Revista Digital de Ciencias Penales de Costa Rica ISSN Impreso: 2215-6704 ISSN electrónico: 2215-6704

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EL DERECHO A DECIDIR. ¿POR QUÉ COSTA RICA DEBE DE DESPENALIZAR EL ABORTO EN CASOS DE CONCEPCIÓN DE UN PRODUCTO ANENCEFÁLICO?
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Pereira Rodríguez, M. L. (2023). EL DERECHO A DECIDIR. ¿POR QUÉ COSTA RICA DEBE DE DESPENALIZAR EL ABORTO EN CASOS DE CONCEPCIÓN DE UN PRODUCTO ANENCEFÁLICO?. Revista Digital De Ciencias Penales De Costa Rica, (3 (34) (15). Recuperado a partir de https://revistas.ucr.ac.cr/index.php/RDMCP/article/view/57407

Resumen

 La interrogante del ¿Por qué Costa Rica debe de despenalizar el aborto en casos de concepción de un producto anencefálico? contiene una serie de respuestas que a través de este instrumento se analizarán con mucho compromiso. Este país ha mostrado a través del tiempo renuencia en la despenalización del aborto en casos como el que nos ocupa, y de esta forma, es como se atropella  de forma manifiesta el derecho que ostentan las mujeres de poseer  una  vida digna, la cual solamente se asegura garantizando el derecho a la salud desde su enfoque más amplio y a su vez, la libertad de decidir sobre su propia corporeidad. Los serios obstáculos que se presentan para que una mujer pueda, si así lo decide, abortar en caso de que el producto una vez fuera del claustro materno, no tenga ninguna esperanza de vida, como lo es la anomalía mortal en mención, deviene en trato cruel e inhumano o peor aún en una forma más de tortura.  Un estudio consciente y además técnico de temas como la anencefalia en el producto de la concepción, hará que se caiga en cuenta en las rémoras legales que como país se ha venido incurriendo, afectando así el derecho a decidir de las mujeres y todos los flancos que se transgreden al exigirles mantener un producto, dentro de su cuerpo, que nacerá, pero inmediatamente morirá, obligándoles a seguir un proceso despiadado, vil e inaceptable como lo es conservar por un tiempo indeterminado una formación intrauterina que una vez expulsada dispone de nulo porcentaje de vida.  Se concluye en este artículo con la necesidad de incluir dentro de nuestra normativa penal un apartado que permita a las mujeres, que así lo consientan, el aborto en ocasión de la  anencefalia en el producto de la concepción y consecuentemente que el Estado brinde los insumos necesarios a nivel de sistema de salud para los procedimientos obstétricos o médicos en general que se requieran, de forma segura y gratuita. 



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