Abstract
Con el fin de limitar el riesgo contencioso en el marco de la resolución del contrato de trabajo, los países europeos optan más y más por varias posibilidades: hacer la demanda ante las jurisdicciones laborales cada vez más onerosa o más complicada, crear modos amistosos de resolución de los contratos que facilitaran los debates y permitirán impedir toda controversia entre las partes y por fin, desarrollar los
modos alternativos de resolución de los conflictos. Destacaremos que algunos países accionan hasta esas tres palancas para reducir los riesgos contenciosos.
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