CIENCIAS JURIDICAS; CIENCIAS SOCIALES; DOGMATICA; TEORIA DEL DERECHO; SOCIOLOGIA DEL DERECHO; FILOSOFIA DEL DERECHO

Revista Jurídica IUS Doctrina ISSN Impreso: 1659-3685 ISSN electrónico: 1659-3707

OAI: https://revistas.ucr.ac.cr/index.php/iusdoctrina/oai
La sociedad anónima nacional o concesionaria regulada por la ley general de concesión de obras públicas con servicios públicos
PDF

Cómo citar

González González, T. (2014). La sociedad anónima nacional o concesionaria regulada por la ley general de concesión de obras públicas con servicios públicos. Revista Jurídica IUS Doctrina, 3(4). Recuperado a partir de https://revistas.ucr.ac.cr/index.php/iusdoctrina/article/view/13606

Resumen

La Sociedad Anónima Nacional o Concesionaria (a continuación escrita bajo la siguiente abreviatura S.A.N.C. ) es la sociedad a la que queda obligado a constituir el adjudicatario, por disposición expresa de la Ley General de Concesión de Obras Públicas con Servicios Públicos (a continuación escrita bajo la siguiente abreviatura LGCOPSP), a saber: "Artículo 31.Constitución de la sociedad anónima nacional. El adjudicatario queda obligado a constituir, en un plazo de noventa días naturales, contados a partir de la firmeza del acto de adjudicación, una sociedad anónima con la cual será celebrado el contrato de concesión (... ) le serán aplicables las normas del Código de Comercio."

Esta figura societaria especial es el híbrido producto de una mezcla de normativa del Derecho Privado y del Derecho Público, en donde resultan necesarias las normas del Código de Comercio referidas a las sociedades anónimas, pero de manera supletoria a las regulaciones dispuestas por la LGCOPSP sobre el contrato de concesión de obras públicas con servicios públicos y la S.A.N.C.. Ésta viene siendo una sociedad anónima común y corriente, según la entendemos dentro de nuestra legislación mercantil en los artículos 102 y siguientes que, no obstante, por encontrarse dentro del ámbito del Derecho Público, cuenta con regulaciones específicas y exclusivas impuestas por medio de la LGCOPSP y su Reglamento, desviándose del concepto habitual de sociedad anónima, con el fin de que ésta funcione dentro del contexto de un contrato de concesión de obras públicas con servicios públicos. Pero además de estas dos normas específicas y otras dispersas dentro de la LGCOPSP y su respectivo Reglamento, la S.A.N.C. se encuentra regulada por los términos del cartel de licitación, sus circulares aclaratorias, la oferta que haya presentado el licitante adjudicatario y el mismo contrato de concesión suscrito entre las partes.

Es por ello que a los contratos, producto de la LGCOPSP, se les ha caracterizado como contratos de adhesión, donde el concesionario tan solo se apega a las disposiciones impuestas por la Administración, sin contribuir en la determinación del contenido del contrato, ya que lo que se pretende proteger por medio de las disposiciones legales y administrativas predeterminadas es el interés público y no el interés del concesionario, sin que ello signifique un quebranto de los derechos del concesionario como contraparte del contrato de concesión, también regulados por la legislación comentada. En esta investigación se pretende estudiar los contrastes entre ambas sociedades, la mercantil y la concesionaria, denotando las similitudes que permiten la aplicación supletoria del Código de Comercio, pero más importante aún las características especiales y únicas de ésta última establecidas en la LGCOPSP, con el fin de entender perfectamente su funcionamiento.

PDF

Citas

BADELL MADRID (Rafael), Régimen Jurídico de las Concesiones en Venezuela. Caracas – Venezuela, 2002.

PORCELL EMILIANI (Ameli), Análisis del Principio Ultra Vires en la Legislación Panameña de Sociedades Comerciales, tomado de la página http://www.legalinfo-panama.com/articulos/ultravires.pdf el día 20 de julio de 2007 a las 3: 35 horas.

ORTIZ ZAMORA (Luis) y MUÑOZ HERRERA (Daniel), “Particularidades de la sociedad Anónima nacional o concesionaria”, en Iustitia, N° 219-220, marzo- Abril 2005, Año 19, páginas 37 y siguientes.

OSSORIO (Manuel), Diccionario de Ciencias Jurídicas, Políticas y Sociales, Buenos Aires, Argentina, Editorial Heliasta S.R.L., tercera edición, 2004.

RUFIÁN LIZANO (Dolores M.), Manual de Concesiones de Obras Públicas. Chile, publicado por Fondo de Cultura Económica de Chile, primera edición, 1999.

Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, Voto 5403 – 2005 de las 16:06 horas del 3 de octubre de 1995.

Procuraduría General de la República, 1) en el dictamen número C-026-2000 de 14 de febrero de 2000; 2) Oficio número C-243-2000, del día 3 de octubre de 2000; y 3) Opinión Jurídica Nº OJ-067-2003, del 25 de abril de 2003.

Contraloría General de la República, Oficio Nº 01877, 22 de febrero de 2002, DI-AA-516.

Código de Comercio.

Ley General de Concesión de Obras Públicas con Servicios Públicos.

Reglamento General de Concesión de Obras Públicas con Servicios Públicos.

Ley de Contratación Administrativa.

Comentarios

Descargas

Los datos de descargas todavía no están disponibles.