Resumo
Las nulidades no pertenecen exclusivamente, a alguna rama del derecho, pese a ser propias en un inicio del campo del Derecho Privado, por habérselas elaborado particularmente en lo civil.Comentários
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Revista de Ciencias Jurídicas ISSN Impreso: 0034-7787 ISSN electrónico: 2215-5155
OAI: https://revistas.ucr.ac.cr/index.php/juridicas/oai