CIENCIAS JURIDICAS; CIENCIAS SOCIALES; DOGMATICA; TEORIA DEL DERECHO; SOCIOLOGIA DEL DERECHO; FILOSOFIA DEL DERECHO

Revista Jurídica IUS Doctrina ISSN Impreso: 1659-3685 ISSN electrónico: 1659-3707

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LOS PRINCIPIOS DE LOS TÍTULOS VALORES ELECTRÓNICOS EN COSTA RICA: A PROPÓSITO DE LA ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY N° 10069, LEY SOBRE LETRA DE CAMBIO Y PAGARÉ ELECTRÓNICOS
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Palabras clave

Legal principles
General theory of securities
Electronic securities
Electronification
Dematerialization
Principios jurídicos
Teoría general de los títulos valores
Títulos valores electrónicos
Electronificación
Desmaterialización

Cómo citar

Argüello Rojas, L. M. (2023). LOS PRINCIPIOS DE LOS TÍTULOS VALORES ELECTRÓNICOS EN COSTA RICA: A PROPÓSITO DE LA ENTRADA EN VIGOR DE LA LEY N° 10069, LEY SOBRE LETRA DE CAMBIO Y PAGARÉ ELECTRÓNICOS. Revista Jurídica IUS Doctrina, 16(1), 30. Recuperado a partir de https://revistas.ucr.ac.cr/index.php/iusdoctrina/article/view/57062

Resumen

Las tendencias del derecho privado patrimonial contemporáneo procuran —de forma previsible y uniforme— la adaptación de las instituciones jurídicas tradicionales a los requerimientos de los cambios tecnológicos, económicos y científicos que informan nuestra sociedad. El Ordenamiento Jurídico no puede anclarse en una dimensión paralela. Los postulados normativos si bien requieren de validez formal, deben ocuparse a su vez, de la legitimidad sustancial que exige los ajustes correspondientes de cara al cambio social. La economía digital y los trepidantes fenómenos de virtualización de la vida humana, exigen una serie de cambios paradigmáticos a nivel jurídico; en esta orientación, la presente investigación pretende “en clave principialista” dar cuenta de los nuevos contornos que acompañan a los títulos valores electrónicos, en particular aquellos regulados a partir de la aprobación de la Ley N° 10069, denominada: “Ley sobre letra de cambio y pagaré electrónicos” publicada en la Gaceta N° 237, Alcance N° 251, vigente desde el pasado 09 de diciembre de dos mil veintiuno. Tal normativa reconoce la necesidad de introducir cambios estrictamente necesarios para dar lugar a la electronificación y desmaterialización de esos títulos valores con el objetivo de que el “derecho sustantivo se mantenga inalterable”, lo cual generará importantes retos hermenéuticos para los operadores jurídicos involucrados en esta disciplina.

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