Resumen
La materia penal y penitenciaria es especialmente rica en principios informadores derivados de las grandes declaraciones de derechos humanos y no puede ser de otra forma, si se toma en cuenta que la pena y especialmente la pena de prisión, son las intervenciones estatales más duras sobre los derechos fundamentales. Por eso sus límites, deben ser especialmente rigurosos y se establecen en textos, tanto nacionales como internacionales, que tienen su referente último en el respeto de la dignidad humana (arto.5.Cn.). Es desde esta perspectiva, que se producen las primeras reformas de las leyes penales en nuestro país, creándose la figura del juez de ejecución de la pena y vigilancia penitenciaria (arto.403 C.P.P), a fin de dar cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 27 de la Constitución; en atención al estado de privación de libertad en que se encuentran las personas que cumplen este tipo de condenas y admite que los derechos constitucionales de la mismas, pueden ser objeto de limitaciones que no son de aplicación a los ciudadanos comunes, a esto se debe a que exista una relación de sujeción especial sobre los privados de libertad (arto.407 C.P.P.). Se ha identificado una relación especial de sujeción, dice Gómez Pavejeau (2007,p.27) que surge entre el Estado y las personas privadas de libertad internadas en un centro carcelario, la cual tiene ya una importante configuración en la jurisprudencia constitucional.Citas
Bueno Arus, Francisco (1989).Lecciones de Derecho Penitenciario, 2a
Edición, Salamanca, Artes Graficas S.A.
Código Penal de la República de Nicaragua (2008). Décima Edición,
Managua,BITECSA.
Código Procesal Penal de la República de Nicaragua (2002).Managua,
Editorial Jurídica.
Constitución Política de la República de Nicaragua con sus reformas
(2003). Managua, Artes Graficas.
Ferré Olivé, Juan Carlos (2001). Consecuencia jurídica del delito. En
ciencias penales. Monografías, San Salvador, Escuela de Capacitación
Judicial.
García Arán, Mercedes (2006).La ejecución penitenciaria en una sociedad
cambiante. Congreso penitenciario internacional, Barcelona.
García Valdés (1975). Régimen penitenciario de España, Madrid, Instituto
de Criminología.
Garrido Guzmán, Luís (1976). Compendio de ciencias penitenciarias,
Valencia, Universidad de Valencia.
Gómez, Carlos Arturo y Mario Roberto Molano (2007) La relación especial
de sujeción. Editorial Cordillera S.A.C. Bogotá
Hoyo Sánchez, Montserrat de (2004). El detenido y sus derechos.
Managua, Hispamer.
La Gaceta, Diario Oficial, N° 222, Ley N° 473. Ley de régimen penitenciario
y ejecución de la pena, Managua 21 de noviembre 2003.
La Gaceta, Diario Oficial, N° 54, Decreto N° 16-2004. Reglamento de la ley
N° 473, Ley del régimen penitenciario y ejecución de la pena, Managua, 17
de marzo 2004.
Larrauri Pijoan, Elena. et.al, (2001).Ciencias Penales. Monografías, San
Salvador, Escuela de Capacitación Jurídica.
Legislación Penitenciaria (1985). Biblioteca de legislación, Manuel Alonso
Olea. et.al (directores). Madrid, Civita.
Mapelli Cafarena, Borja (1998).Contenido y limite de la privación de
libertad, Poder Judicial N° 52,Universidad de la Rioja.
Racionero Carmona, Francisco (1998). El juez de vigilancia penitenciaria,
Madrid, Cuaderno del Instituto Vasco de Criminología N° 12.
Sambola i Cabrer, Francisco Xavier (2005). Los derechos fundamentales de
los internos en los centros penitenciarios. (en línea)
Citado07307.http://noticias.juridicas.com/index.php?doc=http%3A//noticias.j
uridicas.com/articulos/55derecho%2520penal/2000110551591010043130.ht
ml.