Abstract
Según el artículo 175 del Estatuto Orgánico de la Universidad de Costa Rica (UCR, 1990), los profesores tienen como principales funciones la enseñanza, investigación y la participación activa en el desarrollo de los programas de acción social. Si se relacionan esas funciones del profesor, con la misión que la Universidad debe cumplir en la sociedad, es de esperar que lo académicos ocupen un lugar preponderante, por ser ellos responsables directos de ejecutar la misión universitaria.
Para determinar si existe o no coincidencia, entre la concepción teórica plasmada en el Estatuto Orgánico y la práctica institucional cotidiana, se tiene como propósito en el presente trabajo: establecer la importancia relativa que la Institución, en su accionar normal, ha concedido a los programas académicos y a los docentes, que no ocupan cargos docente-administrativos, encargados de la realización de las tres funciones básicas: docencia, investigación y acción social. El período considerado va de 1988 a 1992.