensayo) para la constitución, con el Estatuto de Roma de 1998, de una Corte Penal Internacio- nal permanente (Mejía, 2009).
Estos Tribunales especiales dan la opor- tunidad de examinar las dimensiones de los crímenes y sus consecuencias. Para poder ver lo que las mujeres han soportado, lo que les han hecho, resulta imperativo que la historia del terrorismo sexual en todas sus manifestaciones sea revelada y que se identifique cómo el dere- cho fracasa al momento de asimilar la natura- leza de género de los crímenes manteniendo su estructura patriarcal, en tiempos de guerra y de paz, en el ámbito internacional, nacional y de los derechos humanos.
La victimización de las mujeres en la antigua Yugoslavia comienza violándolas, no se refiere a incidentes aislados de soldados desca- rriados, sino a una estrategia planificada cuida- dosamente, con un patrón, eficaz, que consistía en la violación sistemática de decenas de miles de mujeres y niñas desde los 6 hasta los 81 años de edad. Las violaciones se producían frente hasta 200 testigos, incluyendo niños. Como resultado, las mujeres se convertían en recor- datorios para toda la comunidad, sus familias y para ellas mismas, de la represión serbia y su dominación (Ray, 1997).
La mayoría los medios se han centrado en las violaciones, pero tuvieron y han tenido lugar muchos otros crímenes de género que incluyen el embarazo forzoso, la maternidad forzosa, la prostitución forzada, la esteriliza- ción y abusos de toda clase dentro de la familia. Para comprender el significado, el propósito y el efecto de estos actos, hay que entender el significado de una violación en las culturas de la antigua Yugoslavia. En estas culturas, el
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honor es primordial y su pérdida es la vergüen- za (Oluji´c, 1998).
Aunque tanto hombres como mujeres han de ser honorables, las mujeres son los “obje- tos” a través de los cuales se determina el honor de los hombres. Si una mujer tiene relaciones sexuales fuera del matrimonio, los hombres emparentados con ella (su marido, su padre, su hermano) pierden temporalmente el honor, ella lo pierde de forma permanente. Las condiciones en las que se pierde son irrelevantes, la pérdida de honor no es menos real porque sea resultado de una violación, y las consecuencias son las mismas. Los maridos asesinan o abandonan a sus mujeres, las jóvenes solteras son repudiadas por sus familias, y mujeres de todas las edades son mantenidas a base de sedantes para que no se suiciden, otras muchas se han vuelto locas por las torturas vividas y por la presión para que mantengan silencio sobre ellas; han sido expulsadas hasta de los campos de refugiados (Women in the Law, 1994).
Por lo tanto, en los Balcanes, si una mujer violada tuvo la “suerte” de no quedar embarazada, enterrará la historia dentro de ella para ahorrar el deshonor a la familia. Si se la obliga a hacerla pública será una tragedia añadida. El silencio ayuda a salvar el honor de los hombres. La honra de la mujer refleja la del hombre, que refleja a su vez, la de la nación (Ray, 1997).
El hecho de que el honor de la nación y la supervivencia biológica de esta, se conec- ten con la “honra” de las mujeres, dota a la violación de un significado descomunal. La significación de la violación era tal que resultó un éxito para consolidar los avances territoria- les de los soldados serbios, además, como las violaciones eran aprobadas y a veces ordenadas por los superiores, los soldados tenían acceso no restringido a sexo constante, que mantenía el auge de sus sentimientos de superioridad y dominación. Este acceso se garantizaba con el establecimiento de campos de violaciones brutales y sistemáticas. No se sabe cuántas mujeres fueron internadas en estos campos y violadas repetidamente por grupos muy nume- rosos de soldados y paramilitares. Una chica de 19 años declaró que fue violada 5 o 6 veces al
día durante los cuatro meses y medio que estu- vo prisionera en uno de estos campos serbios, eso quiere decir que fue violada unas 750 veces (Women in the Law, 1994).
No existen cifras más que estimadas, se calcula que en Bosnia fueron violadas de 30 000 a 50 000 mujeres, en Kosovo de 15 000 a 40 000, más las de Croacia donde el gobierno ni siquiera ha realizado una estimación. De todos estos números, menos de 40 casos han sido vistos por la justicia, incluyendo al Tribunal especial para la antigua Yugoslavia, el Tribunal Penal Internacional y los tribunales nacionales (Amnistía Internacional, 2012).
En 2003, la organización local bosnia de mujeres, VIVE Žene, documentó los testi- monios de 35 mujeres de un pueblo cercano a Zvornik, quienes contaron que en 1992, grupos paramilitares de serbia y habitantes serbios del pueblo las detuvieron junto a otras cuatrocien- tas personas y las metieron en algunas casas. En estas viviendas se retuvo a 120 mujeres y niñas quienes fueron violadas repetidamente, torturadas y se les negó la comida. Tras dos se- manas fueron liberadas por hombres del pueblo que habían estado escondidos en un bosque cercano. Las supervivientes declararon oficial- mente sobre lo ocurrido a investigadores del Tribunal en 1995, sus declaraciones se enviaron al tribunal de Tuzla y el fiscal admite no haber hecho investigaciones, aunque se le solicitó en 2007 que lo mandara a la cámara de crímenes de guerra de Sarajevo por ser un caso “altamen- te sensible” con múltiples víctimas y agresores. En 2009, muchas de las supervivientes tuvieron que repetir sus declaraciones en la oficina del fiscal estatal de Bosnia Herzego- vina, todavía no han recibido ninguna infor- mación sobre el caso. En un gran número de ocasiones, los procesos judiciales han con- tribuido a incrementar el sufrimiento de las víctimas más que a proveer justicia (a menudo, el haberse visto involucradas en procesos pe- nales ha tenido para ellas consecuencias muy graves), “la mayoría de las víctimas que se han prestado a declarar como testigos, han tenido que declarar una y otra vez y su identidad de una u otra forma ha sido desvelada” (Amnistía Internacional, 2012, p. 6).
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El embarazo y la maternidad forzosos son otras facetas del terrorismo sexual serbio en las guerras de los Balcanes. Aunque un em- barazo es un resultado que cabe esperar de las violaciones masivas, los agresores serbios trata- ban de fecundar a propósito a las mujeres y las mantenían prisioneras hasta que era demasiado tarde para abortar. El embarazo forzoso conta- mina la línea de sangre bosnia, croata o alba- nesa con sangre serbia, el objetivo de hacer que las mujeres esperaran bebés serbios revela la naturaleza patriarcal de culturas en las que el esperma determina la etnia (Mackinnon, 1993). Tras el parto, la presencia de un bebé producto de muchas violaciones es el recor- datorio constante para una mujer, su familia y su comunidad, de la tortura sexual a la que fue sometida y de la dominación llevada a cabo por los serbios. No puede extrañarnos que muchas de estas mujeres experimentaran sentimientos de asco y repugnancia hacia sus embarazos y hacia los bebés que esperaban, lo que llevaba a su rechazo una vez nacidos. Las que no rechazaron a sus niños o niñas cuidan de un hijo o hija que fueron forzadas a tener, y en cualquier caso están deshonradas para siempre, una vergüenza que ni ellas ni sus fa- milias pueden ignorar.
Una conocida escritora y reportera croa- ta, Jasmina Kuzmanovic´, cuenta la historia de una chica de 17 años, llamada Marijana, cuya experiencia ilustra la manera en que muchas víctimas femeninas de la limpieza étnica sufrie- ron simultáneamente distintos tipos de ataques específicos a su género:
Conocí a Marijana en un hospital en Zagreb. Su médico me dijo que había lle- gado de Bosnia hacía tres días. Aunque la entrevista fue muy dura, Marijana estaba sin lágrimas, tenía la cara pequeña y seca y el cuerpo de una niña. No pudo decirme qué pasó exactamente, tuve que sacarle las palabras una a una. Un día de abril irregulares serbios llegaron a un pueblo cerca de Tesaj, (Bosnia central) donde Marijana, musulmana croata, vivía con su familia. Marijana, su madre y su her- mana de siete años estaban cuidando el
huerto. Los soldados violaron a Marijana y a su madre allí mismo, luego a ella la metieron en un camión, con otras 23 mujeres del pueblo. Fue la última vez que vio a su hermana y a su madre. Las violaciones continuaron en el camión, los soldados improvisaron un campo en el bosque que operó como burdel militar. Mujeres entre 12 y 25 años estaban ence- rradas en un cuarto y eran violadas diaria- mente. Marijana se quedó embarazada el primer mes y después de otros cuatro los soldados la soltaron con otras siete en el mismo estado, Marijana dice “nos dijeron que nos fuéramos a tener nuestros bebés serbios” su cara estaba vacía y hablaba con dificultad. El único momento en que se agitó fue cuando le pregunté por el parto. “No daré a luz” y esa determinación era lo que parecía mantenerla en este lado de la precaria línea de salud mental. Nadie se había atrevido a decirle que no se le podría practicar un aborto dado que esta- ba muy avanzada en el segundo trimestre (Kuzmanovi´c, 1995, p. 57).
A los crímenes mencionados puede aña- dirse otro, que también está frecuentemente vinculado al género: la prostitución forzosa. Existen, según describe Amy Ray, tres factores objetivos que colocan a las mujeres en situación de máxima vulnerabilidad frente a la prostitu- ción. En cualquier caso, se puede anticipar que, si se aplican estos factores a este análisis de las circunstancias vitales de las mujeres en la anti- gua Yugoslavia, se concluye que algunas, pro- bablemente muchas de las que fueron violadas durante la guerra son prostituidas una vez que esta termina (Ray, 1997).
El primer factor es el aislamiento social, prácticamente garantizado por el código de honor, la mujer que sobrevive a las violaciones y vuelve a su casa durante o tras la guerra no será aceptada en la comunidad, ni por su fa- milia, ni por su marido. El segundo factor es una historia de incesto o victimización sexual, que puede aplicarse a todas las supervivientes del terrorismo sexual serbio, vulnerables a los traficantes y proxenetas por este hecho. Por
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último, la pobreza, tras la guerra las mujeres se ven sometidas a graves penurias económicas, no solo porque la situación de las naciones se tam- balea tras años de guerras, sino porque en su caso concreto no existe, además, integración so- cial posible (Reilly, 2007). Se añadirá un cuarto factor, que se analizará posteriormente con más profundidad: la llegada de fuerzas de paz.
Sin embargo, el único delito de violencia sexual especificado en el Estatuto del Tribunal Penal Internacional para la antigua Yugoslavia es la violación, algo que puede pasarle tanto a un hombre como a una mujer, y el Estatuto no establece los elementos del delito. Se desarrolló una definición mecánica cuyo “elemento objeti- vo es la penetración por la fuerza o la coerción y cuyos elementos para establecer la culpabilidad son la intención de penetrar y el conocimiento de que esto ocurre sin consentimiento de la víctima” (Campbell, 2007, pp. 415-416). Este concepto ha sido criticado con bastante inten- sidad porque refleja modelos masculinos de sexualidad definiendo el daño por la intención del agresor y no por la experiencia de la víctima y entiende el acto en términos de un cuerpo masculino activo penetrando una víctima fe- menina pasiva. Además, no queda claro si el consentimiento es un elemento del delito, una defensa afirmativa o un asunto probatorio, no parece que el consentimiento sea un medio apropiado para determinar la violencia sexual en el contexto de un conflicto armado, a jui- cio personal, es difícil entender que no pueda verse la violación como otras vulneraciones del derecho penal internacional como la tortura o la esclavitud, donde no hace falta establecer la falta de consentimiento para que exista el daño (Campbell, 2007).
La ausencia de las mujeres, ha escrito Mackinnon (1993), da forma y esencia a los derechos humanos. La forma en que el derecho mismo construye el ilícito es crucial para com- prender la relación entre el género y la prohibi- ción internacional de usar la violencia sexual en la guerra. El Estatuto de Roma sí incluye todos los crímenes pero hasta el momento ningún tribunal internacional se ha pronunciado ni una sola vez sobre los crímenes de prostitución forzada, de embarazo forzado o de esterilización
forzada (Bou Franch, 2012). Finalmente, las definiciones de genocidio y crímenes contra la humanidad deben incluir la persecución por razón de género. Incluir la etnia, raza, religión y nacionalidad como razones prohibidas para la persecución y excluir el género, es reconocer que las víctimas lo fueron por su etnia, raza, religión y nacionalidad, negando que fueron víctimas porque eran mujeres.
EXPLOTACIÓN SEXUAL Y OPERACIONES DE MANTENIMIENTO DE LA PAZ
Se debe inevitablemente prestar atención también a la situación de los derechos en las transiciones hacia la paz, ya que la violencia no termina cuando finaliza la guerra. Se ana- lizarán algunas de las violaciones de derechos humanos que se producen tras un conflicto: concretamente las relacionadas con las opera- ciones de paz y la necesidad de tener en cuenta el punto de vista de la afiliación sexual. En este ámbito se hablará de hechos que ocurren en todo el mundo, no solo en los Balcanes (Reilly, 2007). Naciones Unidas, que se ha converti- do en instrumento normativo en el área de la igualdad entre hombres y mujeres, tiene que hacer frente a dificultades serias debidas a las graves acusaciones de abusos sexuales atroces y explotación de mujeres cometidos por sus fuerzas de mantenimiento de la paz. Charles Smith y Heather Smith han centrado algunas de sus investigaciones en la conexión entre las operaciones de mantenimiento de la paz y el incremento en el tráfico de personas, una de ellas considera cuatro casos: Kosovo, Haití y Sierra Leona (intervenidas por la onu) y Nepal (no intervenida). Los autores demuestran que el despliegue de fuerzas de mantenimiento de la paz en una zona de crisis lleva a un aumento del tráfico de seres humanos y que la magnitud de las fuerzas determina la magnitud del incre- mento de este tráfico (Smith y Smith, 2010). Igballe Rogova, una relevante activista de Kosovo, recuerda que tras la guerra, en 1999, ella y otras activistas por los derechos de las mujeres atendieron una reunión con repre- sentantes de las fuerzas de kfor (nombre de la fuerza militar de la Organización del Tratado del Atlántico Norte (otAn) en Kosovo) y de la
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Misión de Administración Provisional de las Naciones Unidas en Kosovo (unmik), así como de otras organizaciones internacionales, para evitar que el tráfico sexual llegara a Kosovo:
Los representantes de unmik decían, «No, el tráfico no puede pasar», las Organizaciones de mujeres dijeron, «Vamos a aunar esfuerzos, y vamos a hablar de esto ahora para prevenir que ocurra», y la gente de unmik dijo «¿cómo sabéis que va a ocurrir?», dijimos, «Porque pasó en Bosnia Herzegovina tras la guerra», y dimos ejemplos de cómo se puede producir el tráfico. Dos horas des- pués un alto mando de kfor se levantó, cogió su libreta, y mientras salía de la sala dijo «Los chicos son chicos. Educad a vuestras chicas» (Farnsworth, Murati, Hillock, Golden, Gordon y Ademi, 2011, pp. 103-104).
El Secretario General de la onu informó a la Asamblea General de 121 casos de acusa- ciones de abusos sexuales y explotación por parte de los pacificadores a lo largo de 2004, en 2005 el Secretario General tuvo que informar de 340 casos, 357 en 2006, 159 en 2007, 111 en 2008, 154 en 2009, 116 en 2010 y 102 en 2011 (Secretario General de la onu, 2004, 2005, 2006,
2007, 2008, 2009, 2010, 2011 y 2012)1. Lamen- tablemente, estas cifras no resultan de utilidad ni siquiera como estimación, dado el hecho de que los abusos sexuales por parte de las fuerzas de paz son muy raramente denunciados (Lattu, 2008). Las víctimas son generalmente mujeres impotentes e indefensas o niñas y niños, mu- chas de ellas con graves dificultades para reali- zar una comida al día. De hecho, muchas niñas no recibían dinero por permitir a los pacificado- res tener sexo con ellas sino que obtenían pan y/o chocolate (United Nations Office of Internal Oversight Services, 2007).
Estas mujeres y niñas, además de asus- tadas ante la posibilidad de confrontación con los investigadores, son intimidadas por sus
agresores y por otras víctimas, como atestigua la propia onu en un informe de la División de Investigación de la Oficina de Servicios de Su- pervisión interna (Investigations Division of the Office of Internal Oversight Services, iD/oios), re- ferido a una investigación en la región de Ituri, en la República Democrática del Congo, donde informa de que las víctimas que se habían ne- gado a cooperar con la iD/oios, motivadas por el temor de perder su único sustento económico, tuvieron confrontaciones verbales con aquéllas que sí lo hicieron y amenazaron a las que ha- bían tenido hijos de los “pacificadores”, con que les arrebatarían los bebés. Una víctima informó a la iD/oios de que un miembro de la misión ame- nazaba con “machetearlas” si las volvía a ver. Algunas víctimas recibieron un pago de diez dólares por no cooperar con la investigación, hecho que fue descubierto por los propios in- vestigadores, que también aseguraban que la investigación en sí resultaba intimidatoria para las víctimas, cuyo único contacto con una au- toridad había sido el abuso sexual o la extorsión por parte de la policía:
Las chicas dijeron a la iD/oios que temían a la policía local y expresaron preocu- pación sobre si su cooperación pudiera llevar a la implicación de las autoridades policiales locales. Tres chicas aportaron pruebas concluyentes y detalladas de haber sido arrestadas tras tener contacto con pacificadores del Estado Miembro 1. Dos de las chicas fueron golpeadas, también en los pechos, y mantenidas bajo custodia toda la noche mientras dejaban marchar a la tercera para lograr cinco dólares que liberarían a las otras dos (United Nations Office of Internal Oversight Services. Investigation Division, 2007, p. 9).
A las situaciones intimidatorias se añade que a menudo, aquéllos miembros de las omp
que cometen crímenes o violan las normas de Naciones Unidas respecto a los abusos sexuales, son encubiertos por sus compañeros y por sus
1
Todos disponibles en http://www.un.org/es/pseat- askforce/tools_engage.shtml#SpecialMeasures.
superiores, tal y como se desprende de los infor- mes de investigación, que afirman, por ejemplo:
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El comandante de distrito fue reacio a cooperar con la iD/oios (...). Era tam- bién obvio que conocía poco sobre el mandato de la iD/oios de investigar acu- saciones de explotación y abuso sexual, a pesar de la formación previa al desplie- gue que condujo el Dpko (Departamento de Operaciones de Mantenimiento de la Paz) a los contingentes de la misión. Por consiguiente hubo retrasos importantes en todos los aspectos de la investiga- ción que precisaban la participación de la administración militar (United Nations Office of Internal Oversight Services. Investigation Division, 2007, p. 36).
La cultura masculina de las operaciones de paz crea a menudo un “muro de silencio” ante las denuncias externas o los comporta- mientos internos. En entornos dominados tradicionalmente por hombres como depar- tamentos de policía, ejércitos o hermandades, existen lazos que protegen a sus miembros de las acusaciones que provengan del exterior. La mayoría de los casos de abuso y explotación no son denunciados, bien para proteger la re- putación de los “defensores” de la paz y porque quien viole el implícito pacto de silencio resul- tará estigmatizado (Defeis, 2008).
Las razones por las que se produce la explotación sexual son diversas, en lo concer- niente a las víctimas suelen incluir la pobreza, la vulnerabilidad, el desempleo y culturas en las que las mujeres deben desempeñar roles de su- misión. Sin embargo, una razón de mucho peso que hace que estos incidentes ocurran es que los pacificadores pueden cometer estas violacio- nes con impunidad (Ndulo, 2009).
La Convención sobre los Privilegios e Inmunidades de las Naciones Unidas establece que el personal empleado de manera perma- nente, goza de inmunidad contra todo proceso judicial respecto a todos los actos ejecutados en el ejercicio de funciones especiales. El Se- cretario General debe renunciar a la inmuni-
los intereses de las Naciones Unidas (Asamblea General de Naciones Unidas, 1946).
Los militares que integran contingentes nacionales tienen los privilegios e inmunidades especificados en un acuerdo sobre el estatuto de las fuerzas (Status of Forces Agreement, sofA ). Según el modelo de acuerdo, los países que aportan contingentes tienen jurisdicción penal y disciplinaria respecto de los militares que integren los contingentes (Mason, 2012). Como medida administrativa, el Secretario General puede ordenar la repatriación de un militar. En virtud de este acuerdo, todos los militares en misiones de paz están sujetos a la jurisdicción exclusiva del Estado que les envía2. Hasta el momento se tienen tres tipos de justicia que se pueden aplicar a un mismo delito en un mismo territorio y en el mismo momento: la que se aplica al personal civil de las Naciones Unidas, la que se aplica a los contingentes militares y la que se aplica a la población local.
Todos los Estados contribuyentes de tro- pas (ECts) insisten en que el personal militar no debe ser objeto de acción disciplinar por parte de la onu ni de cualquier otro Estado o territo- rio, incluyendo aquel al que van a destinarse las tropas. Las razones que se aducen para impedir que aquéllos que cometen crímenes sean juzgados en los países donde lo hacen es que, a menudo, los sistemas judiciales de estos países carecen de las garantías necesarias. Des- afortunadamente, los ECts tienen un índice muy pobre al momento de juzgar y responsabilizar a su personal por los delitos mencionados o por otros delitos (Sladojevic´, 2012). A menudo, los agresores son enviados a sus casas sin que se lleven a cabo acciones por parte del Estado. La inmunidad lleva frecuentemente aparejada la total impunidad. En numerosas ocasiones los presuntos criminales son premiados con un nuevo destino (us Department of State, 2005). Una vez repatriado el presunto criminal, la onu
pierde todo control y rara vez es informada por sus Estados miembros sobre la evolución de los
dad de los funcionarios de las Naciones Unidas cuando esta impida el curso de la justicia y pueda renunciarse a ella sin que se perjudiquen
2
Puede consultarse el modelo de sofA en http:// www.ilsa.org/jessup/jessup09/basicmats/ UNsofa.pdf.
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casos, si existe enjuiciamiento y si la víctima obtiene una reparación.
La onu puso en marcha una política lla- mada de “tolerancia cero” para combatir la explotación sexual perpetrada por su propio personal y emprendió esfuerzos, difusos en mayor o menor medida, para que el género y la igualdad resultaran “transversales” en todas sus operaciones de paz (Informe del Secretario General de la onu, 2003; unDpko, 2004a y 2004b y 2006; y Asamblea de Naciones Unidas, 2005a y 2005b). Sin embargo, las investigaciones que puede llevar a cabo Naciones Unidas son de tipo administrativo y forman parte de un proceso disciplinario, su mandato no incluye la realiza- ción de investigaciones penales, sino de carác- ter meramente administrativo (Pons y Calvet, 2012). El Secretario General ha reconocido, además, que la oios carece de recursos suficien- tes y los casos graves se acumulan, muchos de ellos condenados a extinguirse debido a la frecuente rotación de los contingentes militares (Asamblea General de Naciones Unidas, 2006a). Para mejorar y reforzar las investigaciones se ha recomendado la inclusión de cortes marcia- les en destino y de hecho, dos países contribu- yentes de tropas ya las han establecido (Consejo General de Naciones Unidas, 2006).
El Secretario General de la onu solicitó al príncipe Zeid al-Hussein, representante per- manente de Jordania, un informe que evaluara las dimensiones del problema y ofreciera so- luciones (Prince Zeid Ra’ad al-Hussein, 2005). El Informe Zeid detallaba abuso y explotación de mujeres y niñas de forma generalizada, en su mayor parte consistente en ofrecer dinero, comida o trabajo, a cambio de sexo. Igualmente alarmantes resultaban las violaciones disfraza- das de prostitución, en las que a las víctimas se les dejaban regalos tras ser agredidas para pretender que el sexo fue comprado y no vio- lentado. El Informe habla también de que “(l)as víctimas y los hijos abandonados de personal de mantenimiento de la paz pueden verse estigma- tizados por sus familias y comunidades que les privan de todo apoyo ( )” y añade: “ello puede impulsarlas a entrar en nuevas relaciones de explotación con personal de mantenimiento de la paz o con otros para poder sobrevivir, tanto
ellas como sus hijos” (Prince Zeid Ra’ad al- Hussein, 2005, parr. 11).
Los estándares de conducta de los miem- bros de los contingentes militares permanecen como un área confusa. Mientras los ECt han aceptado las normas de conducta contenidas en dos documentos: Ten Rules: Code of Personal Conduct for Blue Helmets y We are United Na- tions Peacekeepers (Dpko, 2004a), estas normas se citan como orientaciones, lo que permite inferir que son de cumplimiento voluntario. Para fomentar la implementación de las pro- hibiciones y los estándares a las tropas, el Dpko
desarrolló un módulo formativo obligatorio informando de los estándares de conducta de la onu. No está claro que esta herramienta sea efectiva ni que se encuentre completamente implementada (Defeis, 2008).
El error no está en la formación como elemento clave sino en cómo se lleva a cabo. Se suelen buscar expertas en género para que actúen como “punto focal” de los diversos de- partamentos, no se busca personal con cono- cimientos en género, en asuntos políticos, en operaciones de paz y que conozcan el territorio de referencia. De este modo, se reducen mucho las posibilidades de que los asuntos de género influyan las políticas o los discursos del man- tenimiento de la paz (Raven-Roberts, 2005). El género se considera un tema de mujeres y la responsabilidad de su implementación recae exclusivamente sobre ellas. No se puede sim- plemente añadir el género a la ecuación, se ne- cesita comprender verdaderamente por qué se producen tantas acusaciones y delitos.
El príncipe Zeid recomendó al Secretario General, la creación de un Grupo de Expertos Jurídicos para que analizara y asesorara sobre la responsabilidad penal del personal de Nacio- nes Unidas en misión, que de entrada excluye al personal militar de su ámbito de actuación y a la posible responsabilidad subsidiaria de Na- ciones Unidas (Asamblea General de Naciones Unidas, 2006b).
Respecto al ámbito de la jurisdicción, el Grupo de Expertos Jurídicos consideró que “el Estado receptor es el Estado en cuyo territorio se ha cometido el delito y, en consecuencia, exis- ten pocas dudas acerca de que pueda establecer
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su jurisdicción sobre conductas que se han pro- ducido en su territorio”, no se trata de que los redactores hayan decidido ignorar la existencia de acuerdos de inmunidad, sino que afirman que existe una obligación del personal de las operaciones de paz de respetar el ordenamiento jurídico local como condición previa para el ejercicio de prerrogativas e inmunidad. A favor de esta opción añade que “el Estado receptor será el lugar en el que se encuentren la mayo- ría de los testigos y de las pruebas, así como las víctimas” (Asamblea General de Naciones Unidas, 2006b, parr. 27). Estas son observacio- nes de gran importancia aunque carezcan de eficacia. Sin embargo, llama la atención que se añada a estas la afirmación de que “(l)a cele- bración del juicio en el Estado receptor dará a la población local una mayor sensación de que se está haciendo justicia al poder ser testigo de ello. Esto es importante para demostrar el com- promiso de las Naciones Unidas con el imperio de la ley” (Asamblea General de Naciones Uni- das, 2006b, parr. 27).
El Grupo de Expertos sustituye el fin de alcanzar la justicia por la pretensión de dar la “sensación de que se está haciendo justicia”, siendo esta el instrumento para convencer de que Naciones Unidas trabaja por el imperio de la ley. Las víctimas necesariamente han queda- do exentas de mención. El Grupo de Expertos realiza una propuesta de Convención interna- cional, que resulta problemática en varios as- pectos. Un oficial o experto de Naciones Unidas en misión realiza un crimen cuando comete “violación y actos de violencia sexual” u “ofen- sas sexuales que impliquen niños”, según el proyecto de Convención. El acto de ofrecer co- mida o dinero a una mujer adulta a cambio de sexo no es un delito según la propuesta a pesar de que un acto de esas características viola los estándares de conducta de la onu .
Aunque la prostitución llamada “volun- taria” no es un crimen en todos los Estados, la prostitución en el contexto de las operaciones de paz implica, en primer lugar y en muchas ocasiones, tráfico de seres humanos. En segun- do lugar, implica un desequilibrio de poder y es inherentemente coercitiva. Los pacificadores ocupan una posición de confianza en el Estado
anfitrión, cualquier forma de prostitución ex- plota la vulnerabilidad y pobreza extrema de la población que los pacificadores van a proteger, exacerbando el trauma emocional que ya se había infligido a los miembros de la comunidad local. A menudo una mujer o una niña comer- cian con el único bien material que tiene para sobrevivir, su cuerpo (Defeis, 2008).
El profesor Muna Ndulo apunta una po- sible solución a las dificultades que presenta encausar a los pacificadores que han cometido delitos sexuales en misión en su propio Estado. Realiza un paralelismo con la Resolución del Consejo de Seguridad 1373 sobre terrorismo (Consejo de Seguridad de Naciones Unidas, 2001). Tras los atentados del 11 de setiembre en Nueva York, el Consejo de Seguridad adoptó por unanimidad la mencionada Resolución, que comprende una estrategia integral para comba- tir el terrorismo internacional. La Resolución exige a los Estados que se aseguren de que los actos terroristas se consideren graves crímenes en sus ordenamientos internos y que la grave- dad se refleje en las sentencias dictadas sobre estas ofensas.
El Consejo de Seguridad estableció ade- más un Comité para supervisar la implemen- tación de la Resolución y pide a los Estados que informen sobre las actuaciones llevadas a cabo en el plazo de 90 días desde la aprobación de la Resolución y a partir de entonces, periódica- mente. Dado que las Resoluciones del Consejo de Seguridad son vinculantes para los Estados miembros, puede decirse que el Consejo estaba legislando a escala mundial. Una legislación similar para los casos de abusos y explotación se- xual supondría un gran avance en la lucha con- tra la impunidad y la desigualdad (Ndulo, 2009). Como continuación al trabajo del Grupo
de Expertos Jurídicos se estableció, en 2006, un Comité Ad Hoc, abierto a la participación de todos los Estados miembros de Naciones Unidas o sus agencias, y cuya tarea era profun- dizar en los aspectos jurídicos del informe del Grupo de Expertos (Asamblea General de Na- ciones Unidas, 2006c). En 2008, el Comité pasó a convertirse en un Grupo de Trabajo, que sigue analizando el Informe del Grupo de Exper- tos Jurídicos y recibe información y opiniones
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de los Estados miembros sobre esta cuestión (Asamblea General de Naciones Unidas, 2008). “Esta conversión del Comité Especial en Grupo de Trabajo evidencia ya las dificultades y las di- fíciles perspectivas en las que seguía avanzando el tema” (Pons y Calvet , 2012, p. 27), de hecho, el Grupo de Trabajo se reúne cada año, y cada año se acuerda que un nuevo grupo reanude el examen, sucediéndose las Resoluciones de la Asamblea General que, con pocos añadidos, deciden continuar con el análisis que vienen tratando de llevar a cabo desde el año 2005 (Asamblea General de Naciones Unidas, 2007, 2008, 2009, 2010, 2011 y 2012).
No se puede, en ningún caso, restringir los delitos mencionados al personal y las tropas de las Naciones Unidas; no resultaría acorde a la verdad ni, por lo tanto, justo. Ni las víctimas son exclusivamente mujeres, hay un abrumador número de niñas y niños (Csaky, 2008). Una in- tervención de la onu trae consigo una gran can- tidad de ong, empresas militares privadas y todo un abanico de trabajadores internacionales, que aumentan exponencialmente la presencia de fuerzas producto de la intervención misma. Los campos de refugiados, por ejemplo, suelen con- vertirse en lugares extremadamente peligrosos para las mujeres.
En abril de 2001 unhCr y Save the Children uk realizaron un informe en que los autores citaban numerosas his- torias de explotación y violencia sexual cometidos por fuerzas de paz y cooperan- tes humanitarios en campos de Guinea, Liberia y Sierra Leona. Tras entrevistar a más de 1,500 personas casi todos con- taban la misma historia: «si una chica se niega “decía una mujer” cuando llega el momento del reparto de comida le dirán que su nombre no está en la lista». Un hombre en Sierra Leona dijo a sus entrevistadores «si no tienes una mujer, o una hermana, o una hija que ofrecer a los trabajadores de las ongs, es difícil tener acceso a la ayuda humanitaria». El informe describe un incidente en que un grupo de pacificadores se unieron para tener sexo con una niña pequeña,
muchas niñas fueron forzadas a venderse por 10 céntimos de dólar, suficiente para comprar sólo un puñado de cacahuetes (Rehn y Johnson, 2002, p. 23).
Cuando las fuerzas de paz, militares o civiles, desplegadas para estabilizar y recons- truir las sociedades, pagan por mujeres y niñas esclavas o cometen atroces abusos sexuales contra ellas, están dando continuidad a la ne- fasta esclavitud sexual producida en los años de la guerra. Cuando pagan por el sexo —con conocimiento o no— con una mujer objeto de tráfico, contribuyen a incrementar el tráfico de mujeres y niñas. Cuando las fuerzas de paz nie- gan el tráfico, o las vicisitudes de las víctimas y los crímenes son ignorados por las fuerzas in- ternacionales, y los políticos o los responsables de las Organizaciones Internacionales perciben erróneamente a estas mujeres y niñas como voluntarias o consentidoras, se está contribu- yendo a que los derechos humanos sean, en algunos lugares, solamente retórica.
CONCLUSIÓN
Es un lugar común el reconocimiento de que los conflictos bélicos potencian los daños basados en el género y es sabido que la discri- minación por razón de sexo adquiere un plus de gravedad en tales situaciones. Los datos se ofrecen en este documento sobre las secuelas postconflicto y los procesos de transición o pacificación no permiten establecer ningún balance esperanzador en esta materia. Si los ordenamientos jurídicos nacionales se mues- tran claramente incapaces de hacer frente a estas escandalosos violaciones de los derechos humanos, el actual panorama de las relaciones internacionales y el propio derecho interna- cional están eludiendo, cuando no ocultando, un grave problema, que debilita y fragiliza el ensamblaje teórico y doctrinal de la eficacia y garantías de los derechos humanos.
El alarmante relato de la violencia de género en las zonas de conflicto, especialmente en los casos analizados y su prolongación en los escenarios postconflicto exigen, por tanto, una rigurosa reflexión, que debe instalarse particu- larmente en el problema de la violencia contra
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las mujeres y más ampliamente, en el marco de la eficacia y las garantías de los derechos huma- nos en general. Si no se quieren repetir actos de violencia social e inequidad colectiva como los vividos, deben afianzarse ordenamientos jurí- dicos y eficaces sistemas de protección de los derechos que lo impidan. Los tiempos de paz deberían servir también para recomponer los principios de libertad, igualdad y dignidad de los seres humanos.
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Fecha de ingreso: 15/02/2017 Fecha de aprobación: 05/09/2017
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