Resumen
Este artículo reitera una preocupación nuestra de más de tres décadas de estudio, observación y práctica en el ámbito del fenómeno sociopolítico, jurídico e institucional integral del país. Identifica la necesidad de reconocer la importancia de la "administración política" en el mundo y en Costa Rica, las diferencias sustanciales entre los fenómenos público y privado o empresarial, y la necesidad de abordar esfuerzos nacionales de formación integral de "administradores políticos" que hoy día no se están formando en Costa Rica ni en América Latina. Tampoco en Europa o en Estados Unidos, para mencionar las regiones en las que más ciencia y tecnología se crea.Referencias
Se trata ésta, de una presentación muy poco ortodoxa en materia de referencias biblio- gráficas, pero válida para los efectos del artícu-
lo. Nuestros muchos trabajos previos, libros e informes de investigaciones académicas de los últimos ocho años profusamente exhibidos en la página Web del Instituto de Investigaciones en Ciencias Económicas de la Universidad de Costa Rica, nos proporcionan el sustento documental, teórico e instrumental de lo planteado en este artículo de síntesis. En ellos, hemos consignado la significativa literatura que hemos podido analizar a fondo desde que realizamos nuestro primer posgrado en la Universidad de Manchester, Inglaterra, en 1973-74, y luego el trabajo doctoral que condujo a nuestra tesis sobre cultura política en América Latina en la London School of Economics and Political Science, en junio de 1984. Hemos sostenido desde entonces, que en materia política y administrativa ha habido pocos avances reales con respecto a los teóricos generadores de pensamiento propio de aquellos años, encontrándonos una y otra vez con reciclajes o “refritos” de esas viejas ideas o planteamientos sin que reconozcamos aportes verdaderamente de nuevo cuño. Esto incluye la discusión de los últimos cinco o siete años en América Latina sobre la noción de “dirección política” a partir de sin duda lúcidos planteamientos de autores españoles, como parámetro para determinar si los países requieren “gobernanza” o “gobernabilidad” para superar sus muchos obstáculos al desarrollo. Se trata, sin embargo, de una noción que el suscrito abordó y ha promovido inclusive en el ámbito de América Latina desde 1975-76, y sobre todo a partir de la original y nítida normativa sobre ello en la Ley General de la Administración Pública No. 6227 de 1978, artículos 26.b, 27.1, 98, 99 y 100, aun sin el debido reconocimiento por tantos otros estudiosos de estos fenómenos o materias, abogados incluidos.

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Derechos de autor 2010 Johnny Meoño Segura
