Abstract
Una convulsión se define como actividad eléctrica cerebral anormal excesiva e hipersincrónica que genera síntomas neurológicos transitorios, los cuales deben ser diferenciados al momento de su presentación de entre una amplia gama de otros diagnósticos neurológicos y no neurológicos. Las convulsiones deben ser clasificadas entre focal y general, sintomática aguda y sintomática provocada y entre provocadas y no provocadas. No todo paciente que convulsiona volverá a hacerlo. Al paciente con convulsión se le debe realizar un electroencefalograma y una resonancia magnética. El riesgo de recaída en un paciente con una primera convulsión no provocada es de 36% en el primer año y de 45% en el segundo. Aquellos que presentan alteraciones corticales en estudios de imágenes o actividad epileptiforme en el electroencefalograma sin embargo eleven este riesgo hasta 60%. El tratamiento con fármacos anticonvulsivantes debe ser iniciado en pacientes que cumplen la definición de epilepsia y discutido en el paciente con una única convulsión no provocada. Posterior a 2 años sin crisis convulsivas la suspensión de dicho tratamiento puede ser valorada.