Abstract
Caso uno:
La Sala Constitucional resolvió que la mujer tiene derecho a decidir cerca de si se esteriliza o no, sin necesidad a _ de contar con la autorización de su esposo o compañero.
Esta resolución No. 2196 de 1992 se refiere exclusivamente a la esterilización terapéutica.
Caso dos:
Se hacen sinónimos los vocablos de hombre y mujer al de persona para evitar discriminaciones y violación al mandato constitucional de igualdad ante la ley (art. 33 de la Constitución Política; entendiéndose ley como cualquier norma jurídica del rango que fuere.
Caso tres:
Se declara inconstitucional el artículo 7 de la Ley de igualdad social de la mujer que decía que cuando existía una unión de hecho, toda propiedad inmueble otorgada mediante programas de desarrollo social se inscribía a nombre de la mujer. Ahora, la citada inscripción se hace a nombre de ambos compañeros (mujer y hombre).