Resumen
Con el presente estudio intentamos evidenciar que durante el
siglo XVIII costarricense, y al interno de los pueblos indios,
éstos protagonizaron entre otros, un tipo diferente de violencia,
obviamente configurada durante dicho siglo por factores internos y
externos, la cual hemos conceptualizado como violencia comunal.
De lo anterior deducimos que la violencia no es un problema
exclusivo de las sociedades contemporáneas, aunque si es necesario
destacar que el estudio de la violencia como problema social
contemporáneo, ha sido abordado con gran propiedad por sociólogos
y psicólogos, cuyo aporte teórico ha sido fundamental para nuestro
trabajo, particularmente el concepto de "violencia estructural",
mismo que no ha permitido analizar la violencia comunal
desencadenada en 1781 al interior del pueblo indígena de San Juan
Evangelista de Tobosí, contra Catalina Perez, a quien le siguieron
un juicio criminal por filicidio, por haber dado muerte de una
paliza a su hijo José Pascual de 12 años.