Resumen
El artículo estudia la potestad fiscalizadora de la Administración Tributaria, la cual concreta el correcto ejercicio del principio constitucional de contribuir con las cargas públicas.
En esta tarea, las Administraciones Tributarias, sujetas al principio de legalidad establecen criterios objetivos, como los planes anuales de fiscalización, para determinar los sujetos fiscalizados.
No obstante, la potestad de imperio de la Administración permite las fiscalizaciones no previstas en dichos planes cuando existan motivos objetivos y razonables que lo justifiquen. Se debe analizar en cada caso si la medida está debidamente justificada o si atiende a factores infundados y subjetivos.
Citas
Constitución Política. Del 07 de noviembre de 1949 Ley General de la Administración Pública.
Ley número 6227 de 02 de mayo de 1978
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