Abstract
Sobre el derecho costarricense es que quiero hablar ahora. Lo haré considerándolo dividido en tres aspectos diferentes: a) El proceso constitucional. Todo sistema jurídico demanda una estructura básica, que determine los órganos encargados de crear y aplicar el derecho, y la distribución de competencias entre ellos. Esa organización imprime el carácter general del sistema y su evolución , dado que representa el vínculo entre el mundo de lo normativo y la realidad social y política que se encuantra bajo ella. b) Las leyes básicas, que desarrollan los principios consagrados en la Constitución, la organización de los tribunales y los procedimientos a seguir entre ellos, así como la especificación de los derechos subjetivos, que han de tener todos los sujetos de derecho. c) La regulación de las actividades económicas, como ejemplo de las respuestas del sistema social a las demandas de los gobernados. Ante la imposibilidad de contemplar la totalidad del mundo normativo, dada la importancia de la regulación de la economía, ésta constituye el mejor indicador para apreciar el cambio en este sector.Comments
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