Abstract
La gran mayoría de los filósofos del derecho pretende definir éste a través de la norma jurídica, respecto de la cual se pretende encontrar la diferencia específica con otros tipos de normas, principalmente las normas éticas y las de trato social.
Se habla de la autonomía y la subjetividad de las normas éticas y de la heteronomía y la autarquía de las jurídicas; y entre filósofos que calificaremos de "normativistas", la mayoría encuentra la diferencia específica de la norma jurídica, respecto de sus géneros próximos, en la sanción.
Una minoría niega a la sanción el carácter de elemento esencial de lo jurídico; pero pretende que es esencial al derecho la coercitividad, esto es: la posibilidad de que la sanción se produzca para imponer el cumplimiento de la norma, o la compensación por ser ésta violada. Esto indica que, directa o indirectamente, es la sanción lo que se considera como elemento característico esencial.