Rev. Ciencias Sociales 168: 167-176 / 2020 (II)

ISSN: 0482-5276

LA DIPLOMACIA DEL AGUA: ANÁLISIS DEL CASO “RÍO BRAVO”

THE DIPLOMACY OF WATER: ANALYSIS OF CASE “RÍO BRAVO”

David Horacio García Waldman*
Salvador Gerardo Gonzáles Cruz**
Gustavo Daniel Ortiz Téllez***

RESUMEN

El presente artículo tiene como objetivo describir y comparar, a través de distintos casos, la importancia de la diplomacia del agua en las Relaciones Internacionales. Se analiza la disputa territorial del río Bravo entre México y Estados Unidos a través del Tratado de 1944. Como antecedente, se exponen dos casos de investigación (disputas entre el río Mekong y el Mar de la China Meridional), con el objetivo de sugerir soluciones para futuras problemáticas con base en las investigaciones existentes.

PALABRAS CLAVE: MÉXICO * ESTADOS UNIDOS * DIPLOMACIA * AGUA * TRATADO INTERNACIONAL * relaciones internacionales

ABSTRACT

The purpose of this article is explain through many cases, the relevance of the diplomacy of water in foreign affairs. The territorial dispute in the Bravo river between Mexico and the United States is analyzed trough the Treaty of 1944. As background complement, this investigation also analyzes two study cases (the case of the Mekong River and the case of the South China Sea), with the objective of suggesting solutions for future problems based on the already existing investigations.

KEYWORDS: MEXICO * UNITED STATES * DIPLOMACY * WATER * INTERNATIONAL TREAT * INTERNATIONAL RELATIONS

* Facultad de Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Nuevo León, Unidad Mederos, México.

david.garciaw@uanl.mx

** Facultad de Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Nuevo León, Unidad Mederos, México.

salvador.gonzalezcz@uanl.edu.mx

*** Facultad de Ciencias Políticas y Relaciones Internacionales de la Universidad Autónoma de Nuevo León, Unidad Mederos, México.

gustavo.ortiz.tellez@gmail.com

INTRODUCCIÓN

Desde tiempos remotos,los primeros asentamientos humanos se establecían con el fin de subsistir como comunidad, específicamente cerca de los ríos, en los cuales se podían desarrollar un gran número de actividades, tales como: la pesca, la caza, el riego y la transportación de un lugar a otro. Asimismo, este tipo de actividades generaban otras como el comercio, que en aquellos tiempos se denominaba trueques. Desde esta perspectiva, se observa el papel trascendental que juega el recurso hídrico en la vida cotidiana y como en el transcurso de los años se vuelve importante en el contexto nacional e internacional de los países. El agua ha sido motivo de disputas por su pertenencia y su dominio, lo cual es muy probable que se aumente en los siguientes siglos debido al encarecimiento de los recursos naturales. La diplomacia se ha convertido en un instrumento fundamental en las Relaciones Internacionales, es utilizada principalmente por los gobiernos para resolver disputas con otros gobiernos de manera bilateral o multilateral. Existen distintivos aspectos temáticos en esta área como lo es la diplomacia cultural, económica, ambiental, coercitiva o la del agua. El presente artículo tiene como objetivo describir y comparar, a través de distintos casos, la importancia de la diplomacia del agua en las Relaciones Internacionales.

En la primera parte se describe a profundidad el concepto de diplomacia del agua, después continua con los antecedentes presentando dos casos: la disputas entre el río Mekong y el Mar de la China Meridional. En la segunda parte del artículo, se analiza, compara y describe el caso principal: La disputa del río Bravo ocurrida en las fronteras mexicanas y estadounidenses en el año de 1944. En la tercera y última parte se abordan las reflexiones del análisis de este estudio, así como, algunas recomendaciones y casos que servirían para ampliar la base teórica utilizada en dicho artículo.

LA DIPLOMACIA DEL AGUA

El agua es un elemento de carácter vital en la vida y el desarrollo de las sociedades, de ahí la necesidad de contemplarla para su estudio en la denominada diplomacia del agua como parte de las decisiones fundamentales en la política exterior de un país.

El presente trabajo retoma como sustento teórico la propuesta de Orellana y Lalvay (2018), quién expone cómo los recursos naturales están siendo aprovechados en la actualidad por el ser humano para satisfacer sus necesidades básicas como la alimentación y la salud, las necesidades económicas e, incluso, de ocio. Al considerar que este tipo de diplomacia abarca diferentes aspectos con los cuerpos de agua, esta va más allá de problemas como la escasez de aguay el saneamiento, ya que uno de sus objetivos principales es el buscar una vía de cooperación para que este recurso pueda ser aprovechado como un medio que facilite la estabilidad y la paz entre las naciones.

Según Axelrod y Keohane (1985), las tres dimensiones presentes en una estructura de cooperación son: el interés mutuo, la incertidumbre del futuro y el número de actores involucrados. En los casos expuestos a continuación, se observará cómo el interés mutuo se ve reflejado en el deseo de aprovechar el recurso natural compartido de la mejor manera, y cómo el número de actores que se ven involucrados en las disputas podrá facilitar o dificultar un proceso de negociación.

Por un lado, se encuentra la idea de considerar las actividades productivas beneficiosas para el desarrollo económico de un país aprovechando un recurso natural vital como lo es el agua, y, por otro lado, el reto de la búsqueda de un equilibrio entre los recursos disponibles y la importancia de las necesidades en el medio ambiente, es decir, la posibilidad de llegar a una sobreexplotación que conlleve a consecuencias en la confiabilidad y la sostenibilidad de los suministros de agua. UN-Water (2019) informa que esta conducta puede causar tensión internacional si esos impactos se perciben con mayor intensidad del otro lado de las fronteras del país.

Es necesario comenzar definiendo la diplomacia del agua según los postulados de Schmeier (2018), quién la describe como el instrumento diplomático para dar solución a desacuerdos existentes o emergentes sobre los recursos hídricos compartidos (entre dos o más países) con el objetivo de resolver o mitigar estos problemas para el bien de la cooperación, la estabilidad regional y la paz.

Igualmente, el estudio de Peña y Solanes (2003) establece que el concepto de gobernabilidad1 es perfectamente aplicado en la diplomacia del agua desde la gestión en un acuerdo social para buscar una relación entre agua-sociedad, de tal manera que pueda lograrse la estabilidad deseada por países que presentan desacuerdos debido a los límites territoriales, lo cual implica compartir recursos naturales con otras naciones.

Estudios como el de Islam y Madani (2017) tuvo como propósito analizar, comparar y describir distintos casos en donde la diplomacia del agua fue aplicada, entre los que se encontraban: el conflicto por el agua existente entre Israel y Palestina, la expansión de la desalación en Qatar, el conflicto y diplomacia de agua en la cuenca del Nilo.

En el estudio de Yasuda et al. (2018), se analizó, comparó y describió la cooperación actual y potencial futura sobre la cuenca del río Brahmaputra. El estudio buscó encontrar soluciones a los problemas presentados en dicha cuenca más allá de las normas legales formales y considerar las posibilidades de las normas culturales de los procesos informales de cooperación como lo es la diplomacia del agua.

Con base en la literatura científica angloparlante existente, este artículo encuentra su propósito para extender este conocimiento a la región latinoamericana donde escasean estudios enfocados en la diplomacia del agua, presentando el análisis de caso del río Bravo como punto de partida.

ANTECEDENTES

1) CONFLICTO EN EL MAR DE LA CHINA MERIDIONAL

Los escasos estudios que tratan la figura de la diplomacia del agua se presentan por lo acontecido en el Mar de la China Meridional, siendo un caso substancial, ya que se encuentran involucrados distintos países en la búsqueda de los recursos que son compartidos. La disputa territorial del Mar de la China Meridional entre China, Estados Unidos, Japón, Taiwán y algunos países del Sudeste Asiático —Brunéi, Filipinas, Malasia y Vietnam— es causada por el dominio de las islas Paracelso, el arrecife Scarburough y la isla Spratly que se encuentran en dicho mar. Estas islas tienen grandes recursos naturales y una ubicación geográfica estratégica.

Con base en lo mencionado por Rubiolo (2016), este conflicto inicia después de que China hiciera el reclamo de estas islas debido a sus recursos; sin embargo, Filipinas inmediatamente demostró su oposición ante esta acción llevando a China ante el Tribunal de Arbitraje de La Haya, el 22 de enero de 2013. El conflicto por la soberanía de estas islas reclamadas por China fue presentado bajo los acuerdos de la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar de 1982, que hoy ha sido firmada por 168 países, entre ellos, China y Filipinas.

La respuesta que dio la Organización de las Naciones Unidas estuvo basada en el Convenio de las Leyes sobre el Mar, concluyendo en que China no contaba con suficiente fundamentación legal, previendo una escalada en conflicto y reclamando una mayor cantidad de territorio sobre el mar. Pavez (2016) menciona que dicha región posee un alto valor geoestratégico y económico, tanto por sus recursos naturales como por su ubicación en las rutas comerciales, es por ello que China reclama estas islas en base a la “línea de los nueve puntos”: siendo la delimitación los islotes, los arrecifes y las rocas, desde esa zona hasta 2000 km de sus costas.

De acuerdo con los autores García et al. (2018), este conflicto tiene como única finalidad la posibilidad de escalar un conflicto militar en la región marítima, por lo que continuará siendo un área de oportunidad en esta parte de la diplomacia del agua. La cadena de noticias bcc Mundo (2016) explica que la decisión por parte de la onu trae implicaciones globales debido a la importancia comercial de la zona, ya que además del agua abundan recursos naturales como gas y petróleo, siendo fuente vital de inversión extranjera.

2) RÍO MEKONG

Otro caso en el cual se recurre a la diplomacia del agua es en la disputa del río Mekong, el cual atraviesa seis países: China, Birmania, Laos, Tailandia, Camboya y Vietnam. Debido a que una de las principales causas es la posibilidad latente de la construcción de presas que afecten su caudal, se constituyó la Comisión del Río Mekong, una organización intergubernamental creada por Camboya, Laos, Tailandia y Vietnam, cuyo objetivo principal es buscar la cooperación del desarrollo sustentable en la cuenca Mekong. Sin embargo, esta comisión al ser de carácter técnico, no puede tomar decisiones por sí sola, necesita del apoyo de todos los Estados.

Para comprender la situación de esta problemática, Rujivanarom (2017) señala que China ha construido seis presas en el tramo que le corresponde del río Mekong, mientras que Laos y Camboya planean hacer otras once presas junto con doce más en los principales arroyos que de este se desprenden. La construcción de estas presas impacta sobre la población de peces y esto, a su vez, impacta a millones de personas que utilizan el río para la pesca continental, siendo el más grande del mundo.

Si bien, el conflicto del Mar de la China es grave, el del río Mekong puede ser un conflicto mucho mayor, ya que según el estudio de Granados (2014), de este río dependen al menos 60 millones de personas, tanto por sus recursos pesqueros como por ser una fuente de abastecimiento de agua potable. El problema más grave que se enfrenta es el de garantizar la seguridad alimentaria y de los recursos hídricos para las naciones indochinas como Vietnam y Tailandia, las cuales se encuentran entre los mayores productores de arroz.

Heydarian (14 de enero de 2018) señala la necesidad de constituir más plataformas como el sistema de Cooperación Lancang-Mekong con el fin de contener la desvanecía y evitar un posible conflicto por el agua en Asia. De igual manera, menciona que en el centro de la disputa se encuentra la bonanza de construcción de represas entre los Estados litorales, en particular China y Laos, que coloca a las naciones río abajo en una posición de pánico. Además, es importante mencionar cómo la falta de un marco regulatorio común provoca que las naciones se muestren poco interesadas y dispuestas a entablar una negociación política.

Para Laos, la construcción de represas, incluidos los proyectos Don Sahong y Xayaburi, tiene como objetivo transformar al país en la “batería del sudeste asiático”. La nación asolada por la pobreza y con un consumo de energía doméstico limitado, espera generar electricidad excedente para la exportación. En caso de que los proyectos anteriores continúen aportando más crisis que desarrollo, se irán intensificando las tensiones, además de que correría mayor riesgo el área de alimentación, lo cual generaría migraciones en masa y amenazas hacia la estabilidad de la región.

Retomando las ideas de Axelrod y Keohane (1985), el autor habla de cómo es proporcional el conflicto al interés entre los actores, es decir, cuanto mayor sea el conflicto de interés entre los jugadores, mayor es la probabilidad de que los jugadores elijan desertar, además de que las perspectivas que adquiere cada país servirán para definir sus propios intereses e ir mediando sus acciones, de tal manera que puedan alcanzar los objetivos en los que puedan sentir que se logró un sistema con balance de poder, evitando una hegemonía.

CASO DE ESTUDIO: EL RÍO BRAVO

EL CHAMIZAL

A diferencia de los casos de conflicto por el agua presentados anteriormente, hubo un caso particular en donde el ejercicio de la diplomacia del agua concluyó de manera exitosa, a dicha problemática se le conoció como “El Chamizal”. Esta consistió en una disputa entre México y Estados Unidos por la división fronteriza de los territorios, la cual quedó ceñida por el río Bravo a partir de 1944, tras la firma del Tratado de Aguas entre ambas naciones. Gracias a que ambos países han compartido historia y tratados que se han respetado en diferentes ocasiones, el tratado fue una medida de solución eficaz en este conflicto, el cual involucró a los recursos hídricos.

El estudio de Reyes (2014) menciona que el conflicto del Chamizal comenzó como una historia de perseverancia cuando en 1864, los habitantes de esta zona ubicada en el Paso del Norte —actualmente conocida como Ciudad Juárez— presenciaron cómo las tierras que les pertenecían o en las que trabajaban pasaron a formar parte del lado norte del río Bravo tras su deslave, también conocido como río Grande en Estados Unidos.

El Parque Público Federal El Chamizal, o como se le conoce comúnmente “El Chamizal”, es un parque urbano ubicado justo en la frontera de México con Estados Unidos. Hoy el Chamizal forma parte del territorio mexicano, pero en 1864 dicho lugar desató un conflicto diplomático a causa de que el río Bravo sufrió un aluvión causando el desplazamiento del parque a territorio estadounidense. Al percibir este cambio en el cauce del río, un ciudadano mexicano llamado Pedro García, realizó el reclamo de su territorio a Estados Unidos, pero fue ignorado. Posteriormente, los habitantes del lado americano (El Paso, Texas) poblaron el área.

Al mismo tiempo, al lado derecho del terreno del ciudadano García está en una península que se desplazó al lado mexicano —llamada la isla de Córdova—, lo cual se convirtió en un enclave tras una nueva inundación ocurrida en 1897. “El 17 de octubre de 1866 el jefe político y comandante militar del Distrito de Bravos le comunicó al gobernador Luis Terrazas de Chihuahua que el río Bravo había experimentado diversos cambios en su cauce” (Hernández y López, 2006, p. 35). A partir de esto, comienzan las reclamaciones por El Chamizal por parte del gobierno mexicano hacia el estadounidense. La postura de México respecto a este problema nunca se modificó, se esgrimieron argumentos contundentes que habrían de servirle para reclamar y obtener el dominio nuevamente de El Chamizal. Reyes (2014) señala que en vista de que la negociación diplomática no fue suficiente para dar solución al problema, ambos gobiernos decidieron acudir a la vía jurídica y resolver el diferendo mediante arbitraje.

El estudio de Reyes (2014) menciona que el tipo de arbitraje que se utilizó en el caso de El Chamizal fue el de la Comisión Mixta, figura a la que se empezó a recurrir al llegar a una concepción de igualdad jurídica entre los Estados, a diferencia del arbitraje de Jefe de Estado, que consistía en solicitar la mediación de alguna persona que se considerara con autoridad moral.

Una vez resuelto el conflicto, los presidentes Adolfo López Mateos y Lyndon B. Johnson se reunieron el 25 de septiembre de 1964 en la frontera entre Ciudad Juárez y El Paso, con el objetivo de que el mandatario estadounidense hiciera simbólica la entrega del territorio de El Chamizal a su homólogo mexicano.

ISLA DE CÓRDOVA

Una vez concluidas las demandas del caso anterior, en lo que respecta al territorio en disputa entre México y Estados Unidos, Brooks (18 de febrero de 2019) señala que El Chamizal quedó en lo que ya era el centro de El Paso, Texas. Para evitar generar problemas mayores, la negociación determinó que de las 177 hectáreas del área original, México tomaría 148 hectáreas. Sin embargo, una península de territorio mexicano, después llamada Isla de Córdova, quedaba a la deriva.

Inicialmente, a Estados Unidos no le interesaba el dominio de la isla de Córdova, ya que este territorio no poseía ningún valor ni recursos naturales que le fueran a favorecer. Sin embargo, la ambición de Estados Unidos por tener un territorio de mayor extensión fue lo que llevó a este conflicto con México, quien decidió comenzar a reclamar su parte a Estados Unidos, rechazando nuevamente las demandas para recuperar su territorio. La reclamación por parte del dueño, el mexicano Pedro García no dio soluciones y el gobierno mexicano tuvo que solicitar una mediación por parte de la Comisión Internacional de Límites y Aguas. Con base en lo anterior, se concluye que la diplomacia del agua fue implementada de una manera exitosa, debido a que México logró recuperar el territorio de El Chamizal, considerándose uno de los mayores logros de la diplomacia mexicana.

Todo lo expuesto hasta este punto sustenta lo determinado por Axelrod y Keohane (1985), quienes expresan que cuando los actores involucrados en un proceso de toma de decisión coinciden en que la cooperación mutua es peor que una deserción mutua, de no ser así la negociación se verá bloqueada y no habrá progreso en los puntos a tratar, ya que la estrategia dominante de cada actor será desertar sin importar lo que haga la otra parte. Es común que las naciones dominantes utilizan la llamada diplomacia coercitiva para invalidar o descalificar las opciones de cooperación que pueda tener el otro actor negociante y, ante esta falta de respeto, se tiene como resultado el abandono de la negociación y la agravación del problema.

EL TRATADO DE AGUAS DE 1944 ENTRE MÉXICO Y ESTADOS UNIDOS

Ojeda (1984) menciona que México a lo largo de su historia ha tenido una política exterior basada en criterios propios, la cual se ha calificado de mayor independencia relativa comparada con el resto de América Latina en su conjunto, considerando que a raíz de consolidarse como Nación buscó como principal objetivo la defensa de intereses nacionales internos, lo cual se puede observar aún vigente en la época contemporánea, gracias a los procesos de negociación diplomática.

El Tratado de Aguas se estableció con el objetivo de aprovechar de la mejor manera los volúmenes de agua y hacer posible su acceso a todas partes, donde serán almacenados y utilizados para distintos fines, lo cual otorga una jerarquía que contempla desde lo doméstico, agrícola y ganadero, lo concerniente a la energía eléctrica y usos industriales, hasta la navegación, pesca y caza, de tal manera que ambas naciones que suscriben puedan alcanzar un desarrollo gradual en beneficio de ambas partes.

Este acto de almacenar los recursos hídricos presentes en el territorio se llevó a cabo por la capacidad útil de las presas de almacenamiento, las cuales se dedican a retener y conservar el agua para disponer de ella cuando sea necesario, buscando evitar futuros conflictos sobre a quién pertenece qué porcentaje de aprovechamiento y proveniente de cuáles ríos. La Comisión ha buscado estipular cuidadosamente los límites territoriales en los primeros cuatro artículos del tratado, así como, la jurisdicción de la misma.

Con base en lo mencionado en The U.S. Section of the International Boundary and Water Commission (11 de abril de 2019), la Comisión Internacional de Límites y Aguas entre México y Estados Unidos, además de contar con una sección mexicana y una sección de los Estados Unidos, debe entenderse que está dotada del carácter que tiene un organismo internacional. Por ende, el tratado estipula que cada gobierno deberá reconocer carácter diplomático al Comisionado del otro.

Uno de los objetivos principales de la diplomacia del agua es la cooperación de ambos gobiernos para lograr los objetivos de estos tratados, como se menciona en el estudio de ihe Delft (28 de marzo de 2019). La diplomacia del agua tiene como finalidad promover la cooperación y la prevención de conflictos en relación con los recursos hídricos compartidos, así como contribuir a la seguridad y a la estabilidad regional más allá del sector del agua, con el fin de que estos recursos sean compartidos de forma segura.

El tratado entre el gobierno de los Estados Unidos Mexicanos y el gobierno de los Estados Unidos de América con relación a la distribución de las aguas internacionales de los ríos Colorado, Tijuana y Bravo, desde Fort Quitman, Texas, hasta el Golfo de México, a partir del artículo 10, plantea regulaciones para la asignación de las aguas en el río Colorado, previendo casos de sequía o irrigación, además del volumen que entregará Estados Unidos a México en caso de presentar cantidades adicionales de agua. Posteriormente, los artículos 11 al 15 estipulan el acuerdo en el que México deberá pagar a Estados Unidos por la entrega de una parte de su asignación en el uso del Canal Todo Americano, así como, los demás acuerdos a pagarse en partes iguales para ciertas operaciones y mantenimientos.

Con lo anterior expuesto, se observa la disposición que existió por parte de los gobiernos de México y Estados Unidos en la disposición de negociar y buscar una vía de cooperación que permitiera el mejor desarrollo para el tratamiento de los recursos compartidos como mejoras en infraestructura y colaboración para alcanzar el volumen acordado para las dos naciones, en caso de una alcanzar el propio de manera inmediata, contrario a seguir almacenando agua, destinará los recursos a la contraparte mexicana de tal manera que se logre el reparto equitativo previsto.

Es a través de la utilización de la diplomacia del agua, donde cada país tendrá la capacidad de cooperar de forma positiva analizando las problemáticas que se presentan en este río transfronterizo. Los gobiernos de México y Estados Unidos, en el artículo 17 del tratado, se comprometen a realizar una advertencia mutua en caso de existir alguna salida de agua en territorios propios que pudiera causar alguna inundación al otro.

La acción de compartir ríos o aguas transfronterizas de manera justa es una forma eficaz de promover la cooperación pacífica, tal y como se menciona en este estudio: siendo que las aguas transfronterizas (los acuíferos y las cuencas de los lagos y ríos que comparten dos o más países) sustentan la vida de un gran número de personas en todo el mundo, la forma en que se maneja este recurso hídrico es vital para promover la cooperación pacífica y el desarrollo sustentable.

Los autores Klimes et al. (2019) señalan que una de las herramientas principales de la diplomacia del agua es propiciar el diálogo y la búsqueda de formas innovadoras para generar confianza y fortalecer la cooperación entre las partes interesadas. Gracias a que México aplicó en este tratado de manera eficaz la diplomacia, logró alcanza un acuerdo con Estados Unidos que permitiera establecer los límites de ambas naciones, al buscar el aprovechamiento de los intereses que cada país tiene sobre los recursos compartidos en este río.

Además, la construcción de presas hidroeléctricas sirve para el mayor aprovechamiento de energía del cauce del río compartido, al ser en este caso el río Bravo (Grande). En este tratado binacional, se puede apreciar que se construyó de una forma razonable al encontrar soluciones pacíficas sin afectar a los países, estableciendo diálogos de forma consciente. De esta manera, se logró formar una planta hidroeléctrica (presa de la Amistad ubicada en el cauce del río Bravo entre los límites de México y Estados Unidos). En dicho tratado se puede apreciar la confianza que existe entre ambas naciones y donde se refleja la voluntad de cooperar para compartir sus recursos hídricos.

Lo anterior coincide con puntos de vista de diferentes analistas en la materia de relaciones internacionales, quienes han sostenido durante mucho tiempo que los Estados crean organizaciones internacionales precisamente para ayudar a superar los problemas de acción colectiva (Axelrod y Keohane, 1985).

Es importante que en el desarrollo de una diplomacia del agua, la distribución de este recurso sea contemplado como un punto especial, tal como hace mención el estudio de Klimes et al. (2019). Este enfoque permitirá evaluar las formas de contribuir en posibles soluciones para la gestión de los recursos hídricos potables compartidos. Es un proceso que busca desarrollar soluciones razonables, sostenibles y pacíficas.

En los siguientes artículos del tratado, como el 20, otro fruto de la correcta aplicación de la diplomacia, se le confiere libertad de tránsito al personal involucrado en actividades de construcción o mantenimiento, sin restricciones en materia de migración, únicamente solicitando una identificación correspondiente.

A pesar de que el Tratado firmado en 1944 buscó prever la mayor parte de situaciones que puedan presentarse entre los recursos hídricos compartidos, tuvo lugar un incidente hacia finales de 1961 por una alta concentración de agua (2500 partes por millón) que México recibió del río Colorado, además de la presa Falcón, lo cual provocó una reducción en los predios por parte de México. Sin embargo, la Comisión Internacional de Límites y Aguas entre México y Estados Unidos (1944) intentó dar solución a los problemas que surgieron como la movilización social de usuarios del agua, en su mayoría productores agrícolas.

Una vez identificada la causa en el incremento de la salinidad, se logró dar soluciones y se hizo un arreglo en el Tratado de Aguas en el acta 223, el 30 de noviembre de 1965, en el Paso Texas, titulado “Medidas para resolución de los problemas de la salinidad del bajo Río Bravo”. Posteriormente, se firmó el Acta 241 el 14 de julio de 1972, aplicando así, a través de la Comisión, una resolución apropiada para cumplir con el objetivo de mediar y aprovechar los recursos hídricos.

El estudio de Simon Petite (2017) concluye que hay pocos acuerdos internacionales para gestionar los recursos hídricos, por lo que el presente acuerdo fue de gran apoyo para México y Estados Unidos, a diferencia de otros casos en disputa por cuerpos acuáticos compartidos como el caso de China Meridional.

CONCLUSIÓN

De acuerdo con el análisis de las diferentes situaciones y perspectivas presentadas en casos de disputas generadas en relación con el aprovechamiento de recursos hídricos compartidos, se puede aquilatar, entender y asumir la importancia de organismos especializados en la capacidad de mediar conflictos a través de la aplicación o el ejercicio de la diplomacia del agua, al ser este recurso de vital importancia para el ser humano y para la generación de ingresos a una nación, ya sea por la actividad turística y las actividades económicas.

Considerando el caso del río Mekong, en efecto, se cuenta con un organismo que está dispuesto a atender las diferencias de los países que comparten el río (no es un organismo a quien le corresponda tomar las decisiones y efectuarlas) y al ser meramente de carácter técnico, proporciona sugerencias para que quienes estén al mando logren acuerdos a través de la utilización de la diplomacia del agua, al favorecer la cooperación y garantizar la paz y la estabilidad regional.

A pesar de que en los primeros casos no se logró llegar a una conclusión o resolución de los conflictos como lo fue en China Meridional, fue posible identificar los resultados favorables que conllevan la implementación de la diplomacia del agua entre México y Estados Unidos, quienes históricamente comparten diferentes ríos. Ambos países coincidieron en que para conseguir un mejor aprovechamiento de los recursos, fue necesaria la creación de una Comisión que, a diferencia del caso del río Mekong, en el caso de México y Estados Unidos lograron darle autoridad al comisionado de cada país para que de manera conjunta con su Secretaría correspondiente pudieran dar solución a los problemas presentados o que se pudieran presentar en un futuro, además de que están detalladas diferentes situaciones en las cuales se busca de antemano, tener establecidas diferentes líneas de acción.

Es necesario considerar que si los países involucrados en una disputa territorial por recursos compartidos se ven involucrados en diferentes escenarios cuyo tema principal es otra materia de interés, será más complejo lograr un acuerdo que facilite el desarrollo o la cooperación mutuos, pues como todo proceso de negociación, es importante reconocer los intereses y las posiciones de la contraparte con el fin de comprender su posición y llegar a una resolución satisfactoria para cada una de las partes involucradas en beneficio de los intereses y necesidades.

Finalmente, es de vital importancia recalcar que la diplomacia del agua ha sido aplicada en otros casos alrededor del mundo, tanto en lagos, océanos y cuencas fluviales trasfronterizas, en donde en algunas situaciones se ha obtenido resultados favorables como lo fue la conocida “Guerra del agua” que tuvo lugar en Bolivia en el año 2000, en el cual el gobierno decidió privatizar este recurso y la sociedad civil presionó al gobierno para negociar por la vía pacífica la solución a dicho problema. Sin embargo, en otros casos, la diplomacia del agua no tuvo resultados favorables como lo fue el conflicto entre las repúblicas ex soviéticas por el mar de Aral en la década de los 90 del siglo xx, en el cual los gobiernos no llegaron a un acuerdo y como consecuencia Asia presenció la casi extinción de este mar.

A manera de cierre, se sugiere estudiar a fondo otros casos como los que se han mencionado de manera breve, en los cuales la diplomacia del agua haya sido utilizada, con el propósito de extender el enfoque teórico en Latinoamérica, región en donde dicho conocimiento continúa siendo escaso.

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Fecha de ingreso: 18/07/2019

Fecha de aprobación: 18/06/2020


1 Se entiende gobernabilidad como la capacidad de generar políticas adecuadas para llevarlas a la práctica.