Resumen
El presente artículo tiene como finalidad dar a conocer al lector acerca de la medida cautelar inmovilización de cuentas y demás valores financieros, misma que se encuentra dentro del Código Nacional de Procedimientos Penales, en su artículo 155, fracción IV, que podrá ser aplicada por el juez de control a petición del Ministerio Público, en delitos de carácter patrimonial, en específico nos abocaremos al delito fiscal de defraudación fiscal contemplado en el Código Fiscal de la Federación, esta medida cautelar representa para el contribuyente una afectación fiscal entre otros principios de derecho de los que hablaremos en el presente artículo.
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