Resumen
Me es muy grato dedicar estas primeras consideraciones sobre un concepto extremadamente importante para el estudio del derecho tributario -y en general, del Derecho Público- el concepto de "potestad de imposición", a un insigne estudioso y magistrado de América Latina, el Profesor don Víctor Manuel Elizondo.
En efecto, la mayor confusión terminológica reina en mérito a la definición de potestad de imposición, es decir, de la potestad administrativa a través de cuyo ejercicio el ente público pretende concretamente la prestación tributa.ria de parte del sujeto pasivo.
Este aspecto final del concretarse de la norman jurídica tributaria se presenta frecuentemente confundido -o en todo caso no bien destacado- con la potestad del Estado (y de los entes públicos menores) de postular la norma general y abstracta que prevé la imposición, si y cuando se verifica el presupuesto de dicha norma en relación con un determinado sujeto (pasivo). En realidad se trata de dos diversos momentos de la actividad del ente público que es menester distinguir incluso terminológicamente