Abstract
La doctrina ha resuelto el problema de la relación entre Jurisdicción y Ordenamiento de un modo muy simple: con una serie de abstracciones y conceptualizaciones. Ha comenzado por objetivar el Ordenamiento -y acaso sería mejor decir "por subjetivarlo". Ha ideado la Ley como una entidad existente en sí, distinta de la realidad y a ella superior y extraña. Ha atribuido a la Ley una voluntad; ha configurado esta voluntad como un mandato, descomponiendo la norma en precepto y sanción, y disolviendo aquel que manda y aquel que castiga en otras tantas abstracciones.
Por ello lógicamente ha concebido lo Concreto como actuación; de "la Voluntad de la Ley", y en especial la Jurisdicción y el Juicio, que fueron considerados, aun si ello fuera por medio de designaciones diversas, como declaraciones de aquella voluntad objetivamente existente, y como realización de la misma.