Revista de Ciencias Jurídicas ISSN Impreso: 0034-7787 ISSN electrónico: 2215-5155

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La revolución jurídica del siglo XVI

Résumé

La Iglesia cristiana, en sus inicios de vida histórica, se distinguió por la carencia de instituciones jurídicas que la regularan en sus propias relaciones internas y entre ella la de sus adeptos. Se podría caracterizar a la Iglesia de esta época porque su principal fundamento radicaba en una creencia común sin instituciones de gobierno fijas, es más, sin ninguna clase de gobierno estable, únicamente regida por poderes de alta moralidad, y susceptibles de gran movilidad, que se adaptaban fácilmente a las necesidades del momento dado, o cuando el caso jurídico se presentaba ante quienes, en ese momento dado, se creían con la capacidad suficiente para resolverlo. En estas congregaciones cristianas primitivas, quien animaba o dirigía a la institución, era ese poder moral que estaba en manos de hombres que predicaban, enseñaban y gobernaban –en última instancia–, moralmente a todo el grupo, pero como una institución oficial no había ni magistrado ni disciplina reconocidos. La asociación ferviente en las creencias era la forma de la sociedad. 

https://doi.org/10.15517/rcj.1970.16773
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