Abstract
El Impuesto sobre la Renta, como todos los derechos, se extingue por el transcurso del tiempo. En Costa Rica este aspecto se ha regido por dos disposiciones legales: los artículos 28 de la ley de Impuesto sobre la Renta y el 868 del Código Civil. No obstante, las reformas introducidas al citado artículo 28, por vía de nueva redacción total, enmarcadas en sendos errores judiciales de interpretación apreciables en la primera y una de las últimas sentencias de importancia, ha producido 19 distintos casos de prescripción, que a continuación trataré de clasificar para efectos de estudio y más fácil exposición.
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