Resumen
En el 2006, la Sala Constitucional declaró como facultativo el agotamiento de la vía administrativa, salvo en dos materias específicas: Municipal y contratación administrativa. Sin embargo, a la fecha, bajo el ordenamiento jurídico administrativo moderno, el agotamiento de la vía administrativa debe entenderse como optativo o facultativo siempre, en todos los supuestos, sin distinción, en franca defensa de los intereses subjetivos de los justiciables.
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