Resumen
Para países de un gran desarrollo del Derecho del Trabajo, no sólo por acción de la normativa estatal sino especialmente de la contratación colectiva, el tema de las cláusulas sociales, los códigos corporativos de conducta y las normas de responsabilidad social del empresariado puede sonar extraño. Y con razón. Recientemente el profesor Pera recordaba algo que con frecuencia olvidamos: probablemente un 90% de la población mundial no conoce el Derecho del Trabajo. Al ciudadano de un país rico con un Derecho Laboral dinámico le debe parecer de la época más preterida estudiar instituciones que generalmente se refieren a mínimos. Por ello, creo que es necesario transportarse a las condiciones y circunstancias de la mayoría de los países de este mundo, para poder entender en su exacta medida la trascendencia que puede tener la relación entre el comercio internacional y el Derecho del Trabajo.
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