Abstract
En primer lugar, consideraré la pertenencia cultural como un bien irreductible de toda persona; en segundo lugar, enunciaré la distinción entre minoría nacional y grupo de inmigrantes como necesaria para la petición de derechos de autogobierno por parte de la minoría nacional; en tercer lugar, defenderé la tesis de que un grupo de inmigrantes bajo la forma de una asociación libre que le es inherente es esencialmente distinta a una minoría nacional. Así, el grupo de inmigrantes será una subunidad cultural que proporcionará una nueva opción de significatividad en el seno de la nación de acogida.Comments
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