Abstract
En el artículo anterior llegamos a la conclusión de que el actual lenguaje del derecho es bastante preciso en muchos casos y menos preciso en otros (supra II, & 32 IN FINE) en el presente artículo examinaremos más de cerca la segunda de estas posibilidades, aquellos casos en que las formulaciones jurídicas admiten dos o más interpretaciones. Nos interrogaremos, en particular, sobre los tipos de sentidos que pueden serle adjudicados a los textos legales al interpretarlos. Y luego trataremos de indicar las bases racionales que subyacen a la elección entre esos tipos.Comments
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