Resumen
Cada Estado tiene su propio sistema de normas que disciplina los poderes de gobierno las característcias de los órganos que deben ejercitarlos.
Desde ahora querría llamar la atención sobre el hecho de que el sistema adoptado se resuelve también en un criterio para la selección de los gobernantes, es decir, de las personas singulares q las que deben confiarse los órganos y los poderes, y al mismo tiempo condiciona la proveniencia, la formación y el tipo de comportamiento de la clase política.
Y puesto que lo que en definitiva cuenta es el conjunto de las cualidades de los hombres que nos gobiernan, resultará que este último aspecto de los sistemas constitucionales, generlamente descuidado por los juristas, no es el menos importante.