Abstract
El Dr. Guillermo Figallo quien me antecedió en el uso de la palabra, ya señaló aspectos generales que permiten distinguir a la propiedad agraria de otros regímenes de propiedad. Este es un aspecto fundamental, yo me voy a referir a él, sobre todo en relación con el régimen constitucional de la propiedad en Costa Rica, y creo conveniente de previo a tocar este tema, hacer una referencia general a los puntos de vista principales, mediante los que puede ser tratado el tema de la propiedad agraria por el Derecho Agrario.
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