Abstract
El concepto “Resultado” puede tener una pluralidad de significados, lo que hace que surjan diferentes discusiones acerca de cómo debe entenderse en el ámbito del Derecho Penal en la Teoría del Delito. El presente artículo presenta sus tres acepciones usuales: a) la acción exterior o realización del tipo, b) la lesión o puesta en peligro del bien jurídico y c) el resultado como efecto separable de la acción. A cada una de estas acepciones se le hace una valoración crítica con el fin de comprender mejor cuál es el significado de la palabra y cómo el Resultado se relaciona con el tipo penal y las lesiones a los bienes jurídicos.References
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