Resumen
En el inter-críminis o caminino del delito, se desarrollan distintas fases, desde la inicial, constituida por el pensamiento criminoso hasta la última, que Carrara llama el delito agotado, considerándose como tal, por ejemplo, no sólo le hecho de haberse consumado un robo sino de obtener el lucro al que se encaminaba la acción. Entre estos extremos los penalistas configuran tres estapas intermedias: los actos de preparación, los de ejecución y los de consumación.
Cuando la ejecución no se ha llevado al término o la consumación no se ha perfeccionado, estamos en presencia del fenómeno de la tentativa, que Leví ha concretado en una fórmula casi matemática:tentativa=a consumación—resultado. Sin embargo, dice Manzini que ella es “inexacta porque en los delitos de pura conducta, al no existir un resultado que sea requisito esencial de ellos, no es el resultado lo que debe faltar para que se dé la tentativa: debe faltar una parte y generalmente la parte terminal, de la acción ejecutiva”. Llama dicho autor delitos de pura conducta, a aquellos cuya ejecución implica consumación del acto, como la asociaión para delinquir o la violación de domiciilio.