Resumen
Tradicionalmente se ha caracterizado la jurisdicción como la función pública que ejerce directamente el Estado, en un conflicto jurídico como tercero imparcial, para obtener la actuación de la ley mediante la fuerza imperativa necesaria.
Según la naturaleza de las leyes que se tengan que aplicar, se diferencian las categorías de jurisdicción que se basan en normas meramente restitutorias de las represivas. Estas últimas distinguen la jurisdicción penal clásica que ha sido esencialmente aflictiva, y que ha tenido por objetivos fundamentales, aclarar la existencia o inexistencia del delito y la individualización del autor, para aplicar la pena y restablecer así el orden social perturbado por la acción delictuosa, por la que históricamente la absolución y la condena se han dado más que en beneficio del procesado o de la víctima, en interés de la colectividad, dejando así ignorados por lo siglos los derechos y necesidades del hombre delincuente.