Abstract
Ante la necesidad de buscar alternativas que aseguran un control eficaz de la acumulación administrativa, se produjo en la primera mitad del siglo veinte el surgimiento de los tribunales administrativos especializados y más recientemente la figura del Ombudsman, Procurador o Defensor del Pueblo.
En Costa Rica, mediante la ley No 7319 se creó la figura del Defensor de los Habitantes, quien a pesar de sus pocos años de existencia ha venido a revelar en su quehacer diario y en los informes anuales rendidos ante la Asamblea Legislativa una serie de irregularidades administrativas cuya validez formal no puede controlarse adecuadamente a través de los medios ordinarios de control de la actividad administrativa, bien porque se hace imposible emplazarla ante las instituciones de control, bien porque la actuación de esta resulte ineficaz.