Revista de Ciencias Jurídicas ISSN Impreso: 0034-7787 ISSN electrónico: 2215-5155

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El recurso de "habeas data" como forma de la tutela de la persona frente al tratamiento de sus datos personales. El caso de Costa Rica
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Palabras clave

habeas data
habeas data propio

Resumen

El Diputado Dr. Constantino Urcuyo ha tenido la iniciativa, en un proyecto redactado en el año de 1996, de introducir una reforma a la vigente Ley de la Jurisdicción Constitucional No. 7135 del 19 de octubre de 1989, a fin de que se adicione un Capítulo IV referido al "Habeas Data" en el Título III sobre los recurdos, como una forma de "amparo específici" en materia de tutela de la "identidad" o "libertad" informáticas

El Proyecto parte de la premisa de que la estructura del recurso de amparo, que en Costa Rica tiene un gran amplitud, serviría para brindar una tutela de la libertad informática "ágil e inmediata".

En la "Exposición de Motivos" del Proyecto se considera, asimismo, que el "hábeas data" es un "remedio procesal" que protege dos fases de la "libertad informática", por una parte, los datos personales en sí mismos ("habeas data propio") y, por otra parte, el "hábeas datas impripio", el cual tutela el derecho de los ciudadanos al acceso a la información, frente a la cual se tiene un "inte´res legítimo".

Se considera en este Proyecto que el así llamado "habeas datas propio" contemplaría los derechos de acceso, modificación, adecuación al fin, confidencialidad, eliminación e inclusión de datos de la persona. No se analiza cuáles etapas del tratamiento de la información serían tuteladas, y parece desprenderse de la argumentación de los motivos del Pryecto, que se atiende al interés en cuanto al dato final, tal y como se encuentra consignado en el banco de datos, no así, por ejemplo, la transmisión de datos más allá de las fronteras.

https://doi.org/10.15517/rcj.2002.13436
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