Abstract
El presente artículo trata de analizar los problemas de la protección de la persona frente al tratamiento electrónico de sus datos personales en el contexto del proceso penal. Esta es una discusión que en América Latina apenas se inicia y que en la República Federal de Alemania adquiere en los últimos años una especial dimensión. Por ello, es que se hace en el texto una frecuente referencia a la problemática de la Ordenanza Procesal Penal Alemana a la luz del derecho de la protección de datos, a fin de extraer algunas conclusiones que pueden ser útiles para el desarrollo de instituciones que puedan enriqucer el proceso de reforma legislativo en nuestro margen.
El texto tiene como punto de partida que en América Latina la tendencia de reforma se orienta más bien hacia el reconocimiento constitucional de Hábeas Data, sin embargo, creemos que es necesario aclarar que el objetivo de hábeas data cmo tutela procesal de la autodeterminación informativa es precisamente garantizar que el ciudadano pueda ejercer derechos constitucionales como el derecho a la realización de su plan de vida, de su escogencia libre de valores y creencias, así como de su derecho a recibir informaciones sobre temas de interés público y, por supuesto, otros derechos como el de reunión y de expresión de opiniones. Todos estos derechos están en peligro cuando exista una amenaza de que el ejercicio de esos derechos sean observados, cuantificados, anotados y controlados con fines que muchas veces escapan al control del ciudadano. El hábeas data como garantía procedimental de tutela de la autodeterminación informativa del ciudadano pretende crear esta posibilidad de control por parte del ciudadano, sin embargo, es sólo un primer paso en un largo camino hacia el reconocimiento amplio de garantías para el ciudadano en el momento actual del desarrollo de la así llamada sociedad de la información.