Abstract
Existe una crítica constante a la administración de justicia -aquí como en todas partes del mundo- por la lentitud de los procedimientos judiciales, y para mantener viva la preocupación que tienda a remediar ese mal, las Cartas Políticas consignan en el cuadro de las garantías individuales el principio de que ocurriendo a las leyes, todos han de encontrar reparación para las injurias o daños que hayan recibido en su persona, propiedad o intereses morales, y que debe hacérseles justicia pronta, cumplida, sin denegación y en estricta conformidad con las leyes (artículo 41 de nuestra Constitución).
Ese principio, como aspiración y estímulo teórico, es magnífico, pero todavía nadie ha encontrado la fórmula para administrar justicia "pronta, cumplida, sin denegación y en estricta conformidad con las leyes".